BOLETÍN Nº 25 - 3 de febrero de 2022

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 4E/2022, de 4 de enero, del director general de Medio Ambiente, por la que se formula informe ambiental estratégico favorable de la “Modificación del Plan Municipal de Larraun, en la parcela 347 del polígono 25”, promovido por Montserrat Armendariz Gorriz.

La modificación ha sido aprobada inicialmente del Ayuntamiento de Larraun el 22 de junio de 2021, y sometida a un periodo de información pública mediante anuncio en el Boletín Oficial de Navarra número 176, de 29 de julio de 2021.

El objeto de la modificación es incorporar como suelo urbano una superficie de 402,31 m² pertenecientes a la parcela 347 del polígono 25. Se trata de una parcela mixta, con una superficie de 5.511,64 m² de suelo no urbanizable (Subpcarcela 347B) y de 231,03 m² de suelo urbano (subparcela 347A). La propuesta de ampliación del suelo urbano tiene como objetivo posibilitar la implantación de una nave adosada a la ya existente y que actualmente representa el límite del suelo urbano. La modificación por lo tanto conlleva el cambio de clasificación del suelo, pasando de suelo no urbanizable de mediana productividad a suelo urbano. Se trata de una superficie pequeña, destinada a prados que presentan una pendiente descendiente hacia el sur.

La propuesta se localiza en la parte norte de la parcela, colindante por el norte con calle pública y la construcción existente, al este y oeste con parcelas urbanas (parcelas 346 y la 348), por lo que el frente de la parcela cuenta con los servicios urbanísticos necesarios.

La modificación planteada no genera afecciones ambientales, afecta a una superficie reducida, en la que no se identifican elementos o áreas de valor ambiental, y por otra parte, se propone en un ámbito, ya previsto por la estrategia y modelo de ocupación territorial de Larraun (EMOT) como un espacio potencial para el desarrollo de la localidad.

El tercio sur del municipio de Larraun, en el que se ubica la localidad de Madotz, forma parte de la ZEC Sierra de Aralar. Sin embargo, la propuesta de modificación del planeamiento no genera afecciones ambientales ni a los valores naturales objeto de conservación de la ZEC ni a los elementos clave identificados en el Plan de Gestión de la ZEC.

El Servicio de Biodiversidad informa del procedimiento de evaluación ambiental y emite informe favorable.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Sector Público Institucional Foral y el Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 22/2019 de 6 de agosto, por el que se establece la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y Decreto Foral 258/2019, de 23 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1.º Se formula informe ambiental estratégico de la “Modificación del Plan Municipal de Larraun, en la parcela 347 del polígono 25”, promovido por Montserrat Armendariz Gorriz, considerando que no tiene efectos ambientales significativos.

2.º Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Notificar esta resolución, a la Sección de Urbanismo y al Ayuntamiento de Larraun, a los efectos oportunos.

Pamplona, 4 de enero de 2022.–El director general de Medio Ambiente, Pablo Muñoz Trigo.

Código del anuncio: F2200162