BOLETÍN Nº 213 - 27 de octubre de 2022

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 2002/2022, de 14 de octubre, del rector de la Universidad Pública de Navarra, por la que se modifica la Resolución 1225/2022, de 27 de junio, del rector, por la que se aprueba la convocatoria complementaria de Ayudas para la recualificación del sistema universitario español para 2021-2023, de la Universidad Pública de Navarra. Identificación BDNS: 635977.

Por Ley 17/2022, de 5 de septiembre, publicada en el Boletín Oficial del Estado de 6 de septiembre de 2022, se ha modificado la Ley 14/2011, de 1 de junio, de Ciencia, Tecnología e Innovación, que ha entrado en vigor el 7 de septiembre.

Esta ley implica modificaciones sustanciales en los contratos de investigación que está previsto que se formalicen con los beneficiarios de las ayudas de la "Convocatoria complementaria de Ayudas para la recualificación del sistema universitario español para 2021-2023, de la Universidad Pública de Navarra", aprobada por Resolución 1225/2022, de 27 de junio, del rector, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 141, de 15 de julio de 2022.

En concreto afecta a las bases 22 y 30 del anexo de esta resolución, que es la que establece los contratos laborales que se formalizarán con los beneficiarios de estas ayudas a tenor de la Ley 14/2011 antes de su modificación.

Por todo cuanto antecede.

Visto el informe emitido por el director del Servicio de Investigación.

Una vez intervenido y fiscalizado favorablemente.

En uso de las atribuciones que legalmente me han sido conferidas por los artículos 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril y 40 de los Estatutos de la Universidad, aprobados por Decreto Foral 110/2003 de 12 de mayo y modificados por Acuerdo del Gobierno de Navarra de 21 de mayo de 2011.

HE RESUELTO:

Primero.–Aprobar la modificación de la base 22 y del apartado 1 de la base 30 del anexo de la Resolución 1225/2022, de 27 de junio, del rector, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 141 de 15 de julio de 2022, reguladoras, respectivamente de las "Condiciones de la ayuda María Zambrano" y de las ·Condiciones de la ayuda Margarita Salas", con el siguiente contenido:

Base 22.–"Condiciones de la ayuda María Zambrano," que queda redactada en los siguientes términos:

Estas ayudas se formalizarán a través de contratos laborales de 12 meses de duración con dedicación a tiempo completo y estarán asociados a la estricta ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que se encuentran contemplados en la disposición adicional décima. Condiciones de aplicación de modalidades de contratación temporal en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y fondos europeos no competitivos, de la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, por la que se modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación (en adelante LCTI). El inicio de la estancia deberá estar comprendido entre el 01-01-2023 y el 01-01-2024 como fecha límite.

No obstante, excepcionalmente, y dependiendo de la procedencia de los beneficiarios de estas ayudas, se analizará la posibilidad de la concesión de una ayuda directa en esta modalidad.

La dotación de las ayudas comprenderá:

–Ayuda de 3.500 euros en concepto de gastos de traslados que se abonará con la primera mensualidad una vez incorporado a la Universidad Pública de Navarra. Los adjudicatarios de las ayudas utilizarán esta dotación, en su caso, para la contratación de un seguro de enfermedad y accidentes, en el caso de que se considere necesario o de que la estancia en el centro receptor así lo requiera.

–Dotación de 4.000 euros mensuales. Esta dotación mensual incluye los costes de salario bruto y de la cuota empresarial de la Seguridad Social que corresponde abonar a la Universidad. Los beneficiarios percibirán un salario bruto anual de 36.520 euros sujeto a modificaciones legales.

Base 30.–Apartado 1, "Condiciones de la ayuda Margarita Salas," que queda redactado en los siguientes términos:

Estas ayudas se formalizarán a través de contratos laborales de duración determinada y estarán asociados a la estricta ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que se encuentran contemplados en la disposición adicional décima. Condiciones de aplicación de modalidades de contratación temporal en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y fondos europeos no competitivos, de la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, por la que se modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación (en adelante LCTI)".

Segundo.–Comunicar la presente resolución al vicerrector de Investigación, a la vicerrectora de Profesorado, a la Sección de Presupuestos y Planificación Económica, a la Sección de Contabilidad, al Servicio de Recursos Humanos, a la Comisión Económica del Consejo Social y a Intervención.

Tercero.–Ordenar la publicación de la presente resolución en el tablón electrónico de la sede electrónica de la Universidad. Asimismo, desde el Servicio de Investigación se procurará su máxima difusión a través de los medios electrónicos de la Universidad Pública de Navarra.

Cuarto.–Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Quinto.–La presente resolución agota la vía administrativa, y contra la misma cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el rector, en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante el juzgado del mismo orden de Navarra, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de su publicación en el tablón electrónico de la sede electrónica de la Universidad.

Pamplona, 14 de octubre de 2022.–El rector, Ramón Gonzalo García.

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