BOLETÍN Nº 195 - 30 de septiembre de 2022

1. Comunidad Foral de Navarra

1.3. Ordenación del Territorio y Urbanismo

ORDEN FORAL 49/2022, de 26 de septiembre, del consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, por la que se aprueba el proyecto de intervención global en Altsasu / Alsasua, P.I.G. número 53.

La sección 4.ª del capítulo VI del Decreto Foral 61/2013, de 18 de septiembre, por el que se regulan las actuaciones protegibles en materia de vivienda en Navarra, regula los proyectos de intervención global en materia de regeneración de conjuntos residenciales.

Dichos proyectos tienen como propósito proceder a la rehabilitación de varios portales, manzanas o zonas de la ciudad consolidada, de manera coordinada y previamente programada, trascendiendo de este modo el ámbito de un simple portal. Se busca con ello conseguir economías de escala, tanto desde el punto de vista económico (posibilidad de licitación conjunta, menores gastos de gestión), como administrativo (posibilidad de presentar un expediente conjunto, agilidad en la tramitación), a la vez que poder ofrecer soluciones constructivas y arquitectónicas más homogéneas (en su tratamiento, calidades o acabados) a manzanas o zonas que guardan una relación estrecha en el entramado urbano.

Conforme con lo anterior, se ha solicitado la aprobación de un proyecto de intervención global en Altsasu / Alsasua, con un total de 72 viviendas que comprende los siguientes 10 portales:

–Plaza Tomás Zumalacárregui, 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7.

–Calle Bake / De la Paz, 36, 38 y 40.

Los edificios se construyeron entre 1960 y 1970, configurando un conjunto arquitectónico homogéneo y sistema constructivo propio de la época.

La actuación consiste en la mejora de las envolventes térmicas y adecuación a la normativa específica sobre accesibilidad universal de los edificios. Se interviene sobre el conjunto de todos los elementos constructivos que están en contacto con el ambiente exterior y las nuevas envolventes alcanzarán, según la documentación aportada, las exigencias que se establecen en el Documento Básico HE1, Limitación de la demanda energética, del Código Técnico de la Edificación para edificios de nueva construcción. Y en las actuaciones de accesibilidad se cumple lo establecido en el Documento Básico SUA, Seguridad y utilización y accesibilidad y Documento de Apoyo SUA/2.

Por todo ello son actuaciones definidas como protegibles y susceptibles de obtener calificación provisional como rehabilitación protegible.

El artículo 83.3 del citado Decreto Foral 61/2013, de 18 de septiembre, dicta que los proyectos deberán ser aprobados mediante orden foral del consejero competente en materia de vivienda.

En su virtud, y de conformidad con las facultades que me otorga el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidenta o Presidente,

ORDENO:

1.º Aprobar el proyecto de intervención global para los siguientes 10 portales de Altsasu / Alsasua, P.I.G. número 53:

–Plaza Tomás Zumalacárregui, 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7.

–Calle Bake / De la Paz, 36, 38 y 40.

Para el despliegue completo de sus efectos, será necesaria la presentación de los correspondientes proyectos ante la Oficina de Rehabilitación correspondiente, y la solicitud (y obtención) por parte de las Comunidades de Propietarios de la calificación provisional como actuaciones de rehabilitación protegida de los mismos. La solicitud de calificación provisional se deberá realizar en el plazo de cuatro años desde la fecha de esta orden foral. El período inicial de cuatro años será prorrogable por otros cuatro, a solicitud de las comunidades de propietarios beneficiarias.

2.º Esta orden foral no agota la vía administrativa. Las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la práctica de la notificación de la presente orden foral.

3.º Trasladar la presente orden foral a las Comunidades de Propietarios afectadas, al estudio de arquitectura redactor del proyecto de Intervención Global, al Ayuntamiento de Altsasu / Alsasua, a la directora general de Vivienda, al Servicio de Vivienda, y a la Secretaría General Técnica del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, a los efectos oportunos.

4.º Publicar la presente orden foral en el Boletín Oficial de Navarra, y en el sitio web informativo en materia de vivienda (www.vivienda.navarra.es), a los efectos oportunos.

Pamplona, 26 de septiembre de 2022.–El consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, José María Ayerdi Fernández de Barrena.

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