BOLETÍN Nº 182 - 13 de septiembre de 2022

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 488/2022, de19 de agosto, del director general de Administración Local y Despoblación, por la que se aprueban los importes definitivos que corresponden a los ayuntamientos y concejos de Navarra en concepto de Fondo de participación de las entidades locales en los tributos de Navarra por transferencias corrientes del ejercicio 2022.

Mediante Ley Foral 7/2022, de 22 de marzo, se establece la distribución y reparto del Fondo de participación de las entidades locales en los tributos de Navarra por transferencias corrientes.

El artículo 3 de la citada ley foral establece la dotación del Fondo de Transferencias Corrientes en 257.859.026 euros para el ejercicio 2022, incluyendo la ayuda a la Federación Navarra de Municipios y Concejos.

El artículo 4 distribuye inicialmente la cuantía del Fondo de Transferencias Corrientes a repartir entre ayuntamientos y concejos en 2022 del siguiente modo:

–Fondo de Financiación General: 196.709.026 euros.

–Fondo Financiación de Servicios: 20.000.000 euros.

–Fondo de Financiación del Déficit de Montepíos: 24.500.000 euros.

–Fondo de Cohesión Territorial: 16.200.000 euros.

A tenor de lo anterior y en aplicación de lo dispuesto en la Ley Foral 7/2022, la Sección de Gestión Económico-Financiera emite informe en el que se detalla el procedimiento seguido y las variables utilizadas para el cálculo y reparto del Fondo de Financiación General (anexo 1), reparto del Fondo de Financiación General entre concejos (anexo 2), Fondo de Financiación de Servicios (anexo 3), Fondo de Financiación del Déficit de Montepíos (anexo 4) y el Fondo de Cohesión Territorial (anexo 5). Asimismo, se ha procedido a la determinación de los importes definitivos que corresponden en concepto de Fondo de Transferencias Corrientes a los ayuntamientos y concejos en aplicación de la cláusula de garantía establecida en el artículo 19 de la citada norma. El detalle de los importes definitivos por entidad local se recoge en el anexo 6 de esta resolución.

En virtud del principio de cooperación entre administraciones, recogido en el artículo 3.1.k de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en aplicación del artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se ha concedido a las entidades locales un plazo de 10 días hábiles para examinar la documentación y, en su caso, formular las alegaciones pertinentes.

El anuncio de exposición pública se publicó en el Boletín Oficial de Navarra número 150, de 28 de julio 2022, y durante el plazo señalado al efecto, se han presentado dos alegaciones, ambas por parte del Ayuntamiento de Ansoáin / Antsoain:

La primera hace referencia al valor de la variable “población con edad igual o superior a 65 años ponderada.”. El cálculo aportado por el Ayuntamiento no se ha realizado conforme a lo establecido en el apartado 3 del anexo I y el apartado 3 del artículo 6 de la Ley Foral 7/2022, de 22 de marzo. En consecuencia, la alegación debe resultar desestimada.

En la segunda alegación, el Ayuntamiento de Ansoáin / Antsoain no está de acuerdo con la superficie otorgada a la biblioteca, aportando la superficie catastral de la misma.

A este respecto se debe indicar que el Servicio de Bibliotecas del Departamento de Cultura y Deporte ha proporcionado la superficie útil de cada biblioteca, diferente a la superficie catastral, ya que esta última incluye la superficie construida más la parte proporcional de las zonas comunes de la edificación total que corresponden a cada unidad. En consecuencia, la alegación debe resultar desestimada.

Finalizado el plazo establecido para la presentación de alegaciones y analizadas las presentadas, se aprueban los importes definitivos que corresponden a los ayuntamientos y concejos de Navarra en concepto de Fondo de participación de las entidades locales en los tributos de Navarra por transferencias corrientes del ejercicio 2022.

Por cuanto antecede, y en virtud de las atribuciones reconocidas por el Decreto Foral 263/2019 de 30 de octubre por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Cohesión Territorial,

RESUELVO:

1.º De conformidad con lo indicado en la parte expositiva, el trámite de exposición pública de la distribución y reparto del Fondo de participación de las entidades locales en los tributos de Navarra por transferencias corrientes del ejercicio 2022.

2.º Aprobar los importes definitivos que corresponden a los ayuntamientos y concejos de Navarra, en concepto de Fondo de participación de las entidades locales en los tributos de Navarra por transferencias corrientes del ejercicio 2022. El importe global asciende a 257.409.026 euros según el detalle por entidad local que se recoge en el anexo 6 de esta resolución.

3.º El gasto derivado de este reparto se imputará a la partida 211001-21200-4600-942100, denominada “Fondo de transferencias corrientes” por importe de 233.035.345,39 euros y a la partida 211001-21200-4600-942105 denominada “Compensación a ayuntamientos por Montepío” por importe de 24.373.680,61 euros, ambas del presupuesto de gastos del ejercicio 2022.

4.º Trasladar la presente resolución al centro contable de la Dirección General de Administración Local y Despoblación. Asimismo, se notificará a las entidades locales interesadas y se publicará en el Boletín Oficial de Navarra y en la página web de la Dirección General.

5.º Contra la presente resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Pamplona, 19 de agosto de 2022.–La directora del Servicio de Asesoramiento Jurídico y Cooperación con las entidades locales (suplencia temporal del director general de Administración Local y Despoblación, de conformidad con la Orden Foral 3/2019, de 20 de agosto, del consejero de Cohesión Territorial), Ana Rodríguez Hidalgo.

ANEXO 1.

Variables y reparto inicial Fondo de Financiación General 2022.

ANEXO 2.

Reparto del Fondo de Financiación General entre concejos.

ANEXO 3.

Fondo de Financiación de Servicios 2022.

ANEXO 4.

Fondo de Financiación del Déficit de Montepíos 2022.

ANEXO 5.

Fondo de Cohesión Territorial 2022.

ANEXO 6.

Asignación definitiva del Fondo de Transferencias Corrientes 2022.

Descargar anexos 1 a 6 (PDF).

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