BOLETÍN Nº 172 - 30 de agosto de 2022

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 359/2022, de 16 de agosto, del director general de Educación, por la que se actualizan, para el curso 2022-2023, las cuantías económicas de los módulos de financiación que figuran en la Orden Foral 79/2012, de 27 de agosto, del consejero de Educación y se modifica el anexo II de la Resolución 438/2020, de 19 de octubre, del director general de Educación.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su artículo 15.1 establece que las Administraciones Públicas determinarán las condiciones en las que podrán establecerse convenios con las corporaciones locales, otras Administraciones y entidades privadas sin ánimo de lucro, con el fin de asegurar la oferta educativa en el primer ciclo de Educación Infantil.

El Decreto Foral 28/2007, de 26 de marzo, por el que se regula el primer ciclo de Educación Infantil en la Comunidad Foral de Navarra y se establecen los requisitos que deben cumplir los centros que lo imparten, así como los contenidos educativos del mismo, establece que la creación de las Escuelas Infantiles se realizará mediante la suscripción de convenios entre el Departamento de Educación y las entidades locales interesadas, y que en dichos convenios se establecerá, en su caso, el régimen de financiación.

El Departamento de Educación participa en la financiación de la gestión de los centros de Educación Infantil de titularidad municipal mediante la suscripción de convenios de colaboración.

En el artículo 4.1 de la Orden Foral 79/2012, de 27 de agosto, se indica que la financiación se establecerá en base a los módulos recogidos en el anexo de dicha Orden Foral.

La disposición adicional única de la mencionada Orden Foral 79/2012 dispone que, en función de las disposiciones presupuestarias, el director o directora general competente podrá actualizar cada curso el porcentaje de la aportación correspondiente a las entidades locales y las cuantías económicas de los módulos de financiación.

Mediante la Resolución 438/2020, de 19 de octubre, del director general de Educación, se actualizaron, para el curso 2020-2021, el porcentaje de la aportación correspondiente a las entidades locales y las cuantías económicas de los módulos de financiación que figuran en la Orden Foral 79/2012, de 27 de agosto, del consejero de Educación, y se modifican algunos módulos de financiación para la combinación de determinadas jornadas horarias en las Escuelas Infantiles aprobados en el anexo II de la Resolución 32/2020, de 10 de febrero, del director general de Educación.

Mediante la Resolución 453/2021, de 26 de octubre, del director general de Educación, se actualizaron, para el curso 2021-2022, las cuantías económicas de los módulos de financiación que figuran en la Orden Foral 79/2012, de 27 de agosto, del consejero de Educación.

Las razones por las que se propone la actualización de los módulos de financiación para el curso 2022-2023 son las siguientes:

–Actualizar los importes de referencia actuales de los conceptos vinculados a los gastos de personal que sirven de base para la firma de los convenios con los ayuntamientos que gestionan las escuelas infantiles. En concreto:

• En concepto de gasto de personal atribuido a la directora de la escuela infantil se toma como referencia la cantidad de 23.753,94 euros, sueldo base correspondiente al nivel B de la administración.

• En concepto de gasto de personal atribuido a las educadoras de la escuela infantil se toma como referencia la cantidad de 19.704,86 euros, sueldo base correspondiente al nivel C de la administración.

• En concepto de gasto de personal atribuido al personal de limpieza de la escuela infantil se toma como referencia la cantidad de 17.161,34 euros, sueldo base correspondiente al nivel D de la administración.

–Incrementar la financiación destinada a las sustituciones del personal hasta alcanzar el 8%.

–Incorporar en el módulo de financiación el personal educativo de apoyo en función del número de unidades en funcionamiento en la escuela infantil con el fin de mejorar la calidad de la atención educativa y reducir la actual carga de trabajo de las educadoras.

–Actualizar, igualando en los módulos correspondientes las cantidades asignadas para gastos de funcionamiento en función del número de unidades, independientemente de la duración de la jornada de estas unidades.

Según se indica en el artículo 4.3 de la Orden Foral 79/2012, de 27 de agosto, la aportación de la entidad local podrá ser de hasta un 25% del módulo anual aplicable. En los últimos cursos, el porcentaje aportado por las entidades locales ha sido del 24%. Para el curso 2022-2023 se mantiene este porcentaje.

Por otra parte, el cálculo de los módulos de financiación para los centros de horario combinado en los que figura, al menos, una jornada de horario reducido (jornada horario completo y/o media jornada y jornada horario reducido) figura en el anexo II de la Resolución 438/2020, de 19 de octubre, del director general de Educación. Al incorporar en el módulo de financiación el personal educativo de apoyo, procede la modificación de lo establecido en el mencionado anexo II de la Resolución 438/2020.

La estimación de la actualización de las cuantías económicas de los módulos de financiación para el curso 2022-2023 en las condiciones descritas es de 4.304.287,41 euros. La disponibilidad presupuestaria permite actualizar la cuantía de los módulos de financiación en estas condiciones, distribuyendo el pago en dos plazos: un primer plazo de 1.434.762,47 euros con cargo a la partida 420007 42900 4609 322100 denominada “Convenios con ayuntamientos para la escolarización de 0 a 3 años” del presupuesto de gastos de 2022, y un segundo plazo de 2.869.524,94 euros con cargo a la partida equivalente que al efecto se establezca en el presupuesto de gastos para 2023.

La directora del Servicio de Escuelas Infantiles, presenta informe favorable proponiendo la actualización, para el curso 2022-2023, de las cuantías económicas de los módulos de financiación que figuran en la Orden Foral 79/2012, de 27 de agosto, del consejero de Educación, y la modificación del anexo II de la Resolución 438/2020, de 19 de octubre, del director general de Educación.

En virtud de las facultades conferidas en el Decreto Foral 267/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación,

RESUELVO:

1.º Mantener al 24%, para el curso 2022-2023, el porcentaje de la aportación correspondiente a las entidades locales para la financiación de la gestión de los centros de primer ciclo de Educación Infantil de titularidad municipal.

2.º Actualizar, para el curso 2022-2023, las cuantías económicas de los módulos de financiación que figuran en la Orden Foral 79/2012, de 27 de agosto, del consejero de Educación, según figura en el anexo de la presente resolución.

3.º Modificar el anexo II de la Resolución 438/2020, de 19 de octubre, del director general de Educación, que queda redactado:

“ANEXO II

Módulo E: centros de horario combinado en los que figura, al menos, una jornada de horario reducido (jornada horario completo y/o media jornada y jornada horario reducido).

En los centros de horario combinado en los que se autorizan Y unidades de horario reducido además de X unidades de horario completo y/o Z unidades a media jornada, el módulo total será el resultado de sumar los siguientes:

–Módulo directora horario completo (módulo A).

–Módulo X educadoras horario completo (módulo A).

–Gastos de funcionamiento para X unidades horario completo (módulo A).

–Módulo Y educadoras horario reducido (módulo B).

–Gastos de funcionamiento para Y unidades horario reducido (módulo B).

–Módulo Z educadoras media jornada (módulo C).

–Gastos de funcionamiento para Z unidades media jornada (módulo C).

–Módulo limpieza correspondiente a X+Y+Z unidades.

–Módulo Apoyo educativo correspondiente a X+Y+Z unidades”.

4.º Publicar la presente resolución y su anexo en el Boletín Oficial de Navarra.

5.º Trasladar la presente resolución y su anexo a las entidades locales interesadas, a la Sección de Escuelas Infantiles y Escuelas Rurales, a la Sección de Presupuestos y Gestión Económica del Departamento de Educación y a la Intervención Delegada del Departamento de Economía y Hacienda en el de Educación.

6.º Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el orden jurisdiccional competente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra, en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Pamplona, 16 de agosto de 2022.–El director general de Educación, Gil Sevillano González.

ANEXO

–Módulo A: Horario completo.

Unidades

Personal
educativo

Personal
limpieza

Apoyo educativo (medias jornadas)

Directora

Personal

Módulo
(euros)

Educadora

Apoyo educativo

Limpieza

1

2

0,5

33.863,62

28.091,25

12.232,61

78.949,28

2

3

0,5

33.863,62

56.182,50

12.232,61

112.312,04

3

4

1

1

33.863,62

84.273,75

16.623,25

24.465,21

174.082,82

4

5

1,5

1

33.863,62

112.365,00

16.623,25

36.697,82

219.230,33

5

6

1,5

1

33.863,62

140.456,25

16.623,25

36.697,82

252.593,09

6

7

2

2

33.863,62

168.547,50

33.246,50

48.930,42

314.363,86

7

8

2

2

33.863,62

196.638,75

33.246,50

48.930,42

347.726,61

8

9

2

2

33.863,62

224.730,00

33.246,50

48.930,42

381.089,37

9

10

2

3

33.863,62

252.821,25

49.869,75

48.930,42

431.075,38

10

11

2,5

3

33.863,62

280.912,50

49.869,75

61.163,03

476.222,90

11

12

2,5

3

33.863,62

309.003,75

49.869,75

61.163,03

509.585,66

12

13

2,5

3

33.863,62

337.095,00

49.869,75

61.163,03

542.948,42

–Módulo B: Horario reducido.

Unidades

Personal
educativo

Personal
limpieza

Apoyo educativo (medias jornadas)

Directora

Personal

Módulo
(euros)

Educadora

Apoyo educativo

Limpieza

1

2

0,5

30.822,16

25.568,05

12.232,61

73.384,62

2

3

0,5

30.822,16

51.136,09

12.232,61

104.224,18

3

4

1

1

30.822,16

76.704,14

16.623,25

24.465,21

163.471,75

4

5

1,5

1

30.822,16

102.272,18

16.623,25

36.697,82

206.096,05

5

6

1,5

1

30.822,16

127.840,23

16.623,25

36.697,82

236.935,61

6

7

2

2

30.822,16

153.408,27

33.246,50

48.930,42

296.183,17

7

8

2

2

30.822,16

178.976,32

33.246,50

48.930,42

327.022,72

8

9

2

2

30.822,16

204.544,36

33.246,50

48.930,42

357.862,28

9

10

2

3

30.822,16

230.112,41

49.869,75

48.930,42

405.325,08

10

11

2,5

3

30.822,16

255.680,45

49.869,75

61.163,03

447.949,39

11

12

2,5

3

30.822,16

281.248,50

49.869,75

61.163,03

478.788,95

12

13

2,5

3

30.822,16

306.816,54

49.869,75

61.163,03

509.628,51

–Módulo C: Horario media jornada.

Unidades

Personal
educativo

Personal
limpieza

Apoyo educativo (medias jornadas)

Directora

Personal

Módulo
(euros)

Educadora

Apoyo educativo

Limpieza

1

2

0,5

20.039,02

16.623,25

12.232,61

53.656,68

2

3

0,5

20.039,02

33.246,50

12.232,61

75.551,44

3

4

1

1

20.039,02

49.869,75

16.623,25

24.465,21

125.854,21

4

5

1,5

1

20.039,02

66.493,00

16.623,25

36.697,82

159.533,72

5

6

1,5

1

20.039,02

83.116,24

16.623,25

36.697,82

181.428,48

6

7

2

2

20.039,02

99.739,49

33.246,50

48.930,42

231.731,24

7

8

2

2

20.039,02

116.362,74

33.246,50

48.930,42

253.626,00

8

9

2

2

20.039,02

132.985,99

33.246,50

48.930,42

275.520,76

9

10

2

3

20.039,02

149.609,24

49.869,75

48.930,42

314.038,77

10

11

2,5

3

20.039,02

166.232,49

49.869,75

61.163,03

347.718,28

11

12

2,5

3

20.039,02

182.855,74

49.869,75

61.163,03

369.613,04

12

13

2,5

3

20.039,02

199.478,99

49.869,75

61.163,03

391.507,81

–Módulo D: Centros de horario combinado (completo / media jornada).

Submódulo unidades a horario completo:

Unidades

Personal educativo

Personal limpieza

Submódulo

1

2

0,5

61.954,87

2

3

0,5

90.046,12

3

4

1

118.137,37

4

5

1,5

146.228,62

5

6

1,5

174.319,87

6

7

2

202.411,12

7

8

2

230.502,37

8

9

2

258.593,62

9

10

2

286.684,87

10

11

2,5

314.776,12

11

12

2,5

342.867,37

12

13

2,5

370.958,62

Submódulo unidades a media jornada:

Unidades

Personal educativo

Personal limpieza

Submódulo

1

2

0,5

16.623,25

2

3

0,5

33.246,50

3

4

1

49.869,75

4

5

1,5

66.493,00

5

6

1,5

83.116,24

6

7

2

99.739,49

7

8

2

116.362,74

8

9

2

132.985,99

9

10

2

149.609,24

10

11

2,5

166.232,49

11

12

2,5

182.855,74

12

13

2,5

199.478,99

Submódulo número total unidades del centro:

Unidades

Personal
educativo

Apoyo educativo (medias jornadas)

Personal
limpieza

Submódulo

2

3

0,5

22.265,92

3

4

1

1

55.945,45

4

5

1

1,5

73.001,71

5

6

1

1,5

78.273,22

6

7

2

2

111.952,74

7

8

2

2

117.224,24

8

9

2

2

122.495,75

9

10

3

2

144.390,51

10

11

3

2,5

161.446,78

11

12

3

2,5

166.718,29

12

13

3

2,5

171.989,80

Código del anuncio: F2211240