BOLETÍN Nº 158 - 9 de agosto de 2022

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

BERIÁIN

Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza reguladora de las tasas por aprovechamientos especiales del suelo, vuelo y subsuelo de la vía pública y terrenos del común

El Pleno del Ayuntamiento de Beriain, en sesión celebrada el 3 de febrero de 2022, aprobó inicialmente la modificación de la Ordenanza municipal reguladora de las tasas por aprovechamientos especiales del suelo, vuelo y subsuelo de la vía pública y terrenos del común.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 325.1.b) de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, el anuncio de aprobación inicial fue publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 50, de 10 de marzo de 2022 y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Beriain.

Transcurrido el periodo de exposición pública sin que se hayan producido alegaciones, reparos u observaciones de cualquier tipo y en cumplimiento de las prescripciones contenidas en el artículo 325.1.c) in fine de la Ley de la Ley Foral citada, la modificación de la ordenanza referida se entiende aprobada definitivamente procediéndose, de conformidad con el artículo 326 de la Ley Foral de Administración Local a la publicación de dicha modificación a los efectos oportunos.

Beriain, 26 de julio de 2022.–El alcalde, José Manuel Menéndez González.

NUEVA REDACCIÓN DEL ANEXO DE CUANTÍAS RELATIVAS A LA ORDENANZA REGULADORA DE LAS TASAS POR APROVECHAMIENTOS ESPECIALES DEL SUELO, VUELO Y SUBSUELO DE LA VÍA PÚBLICA Y TERRENOS DEL COMÚN

Epígrafe I.–Aprovechamientos especiales en el suelo.

I.1. Mesas, sillas, veladores por metro cuadrado o fracción: 16,00 euros el metro cuadrado al año.

I.2. Barracas Fiestas. 1,28 euros por metro cuadrado y día (tasa del año 2022, debiendo aplicar el I.P.C. correspondiente).

Estas cuantías se consideran precio base de licitación si la adjudicación fuera mediante subasta.

I.3. Andamios, casetas de obra y contenedores de escombro. El aprovechamiento del dominio público local en general: al día, en los primeros treinta días 0,25 euros/metro cuadrado y en los siguientes 0,04 euros/metro cuadrado.

I.4. Casetas fiestas.

–Derechos de enganche: 100,00 euros.

–Fianza: 150,00 euros.

La fianza podrá incrementarse hasta 300 euros atendiendo al tipo de actividad y espacio para el que se solicite.

I.5. Churrerías, heladerías y castañeros: 10,24 euros / día en un periodo de permanencia mínima de 1 mes, máximo 4 meses.

Código del anuncio: L2210347