BOLETÍN Nº 150 - 28 de julio de 2022

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

TAFALLA

Corrección de errores de la aprobación definitiva de los proyectos de reparcelación y urbanización de la unidad AR-2, en las parcelas 364 y 365 del polígono 31

“Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Tafalla de fecha 28 de junio de 2022, aprobando rectificar y corregir la parcela SGD (Sistema General Deportivo) del Proyecto de Reparcelación del área de reparto (AR-2).

Mediante acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Tafalla de fecha 28 de septiembre de 2004, se aprueba el Plan Parcial del área de reparto (AR-2), publicándose en el Boletín Oficial de Navarra número 143, de fecha 29 de noviembre de 2004, y Boletín Oficial de Navarra número 221, de fecha 6 de noviembre de 2015.

Mediante acuerdo de la Junta Local de Gobierno de fecha 24 de abril de 2007 se aprueba el Proyecto de Reparcelación y Proyecto de Urbanización de la unidad (AR-2), publicándose en el Boletín Oficial de Navarra número 86, de fecha 13 de julio de 2007.

Posteriormente en Junta de Gobierno Local de 11 de agosto de 2009 se aprobó definitivamente el “Proyecto de normalización de fincas de las parcelas 364 y 365 del polígono 31, correspondiente a las fincas 296 Sistema General Deportivo y Zona Verde 5 del área de reparto (AR-2)” en virtud del cual se reconfiguraron dichas parcelas (manteniendo sus superficies globales se redibujaron sus linderos).

Finalmente se efectuó una nueva inscripción en la descripción de dicha finca en el Registro en el año 2008 al incorporar la declaración de obra nueva del campo de fútbol.

La parcela 364 del polígono 31 de Tafalla se haya inscrita en el tomo 2106, libro 340 folio 44 del Registro de la Propiedad de Tafalla número 1.

Consta en el expediente informe justificativo en el que, tras el análisis de los instrumentos urbanísticos, plan parcial y proyecto de reparcelación, se advierte un error en el proyecto de reparcelación, en particular en la descripción de la parcela resultante SGD que constituye hoy la parcela catastral 364 del polígono 31 de Tafalla; error que merece la calificación de error material o de hecho.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las Administraciones Públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes de sus actos.

Mediante Decreto 6/2020, de 8 de julio, de delegación de competencias de la alcaldía de Tafalla en la Junta de Gobierno Local, se delega en este último órgano la competencia para la aprobación de los proyectos de gestión urbanística, y en consecuencia debe entenderse, su modificación, revisión, rectificación o corrección.

Visto el dictamen de la Comisión de Seguimiento y Control de esta fecha, y en su virtud, la Junta de Gobierno Local,

ACUERDA:

Primero.–Rectificar y corregir el Proyecto de Reparcelación del área de reparto (AR-2) del Plan General de Ordenación Urbana de Tafalla en la forma siguiente:

Donde ponía:

296.–Parcela SGD (Sistema General Deportivo).

Descripción: Parcela SGD (Sistema General Deportivo), de la Unidad de Ejecución AR-2 del Plan Municipal de Tafalla. Tiene una superficie de sesenta mil trescientos sesenta y cuatro metros cuadrados (60.364,00 m²). Tiene uso de Sistema General Dotacional. Linda: norte, con velódromo y parcela resultante Z.V.7 destinada a zona verde pública; sur, parcela resultante Z.V.5 destinada a zona verde pública; este, parcela resultante V.9 destinada a vial; y oeste, parcela resultante V.11 destinada a vial.

Debía poner:

296.–Parcela SGD (Sistema General Dotacional).

Descripción: Parcela SGD (Sistema General Dotacional) de la Unidad de Ejecución UE AR2 del Plan Municipal de Tafalla. Tiene una superficie de sesenta mil trescientos sesenta y cuatro metros cuadrados (60.364,00 m²) de los cuales 53.717,56 m² se corresponden con el Sistema General Deportivo incluyendo el velódromo existentes y 6.646,33 m² quedan como Sistema General en Suelo Urbano Dotacional. Linda: norte, parcela resultante ZV7 del Proyecto de Reparcelación de la AR-2 del Plan Municipal de Tafalla, destinada a zona verde; sur, parcela resultante V.12 destinada a vial; este, con vial V.9; y oeste con parcela ZV 5 de la Unidad de Ejecución AR-2 del Plan Municipal destinada a zona verde pública.

Queda por tanto la actual descripción de la finca a inscribir en el Registro, teniendo en cuenta los proyectos de normalización de fincas y la declaración de obra nueva referida como sigue:

SGD (Sistema General Dotacional).

Parcela SGD (Sistema General Dotacional) de la Unidad de Ejecución UE AR-2 del Plan Municipal de Tafalla. Tiene una superficie de sesenta mil trescientos sesenta y cuatro metros cuadrados (60.364 m²) de los cuales 53.717,56 m² se corresponden con el Sistema General Deportivo incluyendo el velódromo existentes y 6.646,33 m² quedan como Sistema General en Suelo Urbano Dotacional.

Linda: norte, parcela resultante ZV7 del Proyecto de Reparcelación de la AR-2 del Plan Municipal de Tafalla, destinada a zona verde pública; sur: parcela resultante V.12 destinada a vial; este: con vial V-9 y oeste con parcela ZV 5 de la Unidad de Ejecución AR-2 del Plan Municipal destinada a zona verde pública.

Parte de esta finca está destinada a la instalación del campo de fútbol de hierba artificial, envuelta en los linderos norte, sur y oeste, por la parcela 364 y en el lindero este, por la parcela 364 y parcela resultante V.9 destinada a vial. Dicha instalación comprende: campo de fútbol de hierba artificial de seis mil seiscientos quince metros cuadrados; pavimento de mil cuatrocientos ocho metros cuadrados, vestuarios de ochenta y cuatro metros con cincuenta decímetros cuadrados; y caseta-bomba de cinco metros cuadrados.

Segundo.–Notificar la presente resolución al Registro de la Propiedad número 1 de Tafalla.

Tercero.–Publicar en el Boletín Oficial de Navarra.

Cuarto.–Señalar que contra el presente acuerdo, cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

–Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución.

–Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación de esta resolución; o bien,

–Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

Tafalla, 1 de julio de 2022.–El alcalde-presidente, Jesús Arrizubieta Astiz

Código del anuncio: L2210014