BOLETÍN Nº 125 - 24 de junio de 2022

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 187E/2022, de 6 de junio, del director del Servicio de Economía Circular y Cambio Climático por la que se procede a aceptar el cambio solicitado de las condiciones de funcionamiento establecidas en la autorización ambiental integrada de la instalación de fabricación de bebidas refrescantes, cuyo titular es Refresco Iberia, S. A. U., ubicada en término municipal de Marcilla.

Esta instalación dispone de autorización ambiental integrada concedida mediante la Orden Foral 449/2007, de 22 de octubre, de la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, actualizada, posteriormente, por la Resolución 184E/2014, de 7 de mayo, del director general de Medio Ambiente y Agua, modificada por la Resolución 150E/2021, de 1 de marzo, del director general de Medio Ambiente.

Con fecha 31/01/2021 el titular ha solicitado el cambio de las condiciones incluidas en su autorización ambiental integrada, en concreto, la inclusión en el listado de residuos producidos del anejo III de la autorización ambiental integrada de una serie de residuos no contemplados en la misma y que se generan habitualmente. Además, ha solicitado la inscripción del centro como productor de residuos peligrosos, puesto que la cantidad de residuos generados anualmente excede de manera habitual de las 10 t.

Complementariamente, se ha solicitado que los restos de productos no aptos para el consumo humano, catalogados con el código LER 020704, sean considerados subproductos.

El Servicio de Economía Circular y Cambio Climático ha revisado la solicitud presentada, concluyendo que los cambios indicados en lo referente a la inscripción como productor de residuos peligrosos y en lo referente a la catalogación como subproducto de los restos de producción no aptos para consumo humano son aceptables, por ser acorde con el funcionamiento ambientalmente adecuado de la instalación, y con la aplicación de las mejores técnicas disponibles.

En lo referente a los residuos para los que se solicita inclusión se considera aceptable, aunque se descartan los códigos LER solicitados para los fitosanitarios líquidos,070401*, para los aromas caducados, 080119*, y para los productos básicos,110103*, por no resultar adecuados para los residuos catalogados con dichos códigos. En su lugar, se autorizan los códigos LER 061301*, 160303* y 160305*, respectivamente.

Se considera que, en este caso, concurren las circunstancias previstas en la letra d) del artículo 27 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental, y en consecuencia, procede llevar a cabo la modificación de oficio de las condiciones establecidas en la autorización ambiental integrada, de acuerdo con el procedimiento administrativo previsto en el artículo 28 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental, no considerándose oportuno someter a información pública el presente expediente de modificación.

La propuesta de resolución ha sido sometida a un trámite de audiencia al titular de la instalación, durante un período de treinta días, sin que el mismo haya presentado alegación alguna a dicha propuesta.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por la Resolución 107/2019, de 8 de noviembre, del director general de Medio Ambiente,

RESUELVO:

Primero.–Aceptar el cambio solicitado de las condiciones de funcionamiento establecidas en la autorización ambiental integrada de la instalación de fabricación de bebidas refrescantes, cuyo titular es Refresco Iberia, S. A. U., ubicada en término municipal de Marcilla, de forma que la instalación y el desarrollo de la actividad deberán cumplir las condiciones establecidas en el anejo de la presente resolución.

Segundo.–Inscribir el centro como productor de residuos peligrosos con el número.

15P01163015312022 en el Registro de Producción y Gestión de Residuos de la Comunidad Foral de Navarra. Los residuos que podrá producir son los incluidos en el anejo III de esta resolución. Cualquier cambio en la producción de los residuos deberá ser notificado al Servicio de Economía Circular y Cambio Climático del Gobierno de Navarra a efectos de su inclusión en el citado Registro.

Tercero.–El incumplimiento de las condiciones recogidas en la presente resolución supondrá la adopción de las medidas de disciplina ambiental recogidas en el título IV del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, y subsidiariamente, en el régimen sancionador establecido en el título III de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental, sin perjuicio de lo establecido en la legislación sectorial, que seguirá siendo aplicable.

Cuarto.–Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Quinto.–Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante la consejera del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, en el plazo de un mes. Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente resolución.

Sexto.–Trasladar la presente resolución a Refresco Iberia, S. A. U. y al Ayuntamiento de Marcilla, a los efectos oportunos.

Pamplona, 6 de junio de 2022.–El director del Servicio de Economía Circular y Cambio Climático, Pedro Zuazo Onagoitia.

Nota: Los anexos a que se refiere la presente resolución estarán a disposición de los interesados en las dependencias de la Dirección General de Medio Ambiente, sitas en Pamplona, calle González Tablas, 9 - planta baja, Servicio de Economía Circular y Cambio Climático; y en el sitio web del Gobierno de Navarra https://extra.navarra.es/InformacionPublicaPRTR/CentroPublicaciones.html#/CentroPublicaciones

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