BOLETÍN Nº 125 - 24 de junio de 2022

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 133/2022, de 19 de mayo, de la directora del Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas, por la que se concede autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración en concreto de utilidad pública para instalación eléctrica de alta tensión en Peralta.

Con fecha 11 de agosto de 2021, D. Eduardo Ryan Murúa, en representación de I-DE, Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U., ha solicitado autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración en concreto de utilidad pública para la ejecución de la siguiente instalación eléctrica:

–Peticionario: I-DE, Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U.

–Expediente: SAT11235 (Ref.: 2021-127 Obra 100910979).

–Ubicación de la instalación: Término municipal de Peralta.

–Finalidad: Mejorar la calidad de servicio en la zona.

–Características técnicas: Renovación de la Línea Aérea S.C. a 66 kV denominada “Tudela 1” de ST “Tafalla” entre la STR “Peralta” y el apoyo 109:

  • Tramo 1: de STR “Peralta” al apoyo 134: 4.067 metros de conductor 147-AL1/34-ST1A.
  • Tramo 2: del apoyo 134 al apoyo 109: 3.231 metros de conductor 242-AL1/39-ST1A.
  • Tramo 3: de STR “Peralta” al apoyo 109: 7.128 metros de conductor OPGW 16-80.

–Presupuesto: 888.290,54 euros.

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se sometió la solicitud de I-DE, Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U., junto con la relación concreta de bienes y derechos afectados por la instalación, al trámite de información pública durante un plazo de 30 días. A estos efectos, se insertó anuncio en el Boletín Oficial de Navarra número 235 de 7 de octubre de 2021, en el Diario de Navarra de fecha 19 de octubre de 2021, así como en la web de Gobierno Abierto de Gobierno de Navarra.

Transcurrido el citado plazo, se ha recibido la siguiente alegación:

D. Guillermo José Asín Sánchez, en fecha 3 de noviembre de 2021, solicita que el apoyo número 126 que está proyectado instalar en una parcela de su propiedad, se traslade 10 metros hacia el norte y se instale en la parcela resultante de la concentración parcelaria que está al norte de la parcela 121 y que no se va a cultivar.

Trasladada la alegación a I-DE, Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U., con fecha 17 de febrero de 2022, la empresa distribuidora señala que “mediante Resolución 85/2022, de 3 de febrero de 2022, del director general de Agricultura y Ganadería del Gobierno de Navarra, se ha autorizado reubicar el citado apoyo número 126, en la citada parcela 1018 del polígono 1 de concentración parcelaria, atribuida al propietario Caminos y Desagües. En consecuencia, la parcela 21 del polígono 1 de concentración parcelaria, atribuida a D. Guillermo José Asín Sánchez, quedaría desafectada del expediente del citado proyecto”.

Asimismo, conforme a los artículos 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se remitió copia del proyecto al Ayuntamiento de Peralta, otorgando un plazo de 30 días hábiles para prestar su conformidad u oposición a la autorización solicitada y, en su caso, establecer el condicionado técnico procedente. Al mismo tiempo, y en aplicación de lo establecido en el artículo 144 del mismo Real Decreto, se comunicó al Ayuntamiento de Peralta la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados por el proyecto, para su exposición al público en el tablón de edictos por un periodo de 30 días hábiles.

En virtud de los artículos 127 y 131 del citado Real Decreto, transcurrido el citado plazo sin que el Ayuntamiento de Peralta haya contestado, cabe entender su conformidad con la autorización de la instalación y las especificaciones técnicas propuestas en el proyecto de ejecución.

Remitida separata a la Confederación Hidrográfica del Ebro solicitando la emisión de informe, no se ha manifestado al respecto.

Consta en el expediente informe de Nedgia Navarra, S. A., de fecha 7 de octubre de 2021 (E-NAV-20210040), en el que prestan su conformidad al proyecto.

El Servicio de Conservación de la Dirección General de Obras Públicas e Infraestructuras, en informe del 14 de octubre de 2021 (Ref.: Exptes. 2021/858834 y 2021/858855), indica que “Las obras solicitadas resultan autorizables en su afección a las referidas carreteras, por lo que se ha redactado informe con propuesta de autorización de obra pública (AOP 2021/518) a la solicitud de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, en la que se establecen las condiciones que se deberán cumplir en su realización, quedando a continuación pendiente la redacción, firma y tramitación de la resolución de autorización del director general de Obras Públicas e Infraestructuras”.

Remitida separata al Servicio Forestal y Cinegético de la Dirección General de Medio Ambiente solicitando la emisión de informe, no se ha manifestado al respecto.

Consta en el expediente oficio de la Sección de Territorio y Paisaje, de fecha 5 de abril de 2022, en el que se indica que “Las actividades y usos permitidos quedan en el ámbito de la competencia municipal, y no precisan de la autorización de actividad en suelo no urbanizable (artículo 117 del Texto Refundido LFOTU), sin perjuicio de que deban ser objeto de licencia y, en su caso, de autorización por otros órganos o Administraciones (Confederación Hidrográfica, Departamento de Medio Ambiente, Dirección General de Obras Públicas...), y que en dichos trámites el órgano competente deba valorar el cumplimiento de la normativa sectorial y de los instrumentos de ordenación territorial”.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por Resolución 52/2019, de 18 de noviembre, de la directora general de Industria, Energía y Proyectos Estratégicos S3 (Boletín Oficial de Navarra número 234, de 27 de noviembre de 2019), en cumplimiento de lo establecido en los artículos 32 y 11 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral,

RESUELVO:

1. Otorgar autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción a I-DE, Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U. para la citada instalación.

2. Declarar en concreto la utilidad pública de la citada instalación, a los efectos establecidos en el artículo 54 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y en el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, adquiriendo la empresa solicitante la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio.

3. Reconocer a la empresa I-DE, Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U. la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio.

4. Estimar la alegación de D. Guillermo José Asín Sánchez, según lo indicado anteriormente.

5. Aprobar el proyecto presentado para la ejecución de la instalación, suscrito por el ingeniero técnico industrial D. Marcos Hernando Tuesta, concediendo un plazo de veinticuatro meses para la ejecución de las obras.

6. Las instalaciones deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado y se ajustarán a lo dispuesto en el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y en el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre Condiciones Técnicas y Garantías de Seguridad en Líneas Eléctricas de Alta Tensión.

7. Una vez ejecutado el proyecto, el peticionario deberá solicitar el acta de puesta en servicio. A esta solicitud se acompañará la documentación establecida en la normativa citada y el certificado final de obra suscrito por técnico facultativo competente.

8. La presente autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción se otorga sin perjuicio de las concesiones, autorizaciones, licencias y permisos, tanto públicas como privadas, que sea necesario obtener por parte del solicitante de la instalación para efectuar la misma, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables.

9. Trasladar esta resolución al Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas, a la Dirección General de Obras Públicas e Infraestructuras, al Servicio Forestal y Cinegético, y a la Sección de Ordenación del Territorio, a los efectos oportunos.

10. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra para su general conocimiento.

11. Notificar esta resolución a I-DE, Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U., Nedgia, S. A., y a los titulares de los bienes y derechos afectados, advirtiendo que, contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el consejero de Desarrollo Económico y Empresarial, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, indicando en el mismo el número de expediente.

12. Notificar esta resolución al Ayuntamiento de Peralta y a la Confederación Hidrográfica del Ebro, advirtiendo que contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el orden jurisdiccional competente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra, en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Pamplona, 19 de mayo de 2022.–La directora del Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas, Laura Larraya Irigoyen.

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