BOLETÍN Nº 12 - 18 de enero de 2022

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

JAVIER

Tipos impositivos para 2022

El Pleno del Ayuntamiento de Javier, en sesión ordinaria celebrada el día 23 de diciembre de 2021, adoptó el siguiente acuerdo, de conformidad con las disposiciones de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, el cual, se expone a continuación:

Primero.–Aprobar los tipos de gravamen para el año 2022, los cuales se exponen a continuación:

–Fijar en el 0,22 el tipo de gravamen para la exacción de la contribución territorial.

–Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras: 3,5 % por ciento sobre el coste real y efectivo de la construcción, instalación u obra, entendiendo como tal el precio de ejecución material.

–Respecto al impuesto del incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana aplicar los coeficientes establecidos en la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, y el tipo del 12 por ciento.

–Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica o circulación: tarifa oficial.

Segundo.–Precios públicos del agua para 2021:

Por suministro doméstico: 0,75 euros/m³ (uso doméstico en vivienda y bajeras sin actividad comercial).

Por suministro industrial: 0,88 euros/m³ (usos industriales y comerciales. Comprende esta tarifa la industria, así como el comercio, oficinas y despachos, hostelería, sociedades gastronómicas, centros de enseñanza).

–Contador 13/15 mm.

  • Cuota mínima fija: 9 euros/trimestre.
  • Por alquiler del contador: 0,7 euros/trimestre.

–Contador 25 mm.

  • Cuota mínima fija: 15 euros/trimestre.
  • Por alquiler del contador: 4 euros/trimestre.

–Contador 40 mm.

  • Cuota mínima fija: 23 euros/trimestre.
  • Por alquiler contador: 6 euros/trimestre.

–Contador 50 mm.

  • Cuota mínima fija: 51 euros/trimestre.
  • Pro alquiler de contador: 12 euros/trimestre.

–Alcantarillado y depuración: 25 euros/año (6,25 euros/trimestre).

–Mantener los restantes tipos impositivos y tasas vigentes en Javier.

Tercero.–El presente acuerdo entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2022, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, se entienden modificadas las ordenanzas fiscales en lo que resulten afectadas por el presente acuerdo, comenzando a aplicarse desde el día 1 de enero de 2022.

Cuarto.–Publicar el acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra y tablón de anuncios para general conocimiento advirtiendo que contra dicho acuerdo se podrá interponer alguno de los siguientes recursos:

–Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes, desde la notificación del mismo.

–Recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su notificación; previa, en su caso, interposición del recurso potestativo de reposición ante el Pleno del Ayuntamiento, en el plazo de un mes.

Javier, 23 de diciembre de 2021.–La alcaldesa, Laura Guindano Taínta.

Código del anuncio: L2118493