BOLETÍN Nº 119 - 16 de junio de 2022

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

TIEBAS-MURUARTE DE RETA

Suspensión de licencias en suelo no urbanizable
para instalaciones de producción energética y sus infraestructuras de evacuación

El Ayuntamiento de Tiebas-Muruarte de Reta, en sesión celebrada el día 31 de mayo de 2022, adoptó el siguiente acuerdo:

Vista la necesidad de revisar la regulación de los distintos usos permitidos, autorizables y prohibidos en el suelo no urbanizable para proteger adecuadamente este suelo y así delimitar las áreas de suelo agrario periurbano, las zonas calificadas como paisajes agrarios, y las zonas de huerta y vega que han de ser objeto de protección de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Foral /2022, de 22 de marzo, de Cambio Climático y Transición Energética.

Vista la importancia de garantizar que, las nuevas instalaciones de producción energética a partir de las fuentes de energía renovable, sus infraestructuras de evacuación y cuantas actuaciones que puedan estar al servicio de estas nuevas infraestructuras energéticas, excluyendo las instalaciones de autoconsumo, no producen un impacto severo sobre la biodiversidad y otros valores naturales, de acuerdo a lo recogido en el artículo 62.3 de la Ley Foral 4/2022.

Siendo necesario la delimitación de las áreas de sensibilidad y exclusión por su importancia para la biodiversidad, conectividad, provisión de servicios ecosistémicos, mantenimiento de los entornos naturales de los núcleos urbanos, así como sobre otros valores ambientales.

Visto que, además, y de acuerdo con lo dispuestos en los artículos 31 y 33 de la Ley Foral 4/2022, de 22 de marzo, de Cambio Climático y Transición Energética, que señalan que el Gobierno de Navarra ha de establecer, en el plazo de un año, los suelos autorizables y prohibidos para la implantación de proyectos de energía eólica y fotovoltaica, es preciso suspender el otorgamiento de todo tipo de licencias en el suelo no urbanizable para evitar la existencia de instalaciones y/o construcciones que finalmente resulten incompatibles con la regulación que se pretende.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.1 del texto refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio, aprobado mediante Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, en el que se contempla la posibilidad de que la Administración competente para la aprobación inicial de los planes urbanísticos podrá acordar con anterioridad a ésta la suspensión del otorgamiento de licencias de parcelación de terrenos, edificación y demolición en áreas o para usos determinados, con el fin de estudiar su formación o reforma, y definiendo con claridad suficiente estos ámbitos, la Corporación con los votos a favor de los cinco concejales presentes de la Agrupación Independiente Tiebas-Campanas-Muruarte y la abstención del concejal del PSN-PSOE,

ACUERDA:

Primero.–Suspender el otorgamiento de licencias de construcción de nueva planta y de implantación o ejecución de nuevas instalaciones para la producción y transformación energética que no sean de autoconsumo, así como sus infraestructuras de evacuación y otras actuaciones vinculados al mismo uso en el suelo no urbanizable de Tiebas-Muruarte de Reta, mientras se elabora la modificación correspondiente en el planeamiento que permita actualizar y regular los usos permitidos, autorizables y prohibidos en el suelo no urbanizable.

La suspensión se extenderá al tiempo de estudio, formación y tramitación de la modificación del Plan Municipal de Urbanismo tendente a dotar al mismo de la normativa adecuada para la regulación del suelo no urbanizable, con el plazo máximo de un año, en los términos del artículo 70.3 del texto refundido arriba citado.

Segundo.–Publicar en el Boletín Oficial de Navarra y en los diarios editados en la Comunidad Foral.

Contra este acuerdo cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

1.–Recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo de Navarra en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación de este acuerdo.

2.–Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes desde la notificación del mismo.

3.–Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de notificación de este acuerdo.

Tiebas-Muruarte de Reta, 6 de junio de 2022.–La alcaldesa, Yolanda Obanos Irure.

Código del anuncio: L2208380