BOLETÍN Nº 110 - 3 de junio de 2022

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

CORRECCIÓN DE ERRORES de la Orden Foral 38E/2022, de 1 de abril, de la consejera de Cultura y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria de la subvención “Generazinema Producción 2022”.

Advertido error en las bases 17.3.a), 17.3.b), 18.8 y 21.9 de la citada convocatoria, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 85, de 3 de mayo de 2022, se procede a su rectificación mediante la publicación de la presente corrección de errores:

En la base 17.3.a), donde dice:

SOLVENCIA

PONDERACIÓN

Experiencia de la empresa solicitante de la ayuda en los últimos 7 años (9 años en el caso de proyectos de animación). Puntuaciones no acumulables

5

–Tres o más cortometrajes de nacionalidad española: 2

–Dos o más largometrajes de nacionalidad española: 3

Participación en festivales y premios obtenidos en las categorías de mejor película / mejor película de habla no inglesa / mejor película de animación / mejor película documental / mejor cortometraje, producida por la empresa solicitante de la ayuda (conforme a las puntuaciones establecidas en el Anexo II.A.1.)

3

Datos de taquilla de una de las películas de la productora solicitante (conforme a las puntuaciones establecidas en el Anexo II.A.1.)

4

Debe decir:

SOLVENCIA

PONDERACIÓN

Experiencia de la empresa solicitante de la ayuda en los últimos 7 años (9 años en el caso de proyectos de animación). Puntuaciones no acumulables

5

–Tres o más cortometrajes de nacionalidad española: 3

–Dos o más largometrajes de nacionalidad española: 5

Participación en festivales y premios obtenidos en las categorías de mejor película / mejor película de habla no inglesa / mejor película de animación / mejor película documental / mejor cortometraje, producida por la empresa solicitante de la ayuda (conforme a las puntuaciones establecidas en el Anexo II.A.1.)

3

Datos de taquilla de una de las películas de la productora solicitante (conforme a las puntuaciones establecidas en el Anexo II.A.1.)

4

En la base 17.3.b), donde dice:

TRAYECTORIA

PONDERACIÓN

Experiencia del director o directora en los últimos 7 años (9 años en el caso de proyectos de animación). Puntuaciones no acumulables

4

–Tres o más cortometrajes de nacionalidad española: 1

–Dos o más largometrajes de nacionalidad española: 2

Premios obtenidos o nominación en las categorías de mejor película / mejor película de habla no inglesa / mejor película de animación / mejor película documental / mejor cortometraje, dirigida por el director o directora; categoría de mejor director/a y categoría de mejor director/a novel en algún festival o premio de los relacionados en el Anexo II.A.1)

2

Datos de taquilla de una de las películas dirigidas por el director/a del proyecto objeto de la solicitud (conforme a las puntuaciones establecidas en el Anexo II.A.1.)

4

Debe decir:

TRAYECTORIA

PONDERACIÓN

Experiencia del director o directora en los últimos 7 años (9 años en el caso de proyectos de animación). Puntuaciones no acumulables

4

–Tres o más cortometrajes de nacionalidad española: 2

–Dos o más largometrajes de nacionalidad española: 4

Premios obtenidos o nominación en las categorías de mejor película / mejor película de habla no inglesa / mejor película de animación / mejor película documental / mejor cortometraje, dirigida por el director o directora; categoría de mejor director/a y categoría de mejor director/a novel en algún festival o premio de los relacionados en el Anexo II.A.1)

2

Datos de taquilla de una de las películas dirigidas por el director/a del proyecto objeto de la solicitud (conforme a las puntuaciones establecidas en el Anexo II.A.1.)

4

En la base 18.8. donde dice:

“18.8. De acuerdo con lo establecido en el artículo 33 bis de la Ley Foral 11/2005 de 9 de noviembre, de Subvenciones del Gobierno de Navarra, los beneficiarios podrán solicitar prórroga del plazo antes de la finalización de las acciones subvencionadas, siempre que sea exclusivamente para la presentación de los documentos fijados en las letras b), i), h) y l) de la base 18.4. Para ello, deberán presentar solicitud ante el órgano gestor de la convocatoria”.

Debe decir:

“18.8. De acuerdo con lo establecido en el artículo 33 bis de la Ley Foral 11/2005 de 9 de noviembre, de Subvenciones del Gobierno de Navarra, los beneficiarios podrán solicitar prórroga del plazo antes de la finalización de las acciones subvencionadas, siempre que sea exclusivamente para la presentación de los documentos fijados en las letras b), i), j) y l) de la base 18.4. Para ello, deberán presentar solicitud ante el órgano gestor de la convocatoria”.

En la base 21.9. donde dice:

“21.9. De acuerdo con lo establecido en el artículo 33 bis de la Ley Foral 11/2005 de 9 de noviembre, de Subvenciones del Gobierno de Navarra, los beneficiarios podrán solicitar prórroga del plazo antes de la finalización de las acciones subvencionadas, siempre que sea exclusivamente para la presentación de los documentos fijados en las letras b), g), h), y j) de la base 21.4. Para ello, deberán presentar solicitud ante el órgano gestor de la convocatoria”.

Debe decir:

“21.9. De acuerdo con lo establecido en el artículo 33 bis de la Ley Foral 11/2005 de 9 de noviembre, de Subvenciones del Gobierno de Navarra, los beneficiarios podrán solicitar prórroga del plazo antes de la finalización de las acciones subvencionadas, siempre que sea exclusivamente para la presentación de los documentos fijados en las letras b), i), j) y l) de la base 21.4. Para ello, deberán presentar solicitud ante el órgano gestor de la convocatoria”.

Pamplona, 20 de mayo de 2022.–La consejera de Cultura y Deporte, Rebeca Esnaola Bermejo.

Código del anuncio: F2207540