BOLETÍN Nº 99 - 30 de abril de 2021

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

TUDELA

Aprobación definitiva de la plantilla orgánica del ayuntamiento y organismos/entidades dependientes para 2021

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 235 de la Ley Foral 6/1990, de la Administración Local de Navarra, adoptado acuerdo de aprobación inicial de plantilla orgánica, publicado en Boletín Oficial de Navarra número 304, de 31 de diciembre de 2020, y transcurrido el plazo de información pública para formular alegaciones, mediante acuerdo de pleno, de fecha 29 de marzo de 2021,

SE ACUERDA:

Primero.–Aprobar propuesta de contestación a las alegaciones formuladas con ocasión de la aprobación inicial de plantilla orgánica del Ayuntamiento de Tudela y Organismos/Entidades de él dependientes para el año 2021.

Segundo.–Aprobar propuesta de la Comisión de seguimiento del estudio de descripción y valoración de los puestos de trabajo municipales en relación a las solicitudes de personal municipal analizadas.

Tercero.–Aprobar con carácter definitivo la plantilla orgánica del Ayuntamiento de Tudela y Organismos/Entidades de él dependientes para el año 2021, así como las normas complementarias para su ejecución.

Cuarto.–Los efectos derivados de la plantilla tendrán vigencia desde el día siguiente al de publicación del presente acuerdo en Boletín Oficial de Navarra.

Quinto.–Delegar en Alcaldía la aprobación de los escritos de informe o alegaciones que se dicten con ocasión de la posible interposición de recursos de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra contra la aprobación definitiva de la plantilla orgánica municipal del año 2021, debiendo dar cuenta de ellos en sesión plenaria, previo paso por Comisión Informativa de Régimen Interno.

Sexto.–Este acuerdo es definitivo en vía administrativa por lo que contra el mismo cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos (sin que quepa interponer ninguno de ellos mientras no se resuelva expresamente el que, en su caso, esté en trámite de resolución o se haya producido la desestimación presunta del mismo):

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor de este acto, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación o publicación de este acuerdo.

b) Recurso de alzada directamente ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación o publicación de este acuerdo.

c) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la notificación o publicación de este acuerdo.

Séptimo.–Ordenar su publicación en Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.

Tudela, 31 de marzo de 2021.–El alcalde-presidente, Alejandro Toquero Gil.

PLANTILLA ORGÁNICA

AYUNTAMIENTO DE TUDELA

Relación de puestos de trabajo

CÓDIGO

DENOMINACIÓN DEL PUESTO

N.º PUESTOS

RÉG.
JUR.

NIVEL GRUPO

SIST. INGRESO

EXC.

INC.

P. DIR.

P. TRAB.

PROL. JORN.

RIESGO

COMP. ESPEC.

COMP. NIVEL

COMP. PER. TRAN.

GABINETE DE ALCALDÍA

Jefe/a de gabinete

1

EV

-

LD

-

-

-

-

-

-

-

-

-

Secretario/a de alcaldía

1

EV

-

LD

-

-

-

-

-

-

-

-

-

0501a05101

Licenciado/a en ciencias de la información

1

F

A

CO

35

10,42

10

0501d03901-02

Empleado/a de servicios múltiples

2

F

D

CO

16,39

10

4

15

SECRETARÍA GENERAL

0502a09301

Secretario/a

1

F

A

CO

55

53,77

0502b09801

Técnico/a grado medio administración

1

F

B

CO

35

21,77

0502c06201

Oficial administrativo/a (“)

1

F

C

CO

20,11

15

0,25

(“) Retribuciones complementarias vinculadas a las funciones de secretaría de comisión informativa.

ASESORÍA JURÍDICA Y LETRADOS MUNICIPALES

0505a00901

Asesor/a jurídico/a

1

F

A

CO

55

43,77

0505c06203

Oficial administrativo/a

1

F

C

CO

14,08

15

0514a05302

Licenciado/a en derecho (vacante)

1

F

A

CO

35

20,42

0512a05301

Licenciado/a en derecho (vacante)

1

F

A

CO

35

10,42

INTERVENCIÓN

0503a04901

Interventor/a (vacante)

1

F

A

CO

55

53,77

0503b09802

Técnico/a de grado medio administración

1

F

B

CO

35

21,77

0503c06205

Oficial administrativo/a (vacante)

1

F

C

CO

14,08

15

0503c06207-08

Oficial administrativo/a

2

F

C

CO

14,08

15

ARCHIVO

0504a00601

Archivero/a municipal (vacante)

1

F

A

CO

35

30,42

0504c06204

Auxiliar técnico de archivo

1

F

C

CO

14,08

15

0504c01501

Auxiliar técnico de archivo

1

F

C

CO

14,08

15

0504d03903-04

Empleado/a de servicios múltiples

2

F

D

CO

15,37

7

4

15

1714d05702

Empleado/a limpieza

1

LF

D

CO

7,68

4

15

ORGANIZACIÓN, CALIDAD Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

0707a11002

Técnico/a superior coordinador/a de organización y calidad (vacante)

1

F

A

CO

35

10,42

10

0507b09806

Técnico/a de grado medio-S.A.C.

1

F

B

CO

35

21,77

0507c01201

Auxiliar de tramitación

1

LF

C

CO

14,08

15

0507c01202-05-06-07

Auxiliar de tramitación

4

F

C

CO

14,08

15

0507c01203-04

Auxiliar de tramitación (vacantes)

2

F

C

CO

14,08

15

0507c06231

Oficial administrativo/a

1

F

C

CO

14,08

15

0507d01005

Oficial administrativo/a (vacante) (*)

1

F

C’

CO

14,08

15

(*) Salario asimilado a nivel C. Retribuciones provisionales del puesto de trabajo.

(‘) Retribuciones provisionales del puesto de trabajo.

RECURSOS HUMANOS

0708a11001

Técnico/a superior de recursos humanos (vacante)

1

F

A

CO

35

17,07

0508b09803

Técnico/a de grado medio administración

1

F

B

CO

35

21,77

0508b04301

Graduado/a social

1

F

B

CO

35

11,77

0508c06221

Oficial administrativo/a

1

F

C

CO

14,08

15

0508c06220-1208c06222

Oficial administrativo/a (vacantes)

2

F

C

CO

14,08

15

1208b10301

Técnico/a de riesgos laborales (vacante)

1

F

B

CO

35

11,77

TICS

0509a10001

Técnico/a informático/a a

1

LF

A

CO

55

7,07

0509b10001

Técnico/a informático/a b (vacante)

1

F

B

CO

35

9,76

10

0509c10201

Técnico/a informático/a b

1

F

B(**)

CO

35

9,76

10

(**) Retribuciones provisionales del puesto de trabajo.

POLICÍA LOCAL

Jefe/a policía

1

EV

-

LD

-

-

-

-

-

-

-

-

-

0506b09202-03

Subinspector/a

2

F

B

CO

44,27

45

5

0506b09201

Subinspector/a (vacante)

1

F

B

CO

44,27

45

5

0506c01802-03-07-08-09-1006c01810

Agente primero/a

6

F

C

CAC

28,96

45

10

0506c01801-804-05

Agente primero/a (vacantes)

3

F

C

CAC

28,96

45

10

0506c00201-202-203-205-206-207-208-211-214-215-216-217-221-222-223-226-227-228-229-230-231-233-234-235-236-237-238-239-240-301-302-303-304-0706c210-224-225-243-248-249-250-251-252-253 0906c00204-219-241-242-254

Agentes de policía

48

F

C

O*

18,96

45

2,5

0506c0209-212-213-218-220-232 0906c00255-256-257-258-259-260

Agentes de policía (vacantes)

12

F

C

O*

18,96

45

2,5

2106c00261

Agente de policía (vacante)

1

F

C

O*

18,96

45

2,5

0506c06209-10-11

Oficial administrativo/a

3

F

C

CO

14,08

15

2006b09807

Técnico/a de grado medio administración (vacante)

1

F

B

CO

35

21,77

(*) Según Ley Foral 23/2018, de 19 de noviembre, de las Policías de Navarra, las entidades locales con policía local podrán reservar un 30% de sus plazas vacantes para ser cubiertas por concurso-oposición entre el personal de otras Policías locales de Navarra o de otros servicios de Policía local de Navarra que haya permanecido más de cinco años efectivos en la última de ellas.

(**) Vista la entrada en vigor de la Ley Foral 23/2018, de 19 de noviembre, de las policías de Navarra, se ha considerado conveniente la determinación de un complemento transitorio, de aplicación en tanto en cuanto no se determinen con carácter definitivo las retribuciones complementarias del personal al servicio de la Policía municipal de Tudela. Dicha determinación definitiva está, según la citada ley foral, sujeta a desarrollo reglamentario y/o a un estudio de valoración de puestos de trabajo, según el caso, así como a la aplicación del artículo 63 de la citada ley, relativo a escalas retributivas. El complemento transitorio se aplica tomando como referencia el referido artículo 63, sobre escalas retributivas, así como los acuerdos alcanzados con la representación del personal en relación al mantenimiento de una compensación de turnicidad y especial jefatura. Los complementos retributivos que se asignen con carácter definitivo, una vez finalizados los procedimientos indicados para ello, podrán suponer una reducción o un incremento en las retribuciones complementarias que figuran en la presente plantilla orgánica.

ÁREA DE PROMOCIÓN ECONÓMICA

Director/a de área

1

EV

-

LD

-

-

-

-

-

-

-

-

-

0510b09802

Técnico/a de grado medio administración

1

F

B

CO

35

21,77

0511c06214-15-19

Oficial administrativo/a

3

F

C

CO

14,08

15

0511c06212

Oficial administrativo/a

1

F

C

CO

14,08

15

1,28

0511c06216-217

Oficial administrativo/a (vacantes)

2

F

C

CO

14,08

15

0510d01006-0510d01008

Oficial administrativo/a

2

F

C’

CO

14,08

15

(‘) Retribuciones provisionales del puesto de trabajo.

COMERCIO, INDUSTRIA Y EMPLEO

0810a11001

Técnico de promoción, desarrollo e innovación (vacante)

1

F

A

CO

35

7,07

0510d03923-9502

Empleado/a de servicios múltiples

2

F

D

CO

19,39

7

4

15

HACIENDA Y CATASTRO, PATRIMONIO Y COMPRAS

TESORERÍA

0511a10401

Tesorero/a

1

F

A

CO

55

33,77

TURISMO

0610b09701

Técnico/a de actividades turísticas (vacante)

1

F

B

CO

35

11,77

ÁREA DE DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE

Director/a de área

1

EV

-

LD

-

-

-

-

-

-

-

-

-

0512b09804

Técnico de grado medio administración

1

F

B

CO

35

21,77

0512c06224-26

Oficial administrativo/a

2

F

C

CO

14,08

15

0512c06227

Oficial administrativo/a

1

F

C

CO

14,08

15

6,28

0512d01002

Oficial administrativo/a

1

F

C’

CO

14,08

15

0512d01003

Oficial administrativo/a (vacante)

1

F

C’

CO

14,08

15

0512c06225

Oficial administrativo/a (vacante)

1

F

C

CO

14,08

15

0510d01007

Oficial administrativo/a (vacante)

1

F

C’

CO

14,08

15

(‘) Retribuciones provisionales del puesto de trabajo.

URBANISMO, OFICINA TÉCNICA Y SANIDAD

0512a00701

Arquitecto/a superior

1

F

A

CO

55

7,07

4

2,65

0512b00801

Arquitecto/a técnico/a

1

F

B

CO

35

11,77

7

4

0512d10901

Vigilante de obras

1

F

C(*)

CO

14,08

4

15

0510a05202

Licenciado/a en veterinaria

1

F

A

CO

35

7,07

4

0510a05201

Licenciado/a en veterinaria (vacante)

1

F

A

CO

35

7,07

4

1210d04101-02

Enterrador (vacantes)

2

F

D

CO

12,37

10

15

1210c06405

Oficial 1.ª albañil (vacante)

1

F

C

CO

13,72

10

15

2012b04701

Ingeniero/a técnico/a de obras públicas (vacante)

1

F

B

CO

35

11,77

0512c02802

Delineante

1

F

C

CO

20,11

15

3,25

0512c02001

Encargado (vacante)

1

F

C

CM

35,11

10

4

15

0512c06801-802-402

Oficial albañil

3

F

C

CO

13,72

7

7

15

0512c06803 2012c06405-06-07 2112c06408

Oficial albañil (vacante)

5

F

C

CO

13,72

7

7

15

0512c04201

Oficial fontanero (‘’)

1

F

C

CO

19,08

7

7

15

0512d06901

Oficial pintor (vacante)

1

F

C

CO

13,72

7

7

15

0512d07201

Empleado/a de servicios múltiples

1

F

D

CO

12,37

7

7

15

0512d07202 2112d07203-04-05

Empleado/a de servicios múltiples (vacantes)

4

F

D

CO

12,37

7

7

15

(‘’) Se aplica subnivel C2 con carácter transitorio, a revisar en el momento en que se configure con carácter definitivo la oficina técnica municipal.

SERVICIOS CONTRATADOS

0512a05401

Técnico superior de contratación pública (vacante)

1

F

A

CO

35

7,07

AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES, MEDIO AMBIENTE, PROTECCIÓN ANIMAL Y AGENDA 21

1612b04501

Ingeniero/a técnico agrícola (vacante)

1

F

B

CO

35

21,77

4

0512c04401-1712c04402

Guarda (vacantes)

2

F

C

CO

20,11

5

7

15

0512d02201

Oficial conductor/a palista

1

F

C(*)

CO

8,72

7

7

15

0512d03905

Oficial mantenimiento

1

F

C(*)

CO

8,72

7

7

15

0512d07401

Empleado/a servicios múltiples aguas (vacante)

1

F

D

CO

12,37

7

7

15

(*) Retribuciones provisionales del puesto de trabajo.

ÁREA DE PROMOCIÓN DE LA CIUDAD

Director/a de área

1

EV

-

LD

-

-

-

-

-

-

-

-

-

0513b09805

Técnico/a de grado medio administración

1

F

B

CO

35

21,77

0513c06229-230

Oficial administrativo/a

2

F

C

CO

14,08

15

0610c06236

Oficial administrativo/a

1

F

C

CO

14,08

10

15

0513d01004

Oficial administrativo/a

1

F

C (*)

CO

14,08

15

0613d01001

Oficial administrativo/a (vacante)

1

LFTP

C (*)

CO

14,08

15

0672d02301

Empleado/a de servicios múltiples

1

F

D

CO

15,37

7

15

1712d07203

Empleado/a de servicios múltiples (vacante)

1

F

D

CO

12,37

7

7

15

(*) Retribuciones provisionales del puesto de trabajo.

DEPORTES

0513a02701

Técnico/a de deportes

1

F

A

CO

35

27,07

10

0513a05501

Licenciado/a en medicina

1

F

A

CO

35

7,07

10

0513d03918-0913d03921

Empleado/a de servicios múltiples

2

F

D

CO

24,39

10

7

15

0513d09501

Empleado/a de servicios múltiples

1

F

D

CO

24,39

10

7

15

0513d03907-12-19

Empleado/a de servicios múltiples (vacantes)

3

F

D

CO

24,39

10

7

15

0913d03920 0513d03911-16 0913d03923

Empleado/a de servicios múltiples (vacantes)

4

F

D

CO

21,39

10

7

15

0913d03922

Empleado/a de servicios múltiples

1

F

D

CO

21,39

10

7

15

0513d07604

Empleado de servicios múltiples (vacante)

1

L F. DISCT.

D

CO

21,39

10

7

15

0513d05701

Empleado/a limpieza

1

LF

D

CO

7,68

4

15

EDUCACIÓN, JUVENTUD Y CENTROS CÍVICOS

0513b02501

Coordinador/a de centros cívicos

1

F

B

CO

35

21,77

0813b11101

Técnico/a de juventud (vacante)

1

F

B

CO

35

16,77

7

1613b11202

Técnico/a de educación (vacante)

1

F

B

CO

35

16,77

0513d03922

Empleado/a de servicios multiples (vacante)

1

F

D

CO

12,37

7

7

15

LUDOTECA MUNICIPAL

0513d06101-02

Monitor/a ludoteca

2

L F. DISCT.

C (*)

CO

14,08

15

(*) Retribuciones provisionales del puesto de trabajo

COLEGIOS MUNICIPALES

0513d03906

Empleado/a servicios múltiples

1

F

D(*)

CO

12,37

10

7

15

0513d02401-0513d09601- 1013d02402

Empleado/a servicios múltiples (vacantes)

3

F

D

CO

12,37

10

7

15

(*) Salario asimilado a nivel c. Retribuciones provisionales del puesto de trabajo.

CENTRO DE EDUCACIÓN INFANTIL “SANTA ANA”

0513b03501

Director/a centro educación infantil primer ciclo 0-3 “Santa Ana”

1

LF

B

CO

35

31,77

0513c03702

Educador/a infantil

1

LF

C

CO

20,11

15

0513c03704-07

Educador/a infantil

2

F

C

CO

20,11

15

0513c03701-03-05-06-08-09

Educador/a infantil (vacantes)

6

F

C

CO

20,11

15

0513d02101

Cocinero/a (**)

1

LF

C (*)

CO

14,08

7

15

1713c02102

Cocinero/a (vacante)

1

LFTP

C

CO

14,08

7

15

0513d07501-02

Empleado/a limpieza

2

LF

D

CO

7,68

4

15

0513d07503-0813d07505

Empleado/a limpieza (vacante)

2

F

D

CO

7,68

4

15

(*) Retribuciones provisionales del puesto de trabajo

(**) Personal transferido. Situación personal a extinguir.

CENTRO DE EDUCACIÓN INFANTIL “LOURDES”

0813b11701

Director/a centro educación infantil primer ciclo 0-3 “Lourdes” (vacante)

1

F

B

CO

35

31,77

0813c03717-18-19-20-21-22-23-24-25

Educador/a infantil (vacantes)

9

F

C

CO

20,11

15

CENTRO DE EDUCACIÓN INFANTIL “MARÍA REINA”

1613b03801

Director/a centro educación infantil primer ciclo 0-3 “María Reina” (**)

1

LF

B

CO

35

31,77

1613b03901

Profesor/a (“) (**)

1

LF

B

CO

35

9,76

1613c03717 a 19

Educador/a infantil (**)

3

LF

C

CO

20,11

15

0813c03710 a 0813c03716

Educador/a infantil(vacantes)

7

F

C

CO

20,11

15

0513d1701

Cocinero/a (**)

1

LF

C (*)

CO

14,08

7

15

1713c1702

Cocinero/a (vacante)

1

LFTP

C

CO

14,08

7

15

(“) En ejecución de sentencia número 79/2012, de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que confirma la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de Pamplona, en el procedimiento número 744/11, aplicada mediante resolución de alcaldía 1516, de 27 de septiembre de 2012. Retribuciones provisionales, sujetas a revisión en el momento de su desempeño efectivo.

(**) Personal transferido. Situación personal a extinguir.

(*) Retribuciones provisionales del puesto de trabajo.

ESCUELA/CONSERVATORIO MUNICIPAL DE MUSICA “FERNANDO REMACHA”

Director/a

1

F

B

*

31,77

35

Jefe/a de estudios

1

F

B

*

16,77

35

Secretario/a

1

F

B

*

11,77

35

0613b08304

Prof. aux. piano y lenguaje musical

1

F

B

CO

9,76

35

0713b08305

Prof. aux. piano y lenguaje musical

1

LF

B

CO

9,76

35

0613b08001

Prof. aux. flauta y lenguaje musical

1

F

B

CO

9,76

35

0613b08701

Prof. aux. trombón y lenguaje musical

1

F

B

CO

9,76

35

0613b08101

Prof. aux. de guitarra y lenguaje musical

1

F

B

CO

9,76

35

0613b08901

Prof. aux. de violín y lenguaje musical

1

F

B

CO

9,76

35

0613b07701

Prof. aux. acordeón y lenguaje musical

1

F

B

CO

9,76

35

0613b08501

Prof. aux. de saxofón y lenguaje musical

1

F

B

CO

9,76

35

0613b08601

Prof. aux. de trompeta y lenguaje musical

1

F

B

CO

9,76

35

0613b08201

Prof. aux. lenguaje musical

1

F

B

CO

9,76

35

0613b07901

Prof. aux. educación musical infantil

1

LFTP

B

CO

9,76

35

0713b08402

Prof. aux. percusión y lenguaje musical

1

LF

B

CO

9,76

35

0713b08306

Prof. pianista acompañante

1

LF

B

CO

9,76

35

0613b08301-02-03

Prof. aux. piano y lenguaje musical (vacante)

3

F

B

CO

9,76

35

0613b08401

Prof. aux. percusión y lenguaje musical (vacante)

1

LF TP

B

CO

9,76

35

0613b08801

Prof. aux. de violoncello y lenguaje musical (vacante)

1

LF TP

B

CO

9,76

35

0613b07801

Prof. aux. clarinete y lenguaje musical (vacante)

1

F

B

CO

9,76

35

1113b09501

Prof. tuba (vacante)

1

LF TP

B

CO

9,76

35

1013b09001

Prof. oboe (vacante)

1

LF TP

B

CO

9,76

35

1113b09601

Prof. dirección orquesta y coro (vacante)

1

LF TP

B

CO

9,76

35

1213b09701

Prof. armonía y análisis (vacante)

1

LF TP

B

CO

9,76

35

Los complementos de puesto de trabajo a abonar a los profesores por impartir enseñanzas musicales de grado medio reguladas en el convenio firmado con el Gobierno de Navarra, serán los siguientes:

a) Por cada hora lectiva que se imparta de las enseñanzas descritas se abonará un complemento de puesto de trabajo del 2,02%.

b) El porcentaje mínimo de complemento de puesto de trabajo a abonar a un profesor que imparta las enseñanzas descritas será del 5,05% (equivalente a 2,5 horas lectivas).

c) El porcentaje máximo de complemento de puesto de trabajo a abonar a un profesor que imparta las enseñanzas descritas será del 21,21%.

El director/a, el secretario/a y el/la jefe de estudios se nombrarán de acuerdo a lo estipulado en el proyecto educativo y normas de funcionamiento de la escuela municipal de música Fernando Remacha.

ÁREA DE DERECHOS SOCIALES

Director/a de área

1

EV

-

LD

-

-

-

-

-

-

-

-

-

0514b09807

Técnico/a de grado medio administración

1

F

B

CO

35

21,77

0514c06232-33

Oficial administrativo/a (vacantes)

2

F

C

CO

14,08

15

0514c06234-35

Oficial administrativo/a

2

F

C

CO

14,08

15

0514d03920

Empleado/a de servicios múltiples (vacante)

1

F

D

CO

16,39

10

7

15

BIENESTAR SOCIAL, ALBERGUE DE TRANSEÚNTES Y MUJER E IGUALDAD

0514b10502-03-04-0814b10505

Trabajador/a social

4

F

B

CO

35

11,77

0514b10501-701-1414b10506-2014b10507-08

Trabajador/a social (vacantes)

5

F

B

CO

35

11,77

0514a05601

Licenciado/a en psicología (vacante)

1

LF/ TP (1/2 JOR)

A

CO

7,07

0514c00401

Animador/a socio cultural (vacante)

1

F

C

CO

20,11

15

0514b03601-02-03

Educador/a especializado/a

3

F

B

CO

35

9,76

1714b03604

Educador/a especializado/a (vacante)

1

F

B

CO

35

9,76

0814b11201

Técnico/a de igualdad (vacante)

1

F

B

CO

35

9,76

10

0514b10601

Trabajador/a social (responsable SAD) (vacante)

1

F

B

CO

35

16,77

0514b03001

Diplomado/a en enfermería

1

F

B

CO

35

16,77

0514d10801-02-03-04-05-06-07-08-09

Trabajador/a familiar

9

F

D

CO

16,39

7

15

0814d10810

Trabajadora familiar (vacante)

1

LFTP

D

CO

16,39

7

15

2114d10811-12

Trabajadora familiar(vacantes)

2

F

D

CO

16,39

7

15

E.P.E.L. TUDELA-CULTURA 2021

Relación de puestos de trabajo

CÓDIGO

DENOMINACIÓN DEL PUESTO

N.º PUESTOS

RÉG.
JUR.

NIVEL GRUPO

SIST.INGRESO

EXC.

INC.

P.DIR.

P.TRAB.

PROL. JORN.

RIESGO

COMP. ESPEC.

COMP. NIVEL

COMP. PER. TRAN.

Director/a-gerente

1

LAD

-

LD

-

-

-

-

-

-

-

-

SERVICIOS GENERALES

0672B09801

Tecnico/a de grado medio administracion (vacante)

1

L

B

CO

35

21,77

0672C06201

Oficial administrativo/a *

1

F*

C

CO

14,08

15

6,28

1972D03801

Empleado/a de servicios multiples (vacante)

1

L

D

CO

15,37

7

15

1972D03802

Empleado/a de servicios multiples (vacante)

1

L

D

CO

15,37

7

15

CULTURA

1774B22001

Técnico/a de cultura (vacante)

1

L

B

CO

35

9,76

10

0874C12001

Tecnico/a auxiliar de cultura (vacante)

1

L

C

CO

14,08

10

15

2074C12002

Tecnico/a auxiliar de cultura (vacante)

1

L

C

CO

14,08

10

15

MUSEOS

0677C01301

Auxiliar de museos (vacante)

1

L

C

CO

20,11

15

(*) Personal funcionario municipal adscrito a la Entidad Pública Empresarial Local Tudela-Cultura (situación personal a extinguir).

JUNTA MUNICIPAL DE AGUAS DE TUDELA 2021

Relación de puestos de trabajo

CÓDIGO

DENOMINACIÓN DEL PUESTO

N.º PUESTOS

RÉG.
JUR.

NIVEL GRUPO

SIST.INGRESO

EXC.

INC.

P.DIR.

P.TRAB.

PROL. JORN.

RIESGO

COMP. ESPEC.

COMP. NIVEL

COMP. PER. TRAN.

ÁREA ADMINISTRACIÓN

0501A00101

Administrador/a (vacante)

1

F

A

CO

35

30,42

0501C06301

Oficial administrativo/a contable

1

F

C”

CO

20,11

15

1,28

0501C06201

Oficial administrativo/a (vacante)

1

F

C

CO

14,08

15

0501C06202-03

Oficial administrativo/a

2

F

C

CO

14,08

15

0501C06204

Oficial administrativo/a

1

LFTP

C

CO

14,08

15

0501C0620

Oficial administrativo/a (vacante)

1

LFTP

C

CO

14,08

15

(“) Retribuciones complementarias vinculadas a las funciones de Secretaría de Comisión Informativa.

ÁREA TÉCNICA

0502B04601

Responsable explotación

1

F

B

CO

55

31,77

4

9,3

0802B04701

Ingeniero/a técnico/a obras públicas (vacante)

1

F

B

CO

35

21,77

0502C04001

Encargado/a brigadas

1

F

C

CM

35,11

10

4

15

0502C04801

Inspector/a

1

F

C

CM

14,08

4

15

0502C06502

Oficial mantenimiento abastecimiento

1

F

C*

CO

8,72

7

15

0502C06501-03-04-06

Oficial mantenimiento abastecimiento (vacantes)

4

F

C*

CO

8,72

7

15

0502C06508

Oficial mantenimiento saneamiento

1

F

C

CO

13,72

10

15

0502C06505

Oficial mantenimiento saneamiento (vacante)

1

F

C

CO

8,72

10

15

0502C06509

Oficial mantenimiento electromecánico (vacante)´

1

F

C

CO

8,72

7

15

0802D11801-02-03

Operario/a mantenimiento (vacantes)

3

F

D

CO

12,37

10

15

0502C02801-02

Delineante

2

F

C

CO

20,11

15

3,25

0502A09101

Químico/a

1

F

A

CO

35

20,42

5

0502C01601

Auxiliar técnico/a laboratorio (vacante)

1

F

C

CO

8,72

7

15

(+”) Retribuciones complementarias correspondientes a subnivel C3, que serán modificadas a subnivel C2 en tanto en cuanto se desarrollen funciones de Vigilancia de Obras.

(´) Se aplican transitoriamente las retribuciones del personal Oficial de Abastecimiento, en tanto en cuanto no se procda a la descripción y valoración del puesto de trabajo.

ANEXO II

Personal eventual de libre designación

a) Se determinan como puestos directivos, a desempeñar por personal eventual de libre designación y remoción por la Alcaldía y con dedicación exclusiva:

–La Jefatura de Gabinete y las Direcciones de Áreas Municipales, con retribución de 49.415,68 euros.

–La Jefatura de Policía Local, con retribución de 53.855 euros.

b) Se determina como puesto de trabajo a desempeñar por personal eventual de libre designación y remoción por la Alcaldía y con dedicación exclusiva:

–La Secretaría de Alcaldía, con retribución de 35.107,24 euros.

ANEXO III

Normas complementarias para la ejecución de la plantilla orgánica municipal

1. Direcciones de área: el puesto de dirección de área se configura como puesto directivo, a desempeñar por personal eventual de libre designación y remoción por Alcaldía y con dedicación exclusiva.

2. Secretarios/as de Comisiones Informativas: se asignará al personal designado por el alcalde para el desempeño de dicha labor un complemento de puesto de trabajo del 5% por la realización de funciones delegadas por parte del secretario municipal, a desarrollar de forma continuada en tanto en cuanto dure su nombramiento, así como un 5% en concepto de prolongación de jornada para la cobertura de aquellas tareas que no pueden realizarse dentro de la jornada laboral habitual. En similares términos se faculta al señor alcalde para que lo haga respecto al personal que regularmente venga asistiendo a dichos órganos en funciones de naturaleza análoga o similar. Además, al personal administrativo (nivel C) que desarrolle dichas funciones, se le adscribirá a un subnivel superior.

3. Ajustes derivados de la aplicación de la valoración de puestos de trabajo: a los efectos de dar cumplimiento a los criterios aprobados de aplicación de la valoración de puestos de trabajo, iniciada en la plantilla orgánica del año 2009, se mantienen las previsiones aprobadas en anteriores plantillas en lo relativo al complemento transitorio de carácter personal, a la aplicación de un complemento de equiparación a la categoría superior para aquéllos puestos así identificados en el estudio-informe de valoración, y en lo relativo al reflejo en plantilla del complemento de responsabilidad por mando.

4. Aquellos trabajadores que realicen trabajo a dos turnos durante un período determinado de tiempo percibirán, durante ese período, retribuciones complementarias equivalentes a las percibidas en ese concepto por los trabajadores que realizan trabajo a dos turnos de forma continuada.

De igual forma, aquellos trabajadores que ocupen de forma temporal puestos con complemento de prolongación de jornada superior al asignado a su puesto de adscripción habitual, percibirán el incremento correspondiente durante dicho tiempo.

5. Guardias localizadas (esta regulación es de carácter provisional en tanto en cuanto no se regule mediante Acuerdo de Condiciones de Empleo del Personal del Ayuntamiento de Tudela y entidades dependientes, además de que sus términos podrían verse afectados en función del resultado del análisis de la prolongación de jornada y horas extraordinarias).

a) Junta municipal de Aguas: las guardias localizadas serán compensadas mediante el abono de 65,74 euros diarios por cada día de servicio de retén efectivamente prestado (importe actualizado a 2020). Las condiciones de prestación del servicio de guardia localizada serán las contenidas en acuerdo establecido por Junta de Aguas a tal efecto, e iguales para todos los trabajadores que presten este servicio.

La cantidad anterior se incrementará anualmente en el mismo porcentaje que se eleven las retribuciones del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

b) Otros servicios municipales: si existiera la necesidad de que el personal municipal efectúe guardias localizadas, las condiciones de prestación del servicio de guardia localizada serán acordadas entre la dirección de área o responsable correspondiente y la representación del personal, tomando como referencia lo expuesto en el presente apartado, así como las condiciones y peculiaridades de cada servicio.

6. Prolongación de jornada. Los tramos horarios de prolongación de la jornada habitual de trabajo, en función de la asignación de cada uno de los porcentajes de este complemento retributivo, resultan ser los siguientes:

–5%: entre 20 y 50 horas anuales.

–7%: entre 50 y 75 horas anuales.

–10%: entre 75 y 110 horas anuales.

En caso de que, por diferentes circunstancias, y siempre con el conocimiento previo de la correspondiente dirección de área o servicio, las horas realizadas fuera de la jornada habitual superen el límite máximo del tramo correspondiente de prolongación, se procederá a una compensación mediante horas extraordinarias de las horas de exceso, así como a un análisis sobre si tal situación puede indicar que procede incrementar el complemento aplicado. Las direcciones o responsables de áreas y servicios, así como el personal cuyo puesto de trabajo tenga asignado este complemento, deberá realizar un control de la utilización de prolongación de jornada, registrando el momento de su uso, el motivo, y las horas empleadas.

Esta norma complementaria puede verse modificada si se alcanzara un acuerdo de regulación de la gestión de la prolongación de jornada.

7. Segunda actividad: de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69.4 de la Ley Foral 23/2018, de 19 de noviembre, de las Policías de Navarra, se señalan como destinos susceptibles de ser desempeñados en situación administrativa de segunda actividad, por requerir un menor esfuerzo físico, peligrosidad o dificultad, los siguientes:

–Charli 1 (4).

–S-1 (1).

–S-2 (1).

8. Protección de datos: al puesto de trabajo al que se asigne el cargo de responsable municipal de protección de datos se le asignará un complemento de responsabilidad por mando en grado 2 (10%), integrado en el complemento de puesto de trabajo.

Código del anuncio: L2105401