BOLETÍN Nº 99 - 30 de abril de 2021

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

EZCABARTE

Aprobación definitiva de modificación pormenorizada de idoneidad de usos del polígono industrial

El Ayuntamiento de Ezcabarte, en sesión celebrada el día 31 de octubre de 2007, aprobó definitivamente la modificación pormenorizada del planeamiento general sobre idoneidad de usos del polígono industrial de Ezcabarte, Boletín Oficial de Navarra de 17 de diciembre de 2007, conforme a lo dispuesto en el artículo 79 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Conforme a lo previsto en el artículo 70.2 de Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 79.1 del Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se acuerda modificar el punto 1.4 de la ficha urbanística particular del Área AR-ORI-1 relativo a la idoneidad de usos.

La redacción definitiva de la norma es la siguiente:

“1.4. Idoneidad de usos.

1.4.1 Uso previsto Industrial, comercial, oficinas vinculadas a la actividad principal hasta el 25% de la superficie construida, y almacenes que guarden relación con la actividad implantada.

1.4.2 Uso obligado:

–Aparcamientos y accesos a nave en parcelas privadas de uso público.

–Aparcamiento en sótano en manzana A, con un mínimo de 25 plazas.

1.4.3 Usos tolerados: oficinas, hostelería, hotelero y centros de investigación.

1.4.3. Usos prohibidos:

–Actividades con chimeneas que produzcan columnas de humo.

–Manzanas A, B, C y D: laboratorios y todos los demás.

–Manzanas E, F, G y H: industria de transformación, laboratorios y todos los demás.”

Lo que se hace público para general conocimiento.

Ezcabarte, 6 de abril de 2021.–El alcalde, Pedro María Lezaun Esparza.

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