BOLETÍN Nº 96 - 28 de abril de 2021

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

BAKAIKU

Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza reguladora del servicio de auto-taxi

El pleno del Ayuntamiento de Bakaiku, en sesión celebrada el día 25 de noviembre de 2020, aprobó inicialmente la modificación de la Ordenanza municipal reguladora del servicio de auto-taxi en relación a su artículo 10.

La modificación consiste en la eliminación de las siguientes referencias en el artículo 10:

–“Podrán solicitar licencia municipal de auto-taxi, exclusivamente las personas físicas domiciliadas en este municipio con una residencia mínima de dos años, inmediatamente anterior a la solicitud”.

–Y en el punto 2 “Certificado municipal de empadronamiento que acredite que el solicitante se halla inscrito en el censo de habitantes en un plazo no inferior a dos años, inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud”.

El acuerdo de aprobación inicial se publicó en el Boletín Oficial de Navarra número 288, del 15 de diciembre de 2020.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, modificado por la Ley Foral 15/2002, de 31 de mayo, y transcurrido el plazo de exposición pública sin que se hayan producido alegaciones, se procede a la aprobación definitiva de la citada modificación de ordenanza, disponiendo la publicación de su texto íntegro, a los efectos pertinentes. La nueva redacción del artículo 10 es el siguiente:

“Artículo 10. Las solicitudes de licencias irán dirigidas al Ayuntamiento de Bakaiku, haciendo constar en las mismas el conocimiento y conformidad con las disposiciones del presente reglamento, debiendo acompañar a la misma, los siguientes documentos:

1. Permiso de circulación de automóviles de la clase correspondiente, expedido por la autoridad competente.

2. Fotocopia de D.N.I.

3. Tres fotografías tamaño carnet.

4. Declaración jurada de no haber sido sancionado por procedimiento penal o administrativo con retirada del carnet de conducir.

5. Cualquier otra documentación de acuerdo con la legislación vigente.”

Bakaiku, 22 de febrero de 2021.–El alcalde, Egoitz Urritza Lazkoz.

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