BOLETÍN Nº 96 - 28 de abril de 2021

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 257E/2021, de 23 de marzo, del Director General de Medio Ambiente Por la que se formula Informe Ambiental Estratégico de la “Modificación estructurantes del plan Municipal de Egüés en la parcela 164 del polígono 9 de la localidad de Sagaseta, promovida por Carmen Mariñelarena Irurzun.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 5f y 6.2 en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, son objeto de evaluación ambiental estratégica simplificada las modificaciones menores de los planes.

La modificación ha sido aprobada inicialmente del Ayuntamiento el 1 de diciembre de 2015 y sometida a un periodo de información pública mediante anuncio en el Boletín Oficial de Navarra número 139 de 19 de julio de 2018.

El objeto de la modificación es ampliar el suelo urbano de la localidad incorporando la subparcela 164B del polígono 9 y redelimitar las unidades UC-9 y UC-17, haciéndolas coincidir con los límites catastrales de las parcelas 163 y 164 respectivamente. La propuesta conlleva un cambio en la clasificación del suelo, pasando de suelo no urbanizable a suelo urbano una superficie de 197,21 m² (subparcela 164B) que no presenta valores ambientales relevantes.

El ámbito de la modificación se localiza al norte del núcleo urbano de Sagaseta, en el paraje Sotozelaia y cuenta con acceso desde la calle Santa Engracia hacia el camino de Egulbati y limita al sur y al este con viviendas ubicadas en suelo urbano. El límite oeste queda definido por la regata Sagaseta, tributaria del río Urbi.

El Documento Ambiental Estratégico concluye que la propuesta no conlleva afecciones ambientales. En este sentido recoge la determinación del informe del Servicio de Territorio y Paisaje de 27 de mayo de 2019 y del organismo de cuenca, de disponer de un espacio libre en el entorno de la regata correspondiente a la zona de servidumbre, a fin de proteger y preservar el cauce. Además, identifica medidas de prevención, reducción y corrección a desarrollar en el proyecto que se desarrolle tras la modificación.

Figura en el expediente, el informe del Servicio de Territorio y Paisaje de 27 de mayo de 2019. El Servicio de Biodiversidad informa del procedimiento de evaluación ambiental y emite informe favorable.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Sector Público Institucional Foral y el Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 22/2019 de 6 de agosto, por el que se establece la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y Decreto Foral 258/2019, de 23 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1.º Se formula Informe Ambiental Estratégico de la “Modificación estructurante del Plan Urbanístico Municipal de Egüés, en la parcela 164 del polígono 9” promovida por Carmen Mariñelarena Irurzun, considerando que no tiene efectos ambientales significativos. En los proyectos que se desarrollen posteriormente en la parcela 164 se adoptarán las medidas preventivas recogidas en el Documento Ambiental Estratégico. Como medida preventiva para evitar afecciones a la regata y potenciales riesgos de inundabilidad, la vivienda se ubicará en la zona más alejada posible de la regata.

2.º Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Notificar esta resolución, a la Sección de Urbanismo y al Ayuntamiento de Egüés, a los efectos oportunos.

Pamplona, 23 de marzo de 2021.–El director general de Medio Ambiente, Pablo Muñoz Trigo.

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