BOLETÍN Nº 93 - 23 de abril de 2021

1. Comunidad Foral de Navarra

1.1. Disposiciones Generales

1.1.3. Órdenes Forales

ORDEN FORAL 92E/2021, de 13 de abril, de la Consejera de Salud, por la que se modifica la Orden Foral 68/2016, de 14 de septiembre, del Consejero de Salud, por la que se establece el procedimiento de designación interina de los puestos de Jefatura de Servicio y Jefatura de Sección Asistencial en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

Preámbulo

La Orden Foral 68/2016, de 14 de septiembre, del Consejero de Salud, estableció el procedimiento de designación interina de los puestos de Jefatura de Servicio y Jefatura de Sección Asistencial en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, buscando cumplir con las sentencias dictadas por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra y con los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

Recientemente, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha dictado Sentencia de apelación en la que declara contrarias al Ordenamiento Jurídico las convocatorias de Jefaturas de Servicio y Sección asistenciales derivadas de la Orden Foral 68/2016.

El contenido de esta sentencia, así como la observación de ciertas oportunidades de mejora y corrección de errores tras el periodo de vigencia de la Orden Foral 68/2016, hacen necesaria la introducción de modificaciones en la misma, relativas a la composición del tribunal calificador, proceso de designación de la jefatura interina y puntuación para la designación, entre otras, que redunden en una mayor claridad y eficacia de la norma.

Las plazas que se asignen mediante este procedimiento tendrán una vigencia de un año, prorrogable anualmente hasta un máximo de tres, en tanto se produce la convocatoria de la Jefatura mediante lo estipulado en el Decreto Foral 347/1993, de 22 noviembre, por el que se regula el ingreso y la provisión de puestos de trabajo en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

En su virtud y de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,

ORDENO:

Artículo primero.

Se modifica el artículo 2 de la Orden Foral 68/2016, de 14 de septiembre, del Consejero de Salud, por la que se establece el procedimiento de designación interina de los puestos de Jefatura de Servicio y Jefatura de Sección Asistencial en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, que queda redactado del siguiente modo:

“Artículo 2. Requisitos.

Podrá participar en la convocatoria el personal facultativo que se encuentre en activo, no se encuentren en situación de prórroga del servicio activo y tenga plaza en propiedad de la especialidad de que se trate en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, con al menos cinco años de antigüedad para Jefaturas de Servicio y al menos de dos años de antigüedad para Jefaturas de Sección.

En el caso de que, finalizado el plazo de presentación de solicitudes no haya ninguna persona candidata que cumpla estos requisitos, se abrirá un nuevo plazo de diez días hábiles, en el que podrá presentarse el personal con plaza en propiedad que no cumpla los requisitos de antigüedad mencionados y aquel con plaza en propiedad en situación de prórroga del servicio activo que lo desee.”

Artículo segundo.

Se modifica el artículo 3 de la Orden Foral 68/2016, de 14 de septiembre, del Consejero de Salud, por la que se establece el procedimiento de designación interina de los puestos de Jefatura de Servicio y Jefatura de Sección Asistencial en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, que queda redactado del siguiente modo:

“Artículo 3. Procedimiento.

La selección se llevará a cabo con arreglo al siguiente procedimiento:

1. Publicidad:

La convocatoria será publicada en los tablones de anuncios de los centros sanitarios del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y en la página web de Salud www.empleosalud.navarra.es.

2. Plazo y presentación de solicitudes:

El plazo para la presentación de las solicitudes de participación en la convocatoria será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el tablón de anuncios de los órganos centrales del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

Quienes deseen participar deberán adjuntar a la solicitud el proyecto de gestión del Servicio o Sección cuya cobertura se pretenda, así como los objetivos que se planteen.

3. Listado provisional de personas admitidas y excluidas.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes se procederá a la publicación de la lista provisional en los tablones de anuncios de los centros sanitarios del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y en la página web de Salud www.empleosalud.navarra.es estableciéndose un plazo de cinco días hábiles para la presentación de alegaciones. En el supuesto de que no hubiese personas excluidas se procederá a la publicación de la lista definitiva.

4. Finalizado el plazo de reclamaciones se procederá a publicar el listado definitivo de personas admitidas y excluidas en los tablones de anuncios de los centros sanitarios del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y en la página web de Salud www.empleosalud.navarra.es.

En el momento de aprobarse la lista definitiva se publicará la fecha, lugar y hora de la realización de la sesión pública de defensa del proyecto de gestión presentado.

5. Tribunal calificador.

Se constituirá un tribunal formado por la persona titular de la Gerencia del centro donde se convoque el puesto o de una Dirección o Subdirección médica o por la persona titular de la Dirección de Asistencia Sanitaria al Paciente, por una Jefa o un Jefe de Servicio o Sección de la especialidad convocada y por una persona empleada del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, perteneciente a la categoría profesional convocada (médico o F.E.A. con la condición de funcionario), designada a propuesta de las centrales sindicales presentes en la Comisión de Personal del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea. La Comisión de Personal deberá comunicar los datos de la persona designada a la Dirección de Profesionales del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, en el plazo de doce días hábiles desde el día siguiente a la solicitud de designación. En caso de que en este plazo no se hubiera comunicado la persona designada, el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea podrá designar directamente este miembro del tribunal.

El tribunal será nombrado por la persona titular de la dirección-gerencia del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, debiendo designarse el mismo número de miembros suplentes.

6. Fase de defensa del proyecto de gestión y concurso:

6.1. El tribunal valorará la documentación del proyecto de gestión aportada en tiempo y forma con carácter previo a la defensa pública del mismo.

Posteriormente, las personas aspirantes realizarán su exposición pública del proyecto y responderán a las preguntas que plantee el tribunal.

Quienes hayan superado la fase de defensa del proyecto de gestión del Servicio o Sección, deberán presentar la documentación correspondiente a los apartados 2 (experiencia profesional: servicios prestados) y 3 (formación, docencia, investigación e idiomas) del Anexo I en un plazo de diez días hábiles desde la publicación de los resultados de la defensa del proyecto.

Las personas aspirantes podrán optar por ser calificadas conforme a lo dispuesto en el apartado 3.2 del Anexo I de esta orden foral (tomando en cuenta el nivel de carrera profesional), no debiendo presentar la documentación relativa a formación, docencia, investigación e idiomas en este caso.

6.2. La puntuación máxima a otorgar no podrá superar los 100 puntos, distribuidos de la siguiente manera:

–Proyecto de gestión y exposición pública del mismo. Máximo 50 puntos.

–Experiencia profesional: servicios prestados. Máximo 28 puntos.

–Formación, docencia, investigación e idiomas. Máximo 22 puntos.

La valoración de los méritos alegados y justificados se llevará a cabo con arreglo al baremo establecido en el Anexo I de esta orden foral.

La puntuación mínima para ser propuesto o propuesta para el nombramiento será de 50 puntos, siendo necesario un mínimo de 25 puntos en la valoración de la defensa del proyecto de gestión.

En el caso de que solo uno de las personas aspirantes haya superado la fase de defensa del proyecto de gestión, no se valorarán el resto de los apartados de méritos ni habrá de presentarse la documentación relativa a los mismos. La persona aspirante que haya superado esta fase será propuesta directamente para el nombramiento.

7. Realizada la fase de defensa del proyecto de gestión y concurso, el tribunal publicará en los tablones de anuncios de los centros sanitarios del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y en la página web de Salud www.empleosalud.navarra.es el resultado final del proceso con las puntuaciones.”

Artículo tercero.

Se modifica el artículo 6 de la Orden Foral 68/2016, de 14 de septiembre, del Consejero de Salud, por la que se establece el procedimiento de designación interina de los puestos de Jefatura de Servicio y Jefatura de Sección Asistencial en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, que queda redactado del siguiente modo:

“Artículo 6. Cobertura interina.

En el caso de que la convocatoria quede desierta, bien por no haber personas aprobadas, o por haber transcurrido el plazo de diez días hábiles indicado en el artículo 2 sin que haya personas candidatas disponibles, se nombrará interinamente a la persona facultativa del Servicio que se considere más indicada, a propuesta de la persona titular de la gerencia del centro donde se encuentre el puesto a cubrir. La propuesta de nombramiento provisional será razonada justificándola con base en criterios de igualdad, mérito y capacidad.

En estos casos, no se podrá nombrar a la persona que viniera ocupando la Jefatura hasta ese momento.”

Artículo cuarto.

Se modifica el Anexo I de la Orden Foral 68/2016, de 14 de septiembre, del Consejero de Salud, por la que se establece el procedimiento de designación interina de los puestos de Jefatura de Servicio y Jefatura de Sección Asistencial en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, que queda redactado del siguiente modo:

“ANEXO I

Baremo de méritos para la convocatoria de provisión, con carácter interino, de puestos de trabajo de Jefa o un Jefe de Servicio o de Sección Asistencial del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea

La puntuación máxima a otorgar no podrá superar los 100 puntos distribuidos de la siguiente manera:

–Apartado 1: proyecto de gestión y exposición pública del mismo. Máximo 50 puntos.

–Apartado 2: experiencia profesional: servicios prestados. Máximo 28 puntos.

–Apartado 3: formación, docencia, investigación e idiomas. Máximo 22 puntos.

Apartado 1. Defensa del proyecto de gestión.

La puntuación máxima a otorgar por el conjunto de este apartado no podrá superar los 50 puntos que se distribuirán de acuerdo con los siguientes subapartados:

a) Valoración del contenido: máximo de 30 puntos.

Se valorarán los siguientes contenidos:

–Apartado organizativo y de gestión: organigrama del servicio o sección con indicación de las funciones del puesto de jefatura como del resto de puestos adscritos al mismo.

–Apartado asistencial: establecimiento de objetivos e indicadores asistenciales y su seguimiento y evaluación.

–Apartado docencia e investigación: establecimiento de un plan de docencia en el servicio o sección.

b) Exposición pública: máximo de 20 puntos.

Se valorará la claridad y concisión en la exposición pública, así como la capacidad para explicar los aspectos más relevantes.

Para superar la fase de defensa del proyecto de gestión será necesario obtener en el conjunto de este apartado una puntuación de 25 puntos.

Apartado 2. Experiencia profesional: servicios prestados.

Se valorarán:

1.1. Servicios prestados como jefe o jefa de servicio en la especialidad de que se trate en centros pertenecientes a cualquier Administración Pública. Por cada año 1,5 puntos.

1.2. Servicios prestados como jefe o jefa de sección en la especialidad de que se trate en centros pertenecientes a cualquier Administración Pública. Por cada año 1,5 puntos.

1.3. Servicios prestados como personal facultativo de la especialidad de que se trate en cualquier Administración Pública. Por cada año 1 punto.

Se considerarán servicios prestados los realizados tanto en calidad de personal funcionario, estatutario o laboral fijo, así como los prestados con carácter temporal.

A estos efectos los servicios prestados se computarán de conformidad con los criterios establecidos sobre el reconocimiento de servicios prestados en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Cuando los servicios prestados no abarquen la totalidad del año natural se asignará la puntuación que proporcionalmente corresponda en función de la fecha de inicio y finalización del contrato con independencia del régimen de jornada realizada.

Serán incompatibles las puntuaciones otorgadas por los anteriores subapartados cuando se refieran al mismo período, otorgándose en cada caso la superior a ellas.

La puntuación máxima a otorgar por el conjunto de este apartado no podrá superar los 28 puntos.

Apartado 3. Formación, docencia, investigación e idiomas.

1. Se valorará conforme a los criterios, puntuaciones y apartados recogidos en el apartado 2 del Anexo II de la Orden Foral 111/2011, de 19 de septiembre, de la Consejera de Salud, por la que se regulan los procedimientos de ingreso y provisión de puestos de trabajo del personal sanitario del nivel A (estamentos a.1 y a.2) en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y se establecen los baremos aplicables en los mismos.

La puntuación máxima a otorgar por el conjunto de este apartado no podrá superar los 22 puntos.

2. Las personas aspirantes podrán optar por la asignación de la puntuación correspondiente al nivel de carrera profesional reconocido en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea en sustitución de la que les pudiera corresponder de acuerdo con el mencionado apartado 2 del Anexo II de la Orden Foral 111/2011, de 19 de septiembre:

–Nivel I: 0 puntos.

–Nivel II: 6,6 puntos.

–Nivel III: 11 puntos.

–Nivel IV: 17,6 puntos.

–Nivel V: 22 puntos.”

Disposición final primera.–Entrada en vigor.

Esta Orden Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra y se aplicará a los procedimientos de provisión con carácter interino que se inicien a partir de esa fecha.

Pamplona, 13 de abril de 2021.–La consejera de Salud, Santos Induráin Orduna.

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