BOLETÍN Nº 91 - 22 de abril de 2021

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 10 de marzo de 2021, por el que se declara la existencia de las vías pecuarias cuya anchura, trazado y demás características físicas generales figuran en el Proyecto de clasificación, reposición de mojones e inventario de vías pecuarias de los términos municipales de Izagaondoa, Urroz Villa, Lónguida y Aoiz, de la Comunidad Foral de Navarra.

Según la disposición adicional cuarta de la Ley 14/2007, de 4 de abril, del Patrimonio de Navarra, el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda ejercerá las facultades y potestades inicialmente atribuidas por la Ley Foral 19/1997, de 15 de diciembre, de Vías Pecuarias, al Departamento de Economía y Hacienda. Debido a la actualización de la estructura del Gobierno de Navarra, corresponde al Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente ejercer las facultades para llevar a cabo los trabajos correspondientes a la clasificación, reposición de mojones e inventario de vías pecuarias de los términos municipales de Izagaondoa, Urroz Villa, Lónguida y Aoiz.

La Ley Foral 19/1997 define la clasificación de las vías pecuarias como “el acto administrativo de carácter declarativo en virtud del cual se determina la existencia, anchura, trazado y demás características físicas generales de cada vía pecuaria”, el deslinde como el acto administrativo por el que se definen los límites de las vías pecuarias de conformidad con lo establecido en el acto de la clasificación, y el amojonamiento, como el procedimiento administrativo en virtud del cual se determinan los límites de la vía pecuaria y se señalizan con carácter permanente sobre el terreno.

La clasificación, reposición de mojones e inventario de vías pecuarias de los términos municipales de Izagaondoa, Urroz Villa, Lónguida y Aoiz es un trabajo previo necesario para su recuperación y tiene como finalidad la puesta en valor las vías pecuarias de Navarra, con su favorable repercusión para la ordenación territorial y el desarrollo del medio rural. Cumplidos los trámites del proceso administrativo incluida la exposición pública del trabajo, se presentó una alegación que ha sido debidamente valorada, informada y contestada como consta en el expediente.

En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

ACUERDA:

1.º Declarar la existencia de las siguientes vías pecuarias y lugares asociados cuya anchura, trazado y demás características físicas generales figuran en el correspondiente Proyecto de clasificación, reposición de mojones e inventario de vías pecuarias de los términos municipales de Izagaondoa, Urroz Villa, Lónguida y Aoiz, de la Comunidad Foral de Navarra, cuyos recorridos detallan tal como detallan los planos adjuntos, existiendo en cada municipio:

–Aoiz: Cañada Real de Milagro Aezkoa.

–Izagandoa: Aoiz: Cañada Real de Milagro Aezkoa y Pasada 31.

–Lónguida: Cañada Real de Milagro Aezkoa, Pasada 45 y Pasada 31.

–Urroz Villa: Cañada Real de Milagro Aezkoa y Pasada 45.

2.º Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra y trasladarlo al Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

3.º Notificar el presente acuerdo a los ayuntamientos de Izagondoa, Urroz-Villa, Lónguida y Aoiz, significando que, contra el mismo, que agota la vía administrativa, cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

–Recurso de reposición ante el propio Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes.

–Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el propio Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Las Administraciones Públicas interesadas en el expediente podrán interponer únicamente este segundo tipo de recurso.

Los plazos serán contados desde el día siguiente al de la publicación o, en su caso, notificación del presente acuerdo.

Pamplona, 10 de marzo de 2021.–El consejero secretario del Gobierno de Navarra, Javier Remírez Apesteguía.

Vías pecuarias de los términos municipales de Izagaondoa, Urroz Villa, Lónguida y Aoiz (PDF).

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