BOLETÍN Nº 79 - 9 de abril de 2021

1. Comunidad Foral de Navarra

1.3. Ordenación del Territorio y Urbanismo

RESOLUCIÓN 10E/2021, de 4 de marzo, de La Directora General de Ordenación del Territorio, por la que se aprueba definitivamente el Estudio de Detalle para ampliación de las “Torres del Colegio Mayor Belagua” situado en la Unidad Z-2 del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal del Campus de la Universidad de Navarra, promovido por el Colegio Mayor Belagua.

Mediante Resolución 57E/2020, de 1 de julio, de la Directora General de Ordenación del Territorio, se aprobó inicialmente el Estudio de Detalle para ampliación de las “Torres del Colegio Mayor Belagua” situado en la Unidad Z-2 del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal del Campus de la Universidad de Navarra, promovido por el Colegio Mayor Belagua.

Dicha Resolución fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 169 de 31 de julio de 2020 y en prensa el 7 de julio de 2020. Durante el plazo de veinte días habilitado al efecto no se han presentado alegaciones al mismo.

El expediente tiene por objeto la definición de las alineaciones y rasantes que suponen las actuaciones de renovación funcional y eficiencia energética que se quieren acometer en el Colegio Mayor Belagua, en particular las generadas por la ampliación de la superficie en planta de las torres y por un nuevo edificio que conecta dichas torres en planta baja y sótano.

En cumplimiento de la Resolución de aprobación inicial, el ejemplar del Estudio de Detalle fechado a febrero de 2021 incluye la justificación de la concurrencia y capacidad de las redes de servicios urbanísticos e incorpora las coordenadas geográficas en sus planos.

El documento contiene exclusivamente determinaciones de ordenación urbanística pormenorizada objeto y competencia de un Estudio de Detalle. Se adecua a las disposiciones del Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo, así como a las determinaciones contenidas en el Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal Campus Universidad de Navarra.

Corresponde al Departamento competente en materia de ordenación del territorio y urbanismo la tramitación y aprobación de los Estudios de Detalle en desarrollo de Planes Sectoriales de Incidencia Supramunicipal, según el artículo 43.1.d) del Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo, aprobado por Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio.

Visto el informe del Servicio de Territorio y Paisaje de fecha 23 de febrero de 2021, y de conformidad con el Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo, aprobado por Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, y en virtud de las facultades que tengo conferidas por Decreto Foral 262/2019, de 30 de octubre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos,

RESUELVO:

1.º Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle para ampliación de las “Torres del Colegio Mayor Belagua” situado en la Unidad Z-2 del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal del Campus de la Universidad de Navarra, promovido por el Colegio Mayor Belagua.

2.º Publicar la presente Resolución, así como el documento aprobado, en el Boletín Oficial de Navarra y notificarla al Ayuntamiento de Pamplona/Iruña, a la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona y a la entidad promotora del expediente, a los efectos oportunos.

3.º Señalar que, contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación con el artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

No obstante, las Administraciones Públicas podrán efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución o, en su caso, publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 4 de marzo de 2021.–La directora general de Ordenación del Territorio, Izaskun abril Olaetxea.

ANEXO

Estudio de Detalle (PDF).

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