BOLETÍN Nº 52 - 5 de marzo de 2021

4. Procedimientos Judiciales

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE NAVARRA

Procedimiento de Derechos Fundamentales 56/2021

Virginia Arias López de Lacalle, letrada de la Administración de Justicia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra.

Hago saber: que en el Procedimiento Derechos Fundamentales 56/2021, seguido ante esta Sala, se dictó Auto 18/2021, de 10 de febrero de 2021; resolución, que ha quedado firme, cuyos antecedentes de hecho y parte dispositiva, es del tenor literal siguiente:

Auto 18/2021.

Iltmos. Sres. Presidente.–Don Francisco Javier Pueyo Calleja.–Magistrados.–Doña María Jesús Azcona Labiano.–Doña Raquel H. Reyes Martínez.–Don Antonio Sánchez Ibañez.–Doña Ana Irurita Díez de Ulzurrun.

En Pamplona/Iruña, a diez de febrero de 2021.

Antecedentes de hecho

Primero.–El Asesor Jurídico-Letrado de la Comunidad Foral de Navarra ha solicitado en fecha 09-02-2021 la autorización judicial de la Orden Foral 4/2021, de 9 de febrero, de la Consejera de Salud del Gobierno de Navarra, por la que se prorrogan las medidas específicas adoptadas en la Orden Foral 63/2020, de 14 de diciembre, por la que se adoptan medidas específicas de prevención, de carácter extraordinario, para la Comunidad Foral de Navarra, como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada del COVID-19 con las modificaciones contenidas en la Orden Foral 1/2021 y Orden Foral 2/2021.

Segundo.–Conferido traslado al Ministerio Fiscal para informe de manera inmediata, lo ha evacuado el mismo día 9 de febrero de 2021, con el resultado que obra en el procedimiento, quedando seguidamente pendiente de dictar resolución.

Es Ponente la Iltma. Sra. Magistrada D.ª Raquel H. Reyes Martínez.

Parte dispositiva

La sala acuerda:

1.º Autorizar la Orden Foral 4/2021 de 9 de febrero, de la Consejera de Salud del Gobierno de Navarra por la que se prorrogan las medidas sanitarias contenidas en la Orden Foral 63/2020, de 14 de diciembre, por la que se adoptan medidas específicas de prevención, de carácter extraordinario, para la Comunidad Foral de Navarra, como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada del COVID-19, modificada con las medidas ratificadas por este Tribunal contenidas en la Orden Foral 1/2021 y las modificaciones acordadas por Orden Foral 2/2021.

2.º La Administración deberá comunicar a esta Sala de lo Contencioso-Administrativo cualquier incidencia que afecte a la ejecución de las medidas ratificadas o que determinen, en su caso, la procedencia de alzar las mismas, al igual que deberá solicitar la autorización de la prórroga de las medidas si fuera acordada por la Administración Sanitaria.

3.º La Administración remitirá a este Tribunal, en el plazo de siete días naturales, informe sobre la evolución epidemiológica y la efectividad de las medidas acordadas.

4.º Sin hacer expresa imposición de las costas procesales causadas.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Iltmos. Sres. Magistrados indicados en el encabezamiento. Doy fe.”

Y para su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, conforme a lo establecido en el artículo 72-2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, expido y firmo el presente.

Pamplona, 24 de febrero de 2021.–La letrada de la Administración de Justicia de la Sala, Virginia Arias López de Lacalle.

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