BOLETÍN Nº 287 - 23 de diciembre de 2021

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 528/2021, de 30 de noviembre, del director general de Educación, por la que se procede a la extinción de la autorización del Centro Privado de Primer Ciclo de Educación Infantil “Santa Catalina Labouré”, de Pamplona, por cese de actividades.

Mediante Resolución 796/2010, de 21 de diciembre, del director general de Inspección y Servicios, se autorizó la apertura y funcionamiento del Centro Privado de Primer Ciclo de Educación Infantil “Santa Catalina Labouré” de Pamplona, procediéndose a su inscripción en el Registro de Centros docentes no Universitarios del Gobierno de Navarra.

Vista la instancia de la Compañía “Hijas de la Caridad de San Vicente de Paúl”, entidad titular del centro, por la que se solicita la extinción de la autorización de dicho centro, al haber finalizado la actividad del centro el siete de enero de 2021.

Visto el informe emitido por el Servicio de Inspección Educativa.

En virtud de lo establecido en el artículo 30, apartado 1, del Decreto Foral 28/2007, de 26 de marzo, por el que se regula el Primer Ciclo de Educación Infantil en la Comunidad Foral de Navarra y se establecen los requisitos que deben cumplir los centros que lo imparte, así como los contenidos educativos del mismo.

En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 32.1 d) de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, y a propuesta del Servicio de Inspección Educativa,

RESUELVO:

1.º Declarar la extinción de la autorización con que cuenta el centro privado de Primer Ciclo de Educación Infantil “Santa Catalina Labouré” de Pamplona, Código de centro 31013823, a instancia del titular del mismo, por el cese de su actividad, con efectos desde el inicio del curso 2022-2023, dando asimismo de baja su inscripción en el Registro de Centros Docentes no Universitarios del Gobierno de Navarra.

2.º Notificar la presente resolución al titular del centro, indicando que contra la presente resolución puede interponer recurso de alzada ante el consejero del Departamento de Educación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Trasladar la presente resolución al Servicio de Inspección Educativa; al Servicio de Financiación de Centros, Ayudas al Estudio y Servicios Complementarios; y al Negociado de Gestión de la Información Escolar.

4.º Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 30 de noviembre de 2021.–El director general de Educación, Gil Sevillano González.

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