BOLETÍN Nº 277 - 10 de diciembre de 2021

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 508/2021, de 24 de noviembre, del director general de Educación, por la que se inscribe la especialidad de Txistu en el Registro Específico de Escuelas de Música y Danza, entre las enseñanzas que puede impartir la Escuela de Música “Valle de Salazar” con domicilio en Ezcároz.

Visto el expediente instruido ante la solicitud de la Junta General del Valle de Salazar, titular de la Escuela de Música “Valle de Salazar”, domiciliada en Ezcároz, para que se autorice para impartir la especialidad de Txistu en dicha escuela.

Visto el informe favorable emitido por el Servicio de Inspección Educativa para que se inscriban las enseñanzas solicitadas.

Teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 29 del Decreto Foral 421/1992, de 21 de diciembre, por el que se aprueban las normas básicas para la creación y funcionamiento de las Escuelas de Música y Danza.

En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 32.1 d) de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, y a propuesta del Servicio de Inspección Educativa,

RESUELVO:

1.º Inscribir en el Registro Específico de Escuelas de Música y Danza del Gobierno de Navarra la especialidad de Txistu como enseñanza que imparte la Escuela de Música “Valle de Salazar” (código de centro: 31008751), con domicilio en Ezcároz, que tendrá sus efectos desde el día 25 de octubre de 2021, fecha en que tuvo su entrada en este Departamento de Educación la documentación necesaria para tramitar solicitud del titular del centro.

2.º Indicar que las enseñanzas que impartirá la escuela a partir de esa fecha serán las establecidas en el artículo 48.3 de la Ley Orgánica de Educación, según la ordenación establecida por el artículo 9.º del Decreto Foral 421/1992, de 21 de diciembre, con las siguientes especialidades dentro del ámbito de la “práctica instrumental”: Acordeón, Gaita, Guitarra, Percusión, Piano, Saxofón, Trikitixa, Trompeta, Txistu y Violín.

3.º Recordar que cualquier modificación en la composición de la Escuela, que afecte a los supuestos contemplados en el artículo 29 del citado Decreto Foral 421/1992, deberá ser comunicada a este Departamento de Educación.

4.º Advertir que la inscripción de la Escuela podrá revocarse en los supuestos contemplados en el artículo 31 del mencionado Decreto Foral.

5.º Notificar la presente resolución a la Junta del Valle de Salazar indicando que, contra la misma, podrá interponer recurso de alzada ante el consejero del Departamento de Educación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.

6.º Trasladar la presente resolución al Servicio de Inspección Educativa, a la Sección de Enseñanzas Artísticas y al Negociado de Gestión de la Información Escolar.

7.º Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 24 de noviembre de 2021.–El director general de educación, Gil Sevillano González.

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