BOLETÍN Nº 26 - 4 de febrero de 2021

6. Otros anuncios

6.1. Edictos de notificación

SANTACARA

Ejecución subsidiaria de obras para demolición de inmueble

Siendo imposible la notificación de la Resolución de ejecución subsidiaria a los titulares del inmueble sito en calle El Vado, número 14 de Santacara, herencia yacente de don Evaristo Mayo, de conformidad a los dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a efectuar la citada notificación mediante el presente anuncio en el que se trascribe íntegramente la Resolución de la Alcaldía de fecha 22 de enero de 2021.

Con fecha 27 de octubre de 2020 se requiere a herencia yacente de don Evaristo Ayerra Mayo, para que en el plazo de 2 meses presente proyecto técnico de demolición total del inmueble de su propiedad sito en calle El Vado, número 14 de Santacara, con advertencia de ejecución subsidiaria en caso de que no se hiciere.

No habiéndose dado cumplimiento al requerimiento, procede la ejecución subsidiaria de las obras, según dispone el 199.3 del Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo y el artículo 102 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y habiéndose realizado una valoración provisional de las obras para su ejecución por importe de 33.303,27 euros (iva incluido).

Considerando que de acuerdo con el artículo 99 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas –LPACAP–: “Las Administraciones Públicas, a través de sus órganos competentes en cada caso, podrán proceder, previo apercibimiento, a la ejecución forzosa de los actos administrativos (...)”, y que el artículo 199.3 del Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo, establece que en los procedimientos sobre declaración de ruina “Si el propietario no cumpliere lo acordado por el Ayuntamiento, lo ejecutará éste a costa del obligado”.

Por todo lo antedicho, y en virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 21.1.s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,

RESUELVO:

Primero.–Proceder a la ejecución subsidiaria de las obras de demolición del inmueble situado en calle El Vado, número 14, parcela 1033 del polígono 7 de Santacara.

Segundo.–Establecer un presupuesto provisional de ejecución de las obras en 33.303,27 euros euros, en concepto de gastos a costa del obligado, por la ejecución subsidiaria de lo ordenado, conforme a la valoración técnica que obra en el expediente, y a reserva de la liquidación definitiva que se practique. Dicha cantidad se deberá abonar por el interesado en el lugar y en los plazos que se le indicarán en la notificación de esta resolución. En caso de incumplimiento del pago, se procederá a su cobro por vía ejecutiva.

Tercero.–Contratar la ejecución de las obras mencionadas, bajo la supervisión y dirección del Arquitecto Técnico Municipal, debiéndose informar a esta Alcaldía de las actuaciones llevadas a cabo, con expresión el importe definitivo que dicha ejecución a supuesto.

Cuarto.–Notificar la presente al interesado, comunicándole que se procede a solicitar autorización judicial de acceso a la vivienda, para le ejecución de la demolición del inmueble.

Santacara, 22 de enero de 2021.–El alcalde, Jesús Luis Caparroso Ruiz.

Código del anuncio: L2101130