BOLETÍN Nº 26 - 4 de febrero de 2021

4. Procedimientos Judiciales

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE NAVARRA

Procedimiento de Derechos Fundamentales 386/2020

Doña Virginia Arias López de Lacalle, Letrada de la Administración de Justicia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra.

Hago saber: que en el Procedimiento Derechos Fundamentales número 16/2021, seguido ante esta Sala, se dictó Auto número 3/2021, de 14 de enero de 2021; resolución, que ha quedado firme, cuyo antecedente de hecho y parte dispositiva, son del tenor literal siguiente:

“Auto 3/2021.

Iltmos. Sres. Presidenta.–Doña María Jesús Azcona Labiano.–Magistrados.–Doña Raquel Hermela Reyes Martínez.–Don Antonio Sánchez Ibáñez.–Doña Ana Irurita Díez de Ulzurrún.

Pamplona, 14 de enero de 2021.

Antecedentes de hecho

Primero.–El Asesor Jurídico-Letrado de la Comunidad Foral de Navarra ha solicitado en fecha 13-01-2021 la ratificación judicial de las medidas adoptadas por la Orden Foral 1/2021, de la Consejera de Salud, de 13 de enero de 2021, por la que se prorrogan y modifican parcialmente las medidas adoptadas de prevención, de carácter extraordinario, para la Comunidad Foral de Navarra, como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada del COVID-19, adoptadas mediante Orden Foral 63/2020, de 14 de diciembre, de la Consejera de Salud.

Segundo.–Conferido traslado al Ministerio Fiscal para informe de manera inmediata, lo ha evacuado el mismo día 13 de enero de 2021 con el resultado que obra en el procedimiento, quedando seguidamente pendiente de dictar resolución.

Es Ponente el Iltmo. señor Magistrado don Antonio Sánchez Ibáñez.

La sala acuerda:

1.º Ratificar las medidas contenidas en Orden Foral 1/2021, de la Consejera de Salud, de 13 de enero de 2021, en cuanto prorrogan y modifican parcialmente las medidas adoptadas de prevención, de carácter extraordinario, para la Comunidad Foral de Navarra, como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada del COVID-19, adoptadas mediante Orden Foral 63/2020, de 14 de diciembre, de la Consejera de Salud, con excepción de la contenida en el punto “Segundo. Modificar las siguientes medidas de la Orden Foral 63/2020, de 14 de diciembre, de la consejera de Salud, que quedan redactadas como sigue:

(...) 3. Hostelería.

3.2. f) Queda prohibido fumar en todo tipo de terrazas de establecimientos de hostelería y restauración (incluidos los barriles situados en el exterior de algunos establecimientos).”, bien entendido que se mantiene la restricción atinente a la prohibición de fumar en las terrazas en el caso de que no se pueda garantizar la distancia de seguridad de 2 metros.

2.º La Administración deberá comunicar a esta Sala de lo Contencioso-Administrativo cualquier incidencia que afecte a la ejecución de las medidas ratificadas o que determinen, en su caso, la procedencia de alzar las mismas, al igual que deberá solicitar la autorización de la prórroga de las medidas si fuera acordada por la Administración Sanitaria.

3.º La Administración remitirá a este Tribunal, en el plazo de siete días naturales, informe sobre la evolución epidemiológica y la efectividad de las medidas acordadas.

4.º Sin hacer expresa imposición de las costas procesales causadas.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días

Así lo acuerdan, mandan y firman los Iltmos. Sres. Magistrados indicados en el encabezamiento. Doy fe.”

Y para su publicación en el Boletín Oficial del Navarra, conforme a lo establecido en Artículo 72.2; 107.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, expido y firmo el presente.

Pamplona, 27 de enero de 2021.–La Letrada de la Administración de Justicia de la Sala, Virginia Arias López de Lacalle.

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