BOLETÍN Nº 26 - 4 de febrero de 2021

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

VALLE DE EGÜÉS

Convocatoria de ayudas individuales dirigidas a proporcionar, mediante la utilización de bono-taxi, un medio alternativo de transporte adaptado a personas afectadas por grave discapacidad en su movilidad para el ejercicio 2021

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/544217). Identificación BDNS: 544217.

Objeto y personas beneficiarias. El objeto del programa es la regulación de las ayudas individuales en forma de tarjeta bono-taxi, destinadas a personas con grave discapacidad en su movilidad para la utilización del transporte colectivo o particular y para poder utilizar un medio de transporte adaptado (taxi).

Serán requisitos para poder acceder a estas ayudas económicas:

a) Estar afectado por una discapacidad que en grado igual o superior al 33% le dificulte gravemente el acceso a transportes colectivos y así se acredite en el Certificado Oficial de Discapacidad, emitido por el Organismo Autónomo: Agencia Navarra para la Autonomía de las Personas (ANAP). Baremo Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad: apartado A, B, C o un mínimo de 7 puntos por los apartados D, E, F, G, H).

b) Estar empadronado en el Valle de Egüés y permanecer de alta en el Padrón municipal mientras se perciba la ayuda, con una antigüedad de tres meses.

c) No poseer carnet de conducir, o habiéndolo poseído no encontrarse en condiciones físicas para conducir derivado de la discapacidad.

d) No poseer vehículo propio adaptado para la conducción por persona con discapacidad motora, en el supuesto de solicitantes mayores de 18 años, o poseyéndolo no encontrarse en condiciones físicas para conducir derivado de su discapacidad.

e) No superar la unidad familiar unos ingresos anuales relativos al último ejercicio declarado para el IRPF de:

NÚMERO MIEMBROS

ÍNDICE

LÍMITE INGRESOS

1

2,25 × SMI

29.925,00 euros

2

2,65 × SMI

35.245,00 euros

3

3,00 × SMI

39.900,00 euros

4

3,35 × SMI

44.555,00 euros

5 o más

3,75 × SMI

49.875,00 euros

f) Estar al corriente de pago de cualquier tipo de obligación tributaria u otras de carácter municipal y no tener pendiente devolución de adelantos proporcionados por el Servicio Social de Base, cuando los plazos de devolución ya se han extinguido y no se ha hecho efecto la devolución debida.

Cuantía de la subvención. Las cuantías de las ayudas se actualizarán de acuerdo con las previsiones técnicas y económicas reflejadas en los presupuestos municipales que se vayan aprobando y tendrán para el presente ejercicio un límite máximo por beneficiario/año de 720,00 euros, el cual será prorrateado desde el día de presentación de la solicitud en el registro.

Se concederá un 50 % adicional (hasta 90,00 euros/mes), si se acredita la necesidad diaria de utilizar el taxi para acudir a un centro de trabajo, a un centro de estudios de enseñanza reglada o centro de día o recurso asimilado siempre y cuando el centro no ofrezca la posibilidad de un medio de transporte adaptado a este tipo de usuario/a.

Plazo de presentación de solicitudes. Desde el día siguiente hábil al de la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de Navarra hasta el 30 de noviembre del año de vigencia de las bases. La presentación de solicitudes fuera del plazo señalado dará lugar a la inadmisión de las mismas.

Se abrirá un plazo de presentación de solicitudes para las personas que ya están siendo usuarias del servicio bono-taxi en fecha del 14 al 24 de diciembre del 2020. En este caso la persona deberá presentar como documentación instancia municipal cumplimentada, justificación económica con la última declaración de renta de la unidad familiar o justificante de los ingresos de la unidad familiar, en el caso de no estar obligada a realizarla, así como declaración responsable de seguir cumpliendo los requisitos establecidos para la percepción de la subvención. La concesión estará vinculada a la existencia de línea presupuestaria, prorrogada o nueva, para el ejercicio del 2021.

Sarriguren, Valle de Egüés, 1 de diciembre de 2020.–La Alcaldesa, Amaia Larraya Marco.

Código del anuncio: L2101120