BOLETÍN Nº 245 - 22 de octubre de 2021

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

FUNES

Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de tasas de la Escuela de Música Villa de Funes

Habiendo transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan presentado alegaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 326 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra y el artículo 13 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, se publica la aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza municipal reguladora de tasas del organismo autónomo Escuela de Música Villa de Funes, aprobada inicialmente por acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión extraordinaria celebrada el día 23 de julio de 2021 y publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 188, de 12 de agosto de 2021.

Contra la aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza se podrán interponer, optativamente, los siguientes recursos:

–Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra.

–Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra.

Funes, 28 de septiembre de 2021.–El Alcalde, Ignacio Felipe Domínguez Martínez.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS DE LA ESCUELA DE MÚSICA VILLA DE FUNES

Fundamentación

Artículo 1. Las tasas objeto de esta ordenanza se establecen al amparo de lo dispuesto en los artículos 100 y siguientes de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de las Haciendas Locales de Navarra.

Hecho imponible

Artículo 2. Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación de los servicios docentes que tenga establecidos la Escuela de Música Villa de Funes.

Sujetos pasivos

Artículo 3. Serán sujetos pasivos los beneficiarios de la prestación citada en el artículo anterior. Será sustituto del contribuyente el representante legal del menor, a todos los efectos. La obligación de pago nace en el momento de la matriculación en los cursos respectivos y deberá ser satisfecha por quienes cursen el mismo o sus representantes legales en su caso.

Tarifas

Artículo 4. Las tarifas a aplicar serán las que figuran en el Anexo adjunto.

Serán actualizadas cada curso de acuerdo a la variación del índice de precios al consumo de Navarra resultante del año anterior. En el caso de que la variación del IPC sea negativa, se mantendrán los importes del año anterior.

Normas de gestión y recaudación

Artículo 5. La cuota de inscripción o matrícula se cobrará al inicio del curso, mediante domiciliación bancaria en la cuenta facilitada al efecto.

Solo procederá la devolución del precio de la matrícula cuando el curso sea cancelado por el Ayuntamiento, o cuando el alumnado solicitante no haya obtenido plaza en la especialidad ofertada.

No podrá formalizar la inscripción o matrícula todo aquel alumnado que mantenga deudas pendientes con el Ayuntamiento de Funes por impagos de cuotas de cursos anteriores, mientras no se ponga al corriente de pago.

Artículo 6. Una vez formalizada la matrícula, el alumnado estará obligado al pago del curso completo, prorrateándose dicho importe en nueve mensualidades. A estos efectos, la liquidación de la cuota tributaria se practicará por meses naturales vencidos y se cobrarán, mediante domiciliación bancaria, dentro de los cinco primeros días del mes siguiente, en la cuenta bancaria que hayan facilitado al formalizar la matrícula.

La devolución de un recibo durante el curso, supondrá la baja automática en la escuela en tanto en cuanto no se ponga al corriente en el pago.

El alumnado que sea admitido una vez comenzado el curso, abonará la matrícula completa y las cuotas que resten hasta finalizar el curso, incluido el mes en que se formalice la matrícula.

Artículo 7. El alumnado que solicite causar baja una vez iniciado el curso, deberá comunicarlo por escrito, con anterioridad al inicio del mes en que se haga efectiva la baja, indicando los motivos de la misma.

Las bajas voluntarias del alumnado a partir de la fecha de inicio de curso conllevarán el pago del coste total del curso, con las siguientes excepciones:

–Por imposibilidad de seguir cursando los estudios, ya sea por accidente, enfermedad grave, previa presentación de informe médico que lo acredite o por otros motivos debidamente acreditados.

–Por traslado domiciliario fuera del término de Funes.

En ningún caso se devolverá el importe de la matrícula.

Artículo 8. El usuario será responsable de los deterioros ocasionados y deberá velar por el buen uso de los locales e instrumentos patrimonio del Ayuntamiento.

Exenciones y bonificaciones

Artículo 9. En el caso de alumnos pertenecientes a familias numerosas, con más de un miembro matriculado en la Escuela de Música Villa de Funes, uno de los miembros no abonará el importe correspondiente a lenguaje musical.

Para la aplicación de dicho beneficio se presentará el carnet de familia.

Infracciones y sanciones

Artículo 10. Se considerarán acto de defraudación los siguientes:

a) El incumplimiento de sus obligaciones de pago de cuotas, cuya acumulación daría lugar a la expulsión de los alumnos de la Escuela Municipal de Música Villa de Funes.

b) La utilización de los bienes inmuebles y muebles propiedad del Ayuntamiento, a servicio de la Escuela Municipal de Música Villa de Funes, de forma negligente o haciendo mal uso de ellos.

DISPOSICIONES FINALES

Unica.–En todo lo no previsto en esta ordenanza, se estará a lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal General y en la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de las Haciendas Locales de Navarra.

ANEXO

Tarifas curso 2021/2022

1.–Alumnos empadronados en Funes:

Matrícula (septiembre): 20,00 euros.

Iniciación a la música: 15,00 euros.

Iniciación gaita y tambor: 15,00 euros.

Lenguaje musical: 18,50 euros.

Instrumento (con lenguaje musical): 25,00 euros.

Instrumento (sin lenguaje musical): 35,00 euros.

Agrupaciones (combo, coro, banda chiqui): 8,00 euros.

Cuota especial piano (septiembre): 10,00 euros.

Cuota especial percusión (septiembre): 20,00 euros.

ASIGNATURA

MATRÍCULA

(euros)

CUOTA
MENSUAL

(euros)

TOTAL
ANUAL

(euros)

INICIACIÓN

20,00

15,00

155,00

INICIACIÓN GAITA Y TAMBOR

20,00

15,00

155,00

1.º LENGUAJE E INSTRUMENTO

20,00

43,50

411,50

2.º LENGUAJE - INSTRUMENTO-CORO

20,00

51,50

483,50

3.º LENGUAJE - INSTRUMENTO-BANDA/COMBO

20,00

51,50

483,50

4.º LENGUAJE-INSTRUMENTO-BANDA/COMBO

20,00

51,50

483,50

5.º LENGUAJE E INSTRUMENTO

20,00

43,50

411,50

6.º LENGUAJE E INSTRUMENTO

20,00

43,50

411,50

2.–Alumnos no empadronados en Funes:

Matrícula (septiembre): 20,00 euros.

Iniciación a la música: 20,00 euros.

Iniciación gaita y tambor: 20,00 euros.

Lenguaje musical: 20,00 euros.

Instrumento (con lenguaje musical): 30,00 euros.

Instrumento (sin lenguaje musical): 39,00 euros.

Agrupaciones (combo, coro, banda chiqui): 8,00 euros.

Cuota especial piano (septiembre): 10,00 euros.

Cuota especial percusión (septiembre): 20,00 euros.

ASIGNATURA

MATRÍCULA

(euros)

CUOTA MENSUAL

(euros)

TOTAL ANUAL

(euros)

INICIACIÓN

20,00

20,00

200,00

INICIACIÓN GAITA Y TAMBOR

20,00

20,00

200,00

1.º LENGUAJE E INSTRUMENTO

20,00

50,00

470,00

2.º LENGUAJE - INSTRUMENTO-CORO

20,00

58,00

542,00

3.º LENGUAJE - INSTRUMENTO-BANDA/COMBO

20,00

58,00

542,00

4.º LENGUAJE-INSTRUMENTO-BANDA/COMBO

20,00

58,00

542,00

5.º LENGUAJE E INSTRUMENTO

20,00

50,00

470,00

6.º LENGUAJE E INSTRUMENTO

20,00

50,00

470,00

Código del anuncio: L2114364