1. Comunidad Foral de Navarra
1.7. Otros
RESOLUCIÓN 397/2021, de 16 de septiembre, del director general de Educación, por la que se establece el procedimiento de solicitud de prórroga de la jornada continua o flexible, para el curso 2022/2023, para los centros educativos que la tienen autorizada.
La presente Resolución establece el procedimiento para solicitar la prórroga, de forma experimental para el curso 2022/2023, del tipo de jornada que tuvieran reconocida los centros educativos relacionados en la Resolución 572/2020, de 30 de diciembre, del Director General de Educación, por la que se autoriza la prórroga de la jornada escolar continua o flexible a determinados centros educativos, para el curso 2021/2022 y la que tuvieran reconocida los relacionados en la Resolución 33/2020, de 10 de febrero, del Director General de Educación, por la que se aprueba la implantación, durante el curso 2020/2021 y 2021/2022, de la jornada escolar continua o la jornada escolar flexible en determinados centros que imparten Educación infantil y primaria o que imparten Educación especial, de la Comunidad Foral de Navarra.
Visto el informe favorable emitido por el Director del Servicio de Ordenación, Formación y Calidad para que los centros educativos, relacionados en las mencionadas resoluciones 572/2020 y 33/2020, puedan solicitar la prórroga de la jornada continua o flexible, según el caso.
En virtud de las facultades conferidas en el Decreto Foral 267/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación,
RESUELVO:
1.º Establecer, para los centros relacionados en el Anexo II, el procedimiento de solicitud de prórroga de la jornada continua o flexible, de forma experimental para el curso 2022/2023, según lo dispuesto en el Anexo I.
2.º Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Educación en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
3.º Trasladar la presente Resolución y sus Anexos al Servicio de Ordenación, Formación y Calidad, al de Inspección Educativa y al de Financiación de Centros, Ayudas al Estudio y Servicios Complementarios, a los efectos oportunos.
4.º Publicar la presente Resolución y sus Anexos en el Boletín Oficial de Navarra.
Pamplona, 16 de septiembre de 2021.–El director general de Educación, Gil Sevillano González.
ANEXO I
Prórroga, para el curso 2022/2023, del tipo de jornada,
continua o flexible
1. Los centros educativos relacionados en el Anexo II podrán continuar con la jornada continua o flexible, según el caso, durante el curso 2022/2023, previa solicitud a la Sección de Ordenación Académica.
2. Para ello, los centros educativos convocarán una sesión de Consejo Escolar, en cuyo orden del día se incluirán, al menos, los siguientes puntos:
a) presentación, por parte de la Directora o Director, de los posibles cambios a los que se refiere el punto 9 de este Anexo I.
b) votación de los miembros del Consejo Escolar, sobre la prórroga del tipo de jornada escolar. Se levantará acta de dicha votación y de la consecuente decisión del propio Consejo Escolar, según el modelo del Anexo III que se deberá exponer, públicamente, en el centro.
3. Los miembros del Consejo Escolar con derecho a voto podrán utilizar medios telemáticos con la finalidad de que, con anterioridad a la celebración de la sesión del Consejo Escolar, los distintos componentes de la comunidad escolar hayan sido informados convenientemente del punto 2a), y de este modo, poder ejercer el voto con la máxima objetividad.
4. La pregunta sometida a consulta será la siguiente:
¿Está usted a favor de la prórroga de la jornada escolar continua/flexible ya autorizada?
SI.
NO.
5. Se prorrogará la jornada continua o flexible, según el caso, para el curso 2022/2023 si la mayoría absoluta de los miembros del Consejo Escolar, con derecho a voto, votaran afirmativamente a la pregunta anterior. Si no se alcanzara este valor, el centro educativo volverá a impartir, en el curso 2022/2023, la jornada partida (clases de mañana y tarde).
6. En el caso de que el equipo directivo decidiera presentar un nuevo Proyecto en la próxima convocatoria que regule la implantación de la jornada continua o flexible y este nuevo Proyecto no fuera aprobado por la comunidad educativa del centro, el tipo de jornada que regirá en el curso 2022/2023 será el que resulte de aplicar el punto anterior.
7. Independientemente del resultado de la votación, una copia del Anexo III deberá ser enviada, con fecha límite el 22 de octubre, al correo ordenacion.academica@navarra.es de la Sección de Ordenación Académica, para su resolución por el Director General de Educación.
8. La concesión de la prórroga conlleva desarrollar la jornada, continua o flexible, en los mismos términos establecidos en el Proyecto que fue aprobado por el Departamento de Educación.
9. No obstante, en el caso de la jornada continua, siempre y cuando el horario de entrada a la mañana y el horario de salida (incluidas las actividades extraescolares) sea el mismo que el que se presentó en el Proyecto que fue aprobado por el Departamento de Educación, los centros educativos, una vez evaluada la jornada escolar, podrán realizar cambios internos. Estos cambios se aplicarán en el curso 2022/2023 y podrían ser:
a) sustitución de unas actividades extraescolares por otras. Las actividades, dentro de las posibilidades organizativas de los centros educativos, deberán organizarse atendiendo, prioritariamente, a las necesidades y características del alumnado. Con carácter general, las actividades serán internas, debiéndose realizar en el propio centro. Las que se realicen fuera del recinto escolar (actividades extraescolares externas) podrán formar parte del proyecto del centro si se realizan en la franja horaria de las del centro. Será responsabilidad del centro educativo el traslado del alumnado tanto para la ida como para la vuelta, y éste deberá estar de vuelta en el centro educativo a la hora de la finalización de las actividades extraescolares internas.
b) modificación de la estructura diaria de los recreos teniendo en cuenta que la misma se deberá fijar en un recreo de 30 minutos, un recreo de 40 minutos o dos recreos con duración de 40 minutos, entre ambos.
c) modificación de la duración de las sesiones curriculares.
En cualquier caso, el cómputo global de tiempo de sesiones curriculares y de recreos será, con carácter general de, al menos 1550 minutos a la semana, en el caso de recreos de 40 minutos y de, al menos 1500 minutos en el caso de recreos de 30 minutos.
10. En el caso de jornada continua, el horario de salida del transporte se realizará a la finalización de las actividades extraescolares. Este horario podrá adelantarse siempre y cuando se alcance el acuerdo de la totalidad del alumnado implicado en el mismo vehículo de transporte y dicho cambio no afecte ni a la coordinación con el resto de centros con el que comparte el transporte, ni a la planificación del adjudicatario del mismo, así como a la organización del comedor. Esta posible modificación horaria precisará que el centro educativo informe de tal circunstancia, entre el 1 y el 25 de mayo de 2022, según se establece en el Anexo IV, al Servicio de Financiación de Centros, Ayudas al Estudio y Servicios Complementarios del Departamento de Educación, para su visto bueno. Una vez dado el visto bueno por dicho Servicio, éste será el horario de salida del vehículo afectado durante el curso 2022/2023, independientemente de que haya incorporaciones de nuevo alumnado al centro educativo.
11. Los centros educativos que deseen cambiar el horario de entrada a la mañana o el horario de salida (incluidas las actividades extraescolares, en su caso) con respecto al presentado en el Proyecto que fue aprobado por el Departamento de Educación, deberán solicitar, en la próxima convocatoria, una nueva autorización presentando un nuevo Proyecto según el procedimiento que, reglamentariamente, establezca el Departamento de Educación.
12. Lo dispuesto en los puntos anteriores se entenderá sin perjuicio de las medidas que, en su caso, adopte el Departamento de Educación en coordinación con las autoridades sanitarias para el curso 2022/2023.
ANEXO II
Relación de centros con jornada continua
(Resoluciones 572/2020 y 33/2020)
CENTRO | LOCALIDAD |
CPEIP San Babil | Ablitas |
CPEIP Gabriel Valentín Casamayor | Aibar / Oibar |
CPEIP La Cruz HLHIP | Allo |
Colegio Sagrado Corazón | Altsasu / Alsasua |
CPEIP Zelandi HLHIP | Altsasu / Alsasua |
CPEIP Virgen de la Cerca | Andosilla |
CPEIP Añorbe | Añorbe |
CPEIP San Miguel HLHIP | Aoiz / Agoitz |
CPEIP Sancho Ramírez | Arguedas |
CPEIP La Balsa | Arróniz |
CPEIP Urraca Reina | Artajona |
CPEIP Francisco Arbeloa | Azagra |
CPEIP Martín Azpilcueta HLHIP | Barásoain |
CPEIP Beire | Beire |
CPEIP Rio Arga | Berbinzana |
CPEIP Beriain | Beriáin |
CPEIP Mendialdea I | Berriozar |
CPEIP Araxes HLHIP | Betelu |
CPEIP Santa Ana | Buñuel |
CPEIP Ermitaberri HLHIP | Burlada / Burlata |
CPEIP San Juan de Jerusalén | Cabanillas |
CPEIP Teresa Bertrán de Lis | Cadreita |
CPEIP Virgen del Soto | Caparroso |
CPEIP Virgen de la Oliva | Carcastillo |
CPEIP Santa Vicenta María | Cascante |
CPEIP Francisco Javier Sáenz de Oiza | Cáseda |
CPEIP Dos de Mayo | Castejón |
CPEIP Otero de Navascués | Cintruénigo |
CPEIP Ciudad de Corella | Corella |
CPEIP Cerro de la Cruz | Cortes |
CPEIP Virgen de Nievas | Dicastillo |
Colegio Santa Ana | Estella-Lizarra |
Andra Mari Ikastola | Etxarri Aranatz-Arbizu |
CPEIP San Donato HLHIP | Etxarri Aranatz |
CPEIP doña Álvara Álvarez | Falces |
CPEIP Juan de Palafox | Fitero |
CPEIP Virgen del Rosario | Fontellas |
CPEIP Elías Terés | Funes |
CPEIP Santos Justo y Pastor | Fustiñana |
CPEIP Atakondoa HLHIP | Irurtzun |
CPEIP Arrano Beltza HLHIP | Iturmendi |
CPEIP Oihanzabal HLHIP | Jauntsarats (Basaburua) |
CPEIP Lakuntzako Herri Eskola HLHIP | Lakuntza |
CPEIP San Miguel | Larraga |
CPEIP doña Blanca de Navarra | Lerín |
Colegio La Milagrosa | Lodosa |
CPEIP Angel Martínez Baigorri HLHIP | Lodosa |
CPEIP Santa María HLHIP | Los Arcos |
CPEIP Lumbier San Juan | Lumbier |
CPEIP San Bartolomé | Marcilla |
CPEIP Santa Ana | Mélida |
Colegio Nuestra Señora de los Dolores | Mendavia |
CPEIP San Francisco Javier | Mendavia |
CPEIP Julián M.ª Espinal Olcoz | Mendigorria |
CPEIP Nuestra Señora del Patrocinio | Milagro |
CPEIP San Benito | Miranda de Arga |
CPEIP Santa Bárbara | Monreal |
CPEIP Honorio Galilea | Monteagudo |
CPEIP Mardones y Magaña | Murchante |
CPEIP Raimundo Lanas | Murillo el Fruto |
CPEIP San Miguel HLHIP | Noáin / Noain |
CPEIP Obanos | Obanos |
CPEIP Domingo Bados HLHIP | Olazti / Olazagutía |
CPEIP Príncipe de Viana HLHIP | Olite / Erriberri |
CPEIP San Salvador | Oteiza |
CPEIP El Lago de Mendillorri | Pamplona / Iruña |
CPEIP Ermitagaña | Pamplona / Iruña |
CPEIP García Galdeano | Pamplona / Iruña |
CPEIP Iturrama | Pamplona / Iruña |
CPEIP Mendigoiti HLHIP | Pamplona / Iruña |
CPEIP Mendillorri HLHIP | Pamplona / Iruña |
CPEIP Nicasio de Landa | Pamplona / Iruña |
CPEIP San Francisco HLHIP | Pamplona / Iruña |
CPEIP San Jorge | Pamplona / Iruña |
CPEIP Vázquez de Mella-Bayonne | Pamplona / Iruña |
CPEIP Juan Bautista Irurzun HLHIP | Peralta / Azkoien |
CPEIP Pitillas | Pitillas |
CPEIP Ximenez de Rada | Rada (Murillo El Cuende) |
CPEIP San Bartolomé | Ribaforada |
CPEIP Alfonso X “El Sabio” | San Adrián |
CPEIP Luis Gil HLHIP | Sangüesa / Zangoza |
CPEIP Nuestra Señora de la Asunción | Santacara |
CPEIP Nuestra Señora del Rosario | Sartaguda |
CPEIP Virgen de las Nievas HLHIP | Sesma |
CPEIP Marqués de la Real Defensa HLHIP | Tafalla |
Garcés de los Fayos Ikastola | Tafalla |
CPEIP Elvira España | Tudela |
CPEIP Griseras | Tudela |
CPEIP Huertas Mayores HLHIP | Tudela |
CPEIP Monte San Julián | Tudela |
CPEE Tudela Torre Monreal | Tudela |
CPEIP San Miguel HLHIP | Uharte Arakil |
CPEIP Ujué | Ujué / Uxue |
CPEIP Urdiain HLHIP | Urdiain |
CPEIP Urroz HLHIP | Urroz-Villa |
CPEIP Félix Zapatero | Valtierra |
CPEIP Ricardo Campano | Viana |
CPEIP El Castellar | Villafranca |
CPEIP San Veremundo | Villatuerta |
Relación de centros con jornada flexible
(Resoluciones 572/2020 y 33/2020)
CENTRO | LOCALIDAD |
CPEIP Zumadia HLHIP | Abárzuza / Abartzuza |
Iñigo Aritza Ikastola | Altsasu / Alsasua |
CPEIP Lokiz HLHIP | Ancín |
CPEIP Arbizuko Herri Eskola HLHIP | Arbizu |
CPEIP Auritz/Burguete HLHIP | Auritz / Burguete |
CPEIP Auzperri/Espinal HLHIP | Aurizberri / Espinal |
CPEIP Eulza | Barañáin / Barañain |
CPEIP Los Sauces | Barañáin / Barañain |
CPEIP Hilarión Eslava | Burlada / Burlata |
CPEIP Virgen de Gracia | Cárcar |
Lizarra Ikastola | Estella-Lizarra |
Anexo III.–Acta de la votación realizada en sesión de Consejo Escolar sobre la prórroga de la jornada escolar.
Anexo IV.–Adelanto de la salida del transporte.
Descargar anexo III y IV (DOC).
Código del anuncio: F2113851