BOLETÍN Nº 232 - 4 de octubre de 2021

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ORDEN FORAL 39/2021, de 13 de septiembre, del consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, por la que se aprueba el proyecto de intervención global para 9 comunidades de propietarios de Barañáin, expediente P.I.G. número 31.

La sección 4.ª del Capítulo VI del Decreto Foral 61/2013, de 18 de septiembre, por el que se regulan las actuaciones protegibles en materia de vivienda en Navarra, regula los proyectos de intervención global en materia de regeneración de conjuntos residenciales.

Dichos proyectos tienen como propósito proceder a la rehabilitación de varios portales, manzanas o zonas de la ciudad consolidada, de manera coordinada y previamente programada, trascendiendo de este modo el ámbito de un simple portal. Se busca con ello conseguir economías de escala, tanto desde el punto de vista económico (posibilidad de licitación conjunta, menores gastos de gestión), como administrativo (posibilidad de presentar un expediente conjunto, agilidad en la tramitación), a la vez que poder ofrecer soluciones constructivas y arquitectónicas más homogéneas (en su tratamiento, calidades o acabados) a manzanas o zonas que guardan una relación estrecha en el entramado urbano.

Conforme con lo anterior, se ha solicitado la aprobación de un proyecto de intervención global para 392 viviendas, repartidas en 9 portales de Barañain, que se corresponden con:

–Calle San Esteban números 1, 3, 5, 7, 9 y 11

–Calle Avenida Plaza Norte números 2, 4 y 6

El proyecto consiste en la mejora de las envolventes térmicas, instalaciones y accesibilidad. Para ello está previsto, entre otras actuaciones: en las fachadas principales ejecución de fachada ventilada, en las fachadas a patios ejecución de fachada tipo SATE, aislamiento de cubiertas, ordenación u ocultación de instalaciones, adecuación accesibilidad, mejora de las instalaciones térmicas centralizadas. Obran en el expediente informes del Servicio de Vivienda y el Ayuntamiento de Barañain, acreditando que revisado el expediente el mismo se estima correcto: se considera cumplido el requisito de participación ciudadana y el requisito de participación del Ayuntamiento de Barañain, y la solución técnica aportada es susceptible de obtener la calificación provisional como actuación protegible en materia de rehabilitación.

El artículo 83.3 del citado Decreto Foral 61/2013, de 18 de septiembre, dicta que los proyectos deberán ser aprobados mediante orden foral del Consejero competente en materia de vivienda.

En su virtud, y de conformidad con las facultades que me otorga el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidenta o Presidente,

ORDENO:

1.º Aprobar el proyecto de intervención global para las siguientes comunidades de propietarios de Barañáin, expediente P.I.G. número 31:

–Calle San Esteban números 1, 3, 5, 7, 9 y 11

–Calle Avenida Plaza Norte números 2, 4 y 6

Para el despliegue completo de sus efectos, será necesario la presentación de los correspondientes proyectos ante la Oficina de Rehabilitación correspondiente, y la solicitud (y obtención) por parte de las Comunidades de Propietarios de la calificación provisional como actuaciones de rehabilitación protegida de los mismos. La solicitud de calificación provisional se deberá realizar en el plazo de cuatro años desde la fecha de esta Orden Foral. El período inicial de cuatro años será prorrogable por otros cuatro, a solicitud de las comunidades de propietarios beneficiarias.

2.º Esta Orden Foral no agota la vía administrativa. Las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Orden Foral.

3.º Trasladar la presente Orden Foral a las Comunidades de Propietarios afectadas, al estudio de arquitectura redactor del Proyecto de Intervención Global, al Ayuntamiento de Barañain, al Director General de Vivienda, al Servicio de Vivienda, y a la Secretaría General Técnica del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, a los efectos oportunos.

4.º Publicar la presente Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra, y en el sitio web informativo en materia de vivienda (www.vivienda.navarra.es), a los efectos oportunos.

Pamplona, 13 de septiembre de 2021.–El consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, José María Ayerdi Fernández de Barrena.

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