BOLETÍN Nº 226 - 27 de septiembre de 2021

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

ORDEN FORAL 107/2021, de 26 de julio, del Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, por la que se aprueban las Bases que regulan la concesión de Galardones de Juventud de la Comunidad Foral de Navarra para el año 2021.

Desde la creación del Instituto Navarro de la Juventud, sus actuaciones se han dirigido a hacer efectiva la encomienda que desde el artículo 48 de la Constitución Española se hace a los poderes públicos de promover las condiciones para la participación libre y eficaz de la juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural.

A través del Decreto Foral 125/1998, de 6 de abril, se instituyen los Galardones de Juventud de la Comunidad Foral de Navarra, que tienen como fin el reconocimiento de una trayectoria de servicios prestados, y actuaciones relevantes, llevada a cabo por personas, asociaciones, instituciones y entidades públicas y privadas en materia de juventud.

La Ley Foral 11/2011, de 1 de abril, de Juventud, en su artículo 6.4, dispone que el “El Departamento competente en materia de juventud podrá reconocer de manera pública la ejemplaridad de la tarea realizada por personas, grupos, organizaciones o instituciones, públicas o privadas, cuya labor favorezca la participación, la autonomía y la calidad de vida de las personas jóvenes, mediante la concesión de Premios y Galardones de Juventud”.

La disposición final primera del mencionado Decreto Foral 125/1998, de 6 de abril, por el que se instituyen los Galardones de Juventud de la Comunidad Foral de Navarra, faculta al Consejero de Bienestar Social, Deporte y Juventud para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Decreto, atribución que, dada la nueva estructura departamental, y la adscripción del Instituto Navarro de la Juventud, ha de entenderse hecha a favor del Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior.

El Decreto Foral 327/2019, de 15 de noviembre, crea el organismo autónomo Instituto Navarro de la Juventud y aprueba sus estatutos, estando dicho organismo “sometido a las directrices de planificación y política global emanadas del Departamento de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior”, tal como queda expuesto en su artículo 2.

Con la finalidad de regular y articular un procedimiento para la concesión de los Galardones de Juventud durante el año 2021, es necesario aprobar una orden foral que establezca las bases de la convocatoria para la concesión de los mismos.

En consecuencia, en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidenta o Presidente,

ORDENO:

1.º Aprobar las bases que regulan la concesión de los Galardones de Juventud de la Comunidad Foral de Navarra para el año 2021, que se adjuntan como Anexo a esta Orden Foral.

2.º Publicar esta Orden Foral y sus Anexos en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Trasladar esta Orden Foral al Instituto Navarro de la Juventud, a la Sección de Administración y Gestión y a la Sección de Acciones Transversales y Observatorio Joven, del Instituto Navarro de la Juventud, a los efectos oportunos.

Pamplona, 26 de julio de 2021.–El consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, Javier Remírez Apesteguía.

ANEXO I

Bases que regulan la concesión de los Galardones de Juventud de la Comunidad Foral de Navarra para el año 2021

1.ª Objeto.

Esta convocatoria tiene por objeto establecer el régimen de concesión de los Galardones de Juventud de la Comunidad Foral de Navarra para el año 2021.

2.ª Fin.

Los Galardones tienen como fin distinguir trayectorias y trabajos, personales o de colectivos, englobando al efecto a personas, asociaciones y colectivos, instituciones y entidades públicas o privadas, que favorezcan la participación social, la autonomía, la igualdad y la calidad de vida de las personas jóvenes en Navarra.

3.ª Ámbito.

Podrán recibir los Galardones de Juventud las personas y colectivos que figuran en la base 2.ª de este Anexo I.

4.ª Galardón.

Se podrán conceder los siguientes Galardones:

–A la persona joven.

–A la participación social.

–A la institución o entidad.

Los Galardones consistirán en un distintivo que simbolice el reconocimiento social y un diploma acreditativo.

4.1. El Galardón a la persona joven.

Destacará a título individual a una persona joven de Navarra, de entre 14 y 30 años, cuya trayectoria personal tenga una clara vinculación con los valores propios de las sociedades modernas (solidaridad, esfuerzo, trabajo, tolerancia, interculturalidad, movilidad internacional, vida saludable, etc.) y que sea referente para otras personas jóvenes.

Se podrán otorgar uno o dos Galardones, indistintamente: uno con el que se destaque la confluencia de todos los valores y otro, más específico, con el que se destaque un valor concreto.

4.2. El Galardón a la Participación Social.

Destacará a un grupo o asociación, con reconocimiento en Navarra, que sea vehículo de las acciones de participación de la juventud, con alto nivel de actividad, que garantice la participación eficaz de las personas jóvenes en el desarrollo político, social, económico y cultural de Navarra, y que su territorio de acción sea la Comunidad Foral de Navarra o, aún siendo otro territorio, su manifestación e imagen debe vincular su actuación inequívocamente con Navarra.

4.3. El Galardón a Institución o Entidad.

Destacará a una institución o entidad, pública o privada, con personalidad jurídica y domiciliada en Navarra, que destaque por su actuación a favor de la juventud, que favorezca la participación social, la autonomía o la calidad de vida de las personas jóvenes, que su actuación se circunscriba a personas jóvenes navarras o al menos éstas sean prioritarias.

4.4. El Instituto Navarro de la Juventud se reserva la posibilidad de otorgar uno o varios Galardones como mención especial por hechos relevantes que incidan en el ámbito de la juventud.

4.5. Se podrán declarar desiertos algunos de los Galardones mencionados en esta base cuarta.

5.ª Documentación y plazo de presentación.

5.1. Las propuestas de concesión de los Galardones se presentarán en el impreso de solicitud que se publica junto con esta convocatoria como Anexo II y que estará disponible en la página web del Instituto Navarro de la Juventud. (www.juventudnavarra.es). El impreso deberá cumplimentarse en todos sus términos. En caso contrario, se requerirá su subsanación en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Podrán proponer candidatos a los Galardones de Juventud de la Comunidad Foral de Navarra: las entidades juveniles inscritas en el Censo de Entidades de Juventud de la Comunidad Foral de Navarra, el Consejo de la Juventud de Navarra, las Entidades Locales de Navarra, las Universidades radicadas en la Comunidad Foral de Navarra, los medios de comunicación de la Comunidad Foral de Navarra y las entidades públicas o privadas que desarrollen su actividad en el marco social de la Juventud.

5.2. La presentación de las propuestas de concesión podrá realizarse desde el día siguiente a la publicación de esta Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra hasta el 31 de octubre de 2021. Las propuestas se presentarán preferentemente en el Registro del Instituto Navarro de la Juventud.

Dicha solicitud podrá presentarse, además, por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

6.ª

Un Comité Técnico designado por el Director Gerente del Instituto Navarro de la Juventud revisará la idoneidad de las propuestas recibidas en relación con las características definidas para cada Galardón y seleccionará hasta un máximo de cinco propuestas por Galardón que pasarán como candidatos finales para la decisión de la Comisión Asesora.

7.ª Comisión Asesora.

El Director Gerente del Instituto Navarro de la Juventud nombrará, mediante Resolución que será publicada en la página web y en el Portal de Transparencia, a las personas que compondrán la Comisión Asesora, integrada por personas a título individual y entidades que desarrollan su actividad en el marco social de la Juventud, que le elevará la propuesta final de concesión de los Galardones de Juventud.

Esta Comisión actuará de acuerdo con las normas específicas para su funcionamiento. La persona que desempeñe la Presidencia de la misma tendrá voto de calidad.

8.ª Resolución.

La concesión de los Galardones de Juventud se aprobará por Resolución del Director Gerente del Instituto Navarro de la Juventud. La Resolución se notificará a quienes se les haya galardonado y se publicará en la página web del Instituto Navarro de la Juventud. (www.juventudnavarra.es).

ANEXO II

Formulario de solicitud (PDF).

Código del anuncio: F2111645