BOLETÍN Nº 218 - 16 de septiembre de 2021

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 911/2021, de 9 de septiembre, del director general de Salud, por la que se modifica la resolución 604/2020, de 11 de agosto, por la que se adoptan determinadas medidas preventivas aplicables a la contratación de trabajadoras y trabajadores temporales agrarios en las campañas agrarias que se lleven a cabo en Navarra, para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la pandemia COVID-19.

Mediante Resolución 604/2020, de 11 de agosto, del director general de Salud, por la que se adoptaban determinadas medidas preventivas aplicables a la contratación de trabajadoras y trabajadores temporales en las campañas agrarias que se lleven a cabo en Navarra, para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la pandemia COVID-19, se estableció la obligatoriedad de realizar una declaración responsable por parte de la empresa que contrata personal temporero. Un año después se ha comprobado que son muchas las empresas de servicios y de trabajo temporal de otras comunidades autónomas, que contratan personal temporero para desarrollar su actividad laboral en Navarra y que no realizan las declaraciones responsables del personal contratado. Este hecho ha contribuido a un control más dificultoso de los casos de COVID-19 que han aparecido en este colectivo de población trabajadora. Es fundamental garantizar que el Gobierno de Navarra conozca las personas que acuden a trabajar a Navarra de forma temporal en las campañas agrícolas, y que permita garantizar la adopción de las medidas preventivas necesarias frente a la COVID-19 en las explotaciones agrícolas de nuestra comunidad. Es por ello, que se traslada la obligación de presentar la declaración responsable a los titulares de las explotaciones agrarias.

Asimismo, tal y como se señala en la resolución que ahora se modifica, este sector tiene alto riesgo de contagio, tanto por la movilidad de las y los trabajadores como por las condiciones de alojamiento. El objetivo de las medidas es, en primer lugar, la prevención, en la medida de lo posible, de la propagación de contagios y brotes, así como lograr la agilidad necesaria en la detección de posibles casos positivos, y su seguimiento y control. En este sentido, también se modifica la redacción en relación con la realización de PCR, de forma que en la nueva situación no se contempla la realización de PCR en todos los casos, sino cuando se considere necesario por razones de salud pública. Finalmente, se establece que, en caso de que alguna persona trabajadora deba aislarse por ser caso positivo, se deberán garantizar un aislamiento en condiciones adecuadas.

En virtud de lo anterior, procede la modificación de determinados puntos de la resolución 604/2020, de 11 de agosto, del director general de Salud, en el sentido de modificar quién tiene la obligación de realizar la declaración responsable.

Por lo expuesto y en virtud del artículo 2.2 de la Ley Foral 10/1990, de 23 de noviembre, de Salud, con la conformidad de la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, y oídas las organizaciones y sindicatos del sector primario,

RESUELVO:

Primero.–Modificar el punto 3 de la Resolución 604/2020, de 11 de agosto, del director general de Salud, que queda redactado de la siguiente forma:

“Tercero.–Declaración responsable.

3.1.–Todas las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones agrarias en Navarra, tienen la obligación de comunicar a la Dirección General de Agricultura y Ganadería del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, las declaraciones responsables relativas a los y las trabajadoras que desarrollan la actividad laboral en la explotación agrícola de la que es titular, con independencia de que la contratación de este personal haya sido realizada directamente por el o la titular de la explotación o a través de una empresa de servicios o una empresa de trabajo temporal. Se debe hacer declaración responsable de las personas contratadas trabajadoras agrarias temporales para las campañas agrarias que se llevan a cabo en Navarra, que no están censadas en municipios de Navarra o que, aun estando censadas en municipios de Navarra hayan realizado campañas agrícolas en los dos últimos meses en otras comunidades autónomas o en otros países.

Los datos a comunicar son los que aparecen en la declaración responsable cuyo modelo se adjunta como anexo 1.

3.2.–La Administración de la Comunidad Foral de Navarra podrá comprobar la veracidad de los datos y las previsiones presentados en dichas declaraciones, a través de cruces de datos con las bases de datos propias y con las de otras Administraciones, con el fin de poder realizar controles e inspecciones posteriores. En el caso de que se deniegue a la administración la posibilidad de efectuar dichas comprobaciones, deberá presentar la documentación acreditativa que se le solicite”.

Segundo.–Modificar el punto sexto de la Resolución 604/2020, de 11 de agosto, del director general de Salud, que queda redactado como sigue:

“Sexto.–Realización de pruebas PCR.

6.1.–A todas las trabajadoras y trabajadores a los que se refiere esta resolución se les podrá realizar pruebas PCR cuando se detecten situaciones que puedan originar un riesgo para la salud pública.

6.2.–El coste de las citadas pruebas será a cargo del Departamento de Salud del Gobierno de Navarra”.

Tercero.–Modificar el punto séptimo de la Resolución 604/2020, de 11 de agosto, del director general de Salud que queda redactado de la siguiente forma:

“Séptimo.–Aislamiento de las personas con diagnóstico confirmado.

El aislamiento de las trabajadoras y trabajadores con diagnóstico confirmado de COVID-19 y contactos estrechos en su caso, se deberá realizar en establecimientos que garanticen condiciones objetivas para aislamiento sanitario adecuado”.

Cuarto.–Se modifica el anexo I que acompaña a esta resolución.

Quinto.–Publicación y efectos.

La presente resolución producirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 9 de septiembre de 2021.–El director general de Salud, Carlos Artundo Purroy.

Anexo I

Descargar declaración responsable (DOC).

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