BOLETÍN Nº 204 - 31 de agosto de 2021

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

MARCILLA

Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza municipal reguladora de tasas y precios públicos

El Pleno del Ayuntamiento de Marcilla, en sesión celebrada el día 27 de mayo de 2021, acordó aprobar inicialmente la modificación de la Ordenanza municipal reguladora de las tasas y precios públicos de Marcilla para el año 2021.

El anuncio fue publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 16, de 6 de julio de 2021.

Habiendo transcurrido el periodo de información pública de treinta días, y no habiéndose presentado alegaciones, de conformidad con el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, se entiende aprobada definitivamente.

Marcilla, 17 de julio de 2021.–El alcalde, Mario Fabo Calero.

IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA

–Dicho impuesto se regirá por lo establecido en la Ley Foral 2/1995, de 2 abril, reguladora de las Haciendas Locales.

–Bonificaciones.

1. Se establecen, sobre la cuota del impuesto, las siguientes bonificaciones, en base a lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 162 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Hacienda Locales de Navarra:

a) Una bonificación del 20 por 100 para los “vehículos certificados como ECO”.

b) Una bonificación del 50 por 100 para los “vehículos certificados como 0 emisiones”.

2. Para tener derecho a la correspondiente bonificación, el vehículo deberá tener el distintivo correspondiente de conformidad con el Anexo VIII de la Resolución de 8 de enero de 2016, de la Dirección General de Tráfico, por la que se establecen medidas especiales de regulación del tráfico durante el año 2016 o norma que lo sustituya.

3. Estos beneficios fiscales son de carácter rogado, surtiendo efectos a partir del devengo siguiente a aquel en que se produzca la solicitud, no alcanzando a las cuotas devengadas con anterioridad a esta, excepto en el supuesto de primera matriculación del vehículo, que tendrá efectos en el primer devengo del impuesto

4. Para la concesión de la bonificación el interesado deberá presentar la siguiente documentación:

–Solicitud.

–Fotocopia del permiso de circulación.

–Copia de la tarjeta de inspección técnica del vehículo, en la que se refleje, en su caso, la reforma del vehículo, así como la fecha de la misma.

–Documentación acreditativa de que el vehículo posee las características exigidas, salvo que las mismas figuren en la tarjeta de inspección técnica.

–Declaración jurada de encontrarse el titular del vehículo al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y otras del derecho público no tributarias con el Ayuntamiento a 1 de enero en el que se solicita la bonificación.

TASAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES

–Dicha tasa se regirá por lo establecido en la Ley Foral 2/1995, de 2 abril, reguladora de las Haciendas Locales.

–Reducciones en las tasas por la utilización de piscinas municipales.

Se establecen, sobre la cuota de la tasa, las siguientes reducciones:

• Una reducción del 10 por 100 sobre la tasa establecida para las familias numerosas.

• Una reducción del 10 por 100 para la tasa establecida para las familias monoparentales.

• Una reducción del 10 por 100 para la tasa establecida por tener el carnet joven,

–Para la concesión de la reducción el interesado deberá presentar la siguiente documentación:

• Solicitud.

• Documentación acreditativa de la titularidad de familia numerosa o monoparental o carnet joven.

La documentación de titularidad de familia numerosa se basará en la Ley Foral 20/2003, de 25 de marzo, de familias numerosas modificada en la Ley 6/2005, de 18 de mayo.

La documentación de titularidad de familia monoparental se basará en la Ley Foral 5/2019, de 7 de febrero, para la acreditación de las familias monoparentales en la Comunidad Foral de Navarra.

TASA POR ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE, SANEAMIENTO Y ALCANTARILLADO

–Reducción para familias numerosas y monoparentales.

La parte de la cuota correspondiente a los hechos imponibles previstos en el artículo 4.c) Consumo, objeto de regulación en la Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por abastecimiento de agua potable, saneamiento y alcantarillado del Ayuntamiento de Marcilla, será reducida en un 10%, respecto a la que con carácter general resulte de aplicación, cuando el obligado al pago sea titular del contrato de agua y saneamiento y ostente la condición de familia numerosa o familia monoparental (excepto tarifa canon saneamiento). Al efecto, deberá presentar en Registro Municipal la solicitud de bonificación del 10% correspondiente acompañada de los documentos que acrediten la titularidad de familia numerosa o monoparental. La titularidad de familia numerosa se podrá aplicar según Ley Foral 20/2003, de 25 de marzo, de familias numerosas y la modificación 6/2005, de 18 de mayo, de la anterior ley foral. En cuanto a las familias monoparentales se basarán en la Ley Foral 5/2019, de 7 de febrero, para la acreditación de las familias monoparentales en la Comunidad Foral de Navarra.

El Ayuntamiento de Marcilla, en cualquier momento, podrá realizar la comprobación de que se mantienen los requisitos exigidos para la concesión de esta reducción, procediendo a su eliminación en aquellos beneficiarios que hayan dejado de cumplir los requisitos, o no aporten los documentos que se hayan requerido para esta comprobación.

Código del anuncio: L2112634