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BOLETÍN Nº 200 - 26 de agosto de 2021
1. Comunidad Foral de Navarra
1.7. Otros
RESOLUCIÓN 305/2021, de 12 de agosto, de la directora general de Recursos Educativos, por la que se aprueban instrucciones para la prestación del servicio de comedor escolar, se hace pública la relación de comedores autorizados y se aprueban las tarifas y cuotas para el curso 2021/2022.
El Servicio de Financiación de Centros, Ayudas al Estudio y Servicios Complementarios ha presentado un informe en el que se propone una serie de instrucciones de funcionamiento, la publicación de la relación de comedores autorizados para el curso 2021/2022, y las tarifas y compensaciones autorizadas para dicho curso a los efectos de establecer las ayudas del Gobierno de Navarra, así como las cuotas máximas que por este servicio educativo deberán satisfacer los alumnos con ayuda.
Esta actuación se realiza en aplicación de lo establecido en la Orden Foral 186/1993, de 11 de mayo (Boletín Oficial de Navarra de 31-05-1993), del consejero de Educación y Cultura, por la que se desarrolla lo dispuesto en el Decreto Foral 246/1991, de 24 de julio, que regula el funcionamiento de los comedores de los centros públicos no universitarios de Navarra (Boletín Oficial de Navarra de 21-08-1991).
Teniendo en cuenta las especiales circunstancias generadas por la crisis sanitaria, provocada por la COVID-19, los comedores escolares adoptarán una serie de medidas preventivas encaminadas a evitar la expansión de la enfermedad entre todas las personas que acuden a un centro escolar. Estas medidas se determinan en el Protocolo de prevención y organización para el desarrollo de la actividad educativa presencial para el curso académico 2021-2022.
En virtud de las facultades conferidas en el Decreto Foral 267/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación,
RESUELVO:
1.º Autorizar para el curso 2021/2022 los comedores correspondientes a los centros públicos que se relacionan en el anexo I a la presente resolución, en favor de alumnos del Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial y Educación Secundaria Obligatoria.
2.º Aprobar las instrucciones para la organización y funcionamiento del servicio de comedor escolar durante el curso 2021/2022, que figuran como anexo II a la presente resolución. Se establece en este la relación de anexos que serán necesarios para la obtención de información de los centros.
3.º Que para dicho curso la ayuda a percibir por parte de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra se calculará conforme a los módulos económicos que figuran en el anexo III a la presente resolución, en el que también se determina la cuota que deberán abonar los alumnos con derecho a ayuda.
4.º Publicar la presente resolución y anexos en el Boletín Oficial de Navarra.
5.º Trasladar la presente resolución y anexos a los centros interesados, al Servicio de Financiación de Centros, Ayudas al Estudio y Servicios Complementarios, y a la Sección de Servicios Complementarios, a los efectos oportunos.
Pamplona, 12 de agosto de 2021.–La directora general de Recursos Educativos, Begoña Unzué Vela.
ANEXO I
Comedores autorizados para el curso 2021-2022
TIPO Y MODALIDAD DE GESTIÓN | |
COMARCALES DE GESTIÓN CONTRATADA | |
COMIDA TRANSPORTADA EN LÍNEA CALIENTE | |
ANCÍN | CPEIP/HLHIP Sierra de Lokiz |
ANSOÁIN | CPEIP/HLHIP Ezkaba |
BERIÁIN | Colegio Público de Educación Infantil y Primaria |
JAUNTSARATS | CPEIP/HLHIP Oihanzabal |
LUMBIER | CPEIP San Juan |
NOÁIN | CPEIP San Miguel |
ORKOIEN | CPEIP San Miguel CPEIP/HLHIP Auzalar |
PAMPLONA | CPEE Andrés Muñoz Garde |
TUDELA | CPEE Torre Monreal |
VILLAVA | CPEIP/HLHIP Lorenzo Goicoa CPEIP/HLHIP Atargi |
ZIZUR MAYOR | CPEIP Camino de Santiago CPEIP Catalina de Foix CPEIP/HLHIP Erreniega |
ELABORACIÓN DE LA COMIDA EN EL CENTRO | |
ABÁRZUZA | CPEIP/HLHIP Zumadia |
AOIZ | CPEIP/HLHIP San Miguel |
BERRIOZAR | CPEIP/ HLHIP Mendialdea I CPEIP/ HLHIP Mendialdea II |
BETELU | CPEIP/HLHIP Araxes |
CASCANTE | CPEIP Vicenta María |
DONEZTEBE / SANTESTEBAN | CPEIP/HLHIP San Miguel e IESO /DBHI Mendaur |
ELIZONDO | CPEIP/HLHIP Elizondo |
ESTELLA | CPEIP/HLHIP Remontival |
ETXARRI ARANATZ | CPEIP/HLHIP San Donato |
GARRALDA | CPEIP/HLHIP Ntra. Sra. de Orreaga e IESO/DBHI |
GOIZUETA | CPEIP/HLHIP Andrés Narbarte Xalto |
HUARTE | CPEIP/HLHIP Virgen Blanca |
IRURTZUN | CPEIP/HLHIP Atakondoa |
LARRAINTZAR | CPEIP/HLHIP Larraintzarko Ikastetxea IESO/DBHI |
LEITZA | CPEIP/HLHIP Erleta e IES / DBHI.Amazabal |
LEKUNBERRI | CPEIP/HLHIP Ibarberri |
LESAKA | CPEIP/HLHIP Irain |
LOS ARCOS | CPEIP Santa María |
LUZAIDE / VALCARLOS | Colegio Público de Educación Infantil y Primaria/HLHIP |
MUTILVA | HLHIP Irulegi CPEIP San Pedro |
OCHAGAVÍA | Colegio Público de Educación Infantil y Primaria/HLHIP e IESO/DBHI |
OLITE | CPEIP Príncipe de Viana |
PUENTE LA REINA | Colegio Público de Educación Infantil y Primaria |
RONCAL | CPEIP/HLHIP Julián Gayarre e IESO/DBHI |
SANGÜESA | CPEIP Luis Gil |
TAFALLA | CPEIP Marqués de la Real Defensa |
VIANA | CPEIP Ricardo Campano e IESO |
ZUBIRI | CPEIP/HLHIP Gloria Larrainzar Eugi |
ZUDAIRE | CPEIP Las Améscoas |
ORDINARIOS DE GESTIÓN CONTRATADA | |
COMIDA TRANSPORTADA EN LÍNEA CALIENTE | |
ALLO | CPEIP La Cruz |
ANDOSILLA | CPEIP Virgen de la Cerca |
ARIZKUN | Colegio Público de Educación Infantil y Primaria/ HLHIP |
ARGUEDAS | CPEIP Sancho Ramírez |
ARRONIZ | CPEIP La Balsa |
AUZBERRI / ESPINAL* | Colegio Público de Educación Infantil y Primaria/HLHIP |
AZAGRA | CPEIP Francisco Arbeloa |
AZPILKUETA | CPEIP Azpilkueta |
BARAÑÁIN | CPEIP/HLHIP Alaiz CPEIP Eulza CPEIP Los Sauces |
BARÁSOAIN | CPEIP Martín Azpilcueta |
BEIRE | Colegio Público de Eduación Infantil y Primaria |
BUÑUEL | CPEIP Santa Ana |
BURLADA | CPEIP Hilarión Eslava CPEIP/HLHIP Ermitaberri |
CABANILLAS | CPEIP San Juan de Jersusalén |
CAPARROSO | CPEIP Virgen del Soto |
CARCASTILLO | CPEIP Virgen de la Oliva |
CASTEJÓN | CPEIP Dos de Mayo |
CINTRUÉNIGO | CPEIP Otero de Navascués |
CORTES | CPEIP Cerro de la Cruz |
FONTELLAS | CPEIP Virgen del Rosario |
FUSTIÑANA | CPEIP Santos Justo y Pastor |
GARTZAIN | Colegio Público de Educación Infantil y Primaria/HLHIP |
IRURITA | CPEIP/HLHIP Irurita |
LEGASA | CPEIP/HLHIP Legasa |
LAKUNTZA | CPEIP/HLHIP Lakuntzako herri eskola |
LARRAGA | CPEIP San Miguel |
LERÍN | CPEIP doña Blanca de Navarra |
LODOSA | CPEIP Ángel Martínez Baigorri |
MENDAVIA | CPEIP San Francisco Javier |
MENDIGORRIA | CPEIP Julián M.ª Espinal Olcoz |
MONTEAGUDO | CPEIP Honorio Galilea |
MURCHANTE | CPEIP Mardones y Magaña |
OLAZTI-OLAZAGUTIA | CPEIP Domingo Bados |
ORONOZ-MUGAIRE | CPEIP/HLHIP Oronoz |
OTEIZA | CPEIP San Salvador |
PAMPLONA | CPEIP/HLHIP Amaiur |
CPEIP Azpilagaña | |
CPEIP/HLHIP Bernart Etxepare | |
CPEIP/HLHIP Buztintxuri | |
CPEIP Cardenal Ilundáin | |
CPEIP doña Mayor de Navarra | |
CPEIP Ermitagaña | |
CPEIP García Galdeano | |
CPEIP/HLHIP Hegoalde | |
CPEIP Iturrama | |
CPEIP José María de Huarte | |
CPEIP/HLHIPEl Lago de Mendillorri | |
CPEIP/HLHIP Mendigoiti | |
CPEIP/HLHIP Mendillorri | |
CPEIP Nicasio de Landa | |
CPEIP/HLHIP Patxi Larraintzar | |
CPEIP Rochapea | |
CPEIP/HLHIP San Francisco | |
CPEIP San Jorge | |
CPEIP/HLHIP Sanduzelai | |
CPEIP San Juan de la Cadena | |
CPEIP Paderborn Víctor Pradera | |
PERALTA | CPEIP Juan Bautista Irurzun |
RIBAFORADA | CPEIP San Bartolomé |
SAN ADRIÁN | CPEIP Alfonso X El Sabio |
SARRIGUREN | CPEIP Hermanas Úriz Pi |
SARRIGUREN | CPEIP/HLHIP Joakin Lizarraga |
TUDELA | CPEIP Elvira España CPEIP Griseras CPEIP Huertas Mayores CPEIP Monte San Julián |
UHARTE ARAKIL | CPEIP San Miguel |
VALTIERRA | CPEIP Félix Zapatero |
VILLAFRANCA | CPEIP El Castellar |
ELABORACIÓN DE LA COMIDA EN EL CENTRO | |
ALTSASU / ALSASUA | CPEIP/HLHIP Zelandi |
AMAIUR / MAYA | Colegio Público de Educación Infantil y Primaria/HLHIP |
ARANTZA | Colegio Público de Educación Infantil y Primaria/HLHIP |
ARBIZU | Colegio Público de Educación Infantil y Primaria/HLHIP |
BERA | CPEIP/HLHIP Ricardo Baroja |
CORELLA | CPEIP Ciudad de Corella |
ERRATZU / ERRAZU | Colegio Público de Educación Infantil y Primaria/HLHIP |
ERRO | CPEIP/HLHIP San Esteban |
ETXALAR | CPEIP/HLHIP Landagain |
ITUREN | CPEIP/HLHIP Pulunpa |
MILAGRO | CPEIP Ntra. Sra. del Patrocinio |
PAMPLONA | CPEIP Vázquez de Mella- Bayonne |
ZUGARRAMURDI | HLHIP Urdax- Zugarramurdi |
ANEXO II
Instrucciones de comedor escolar
1.–Introducción. Previsión y actualización de datos de comedor escolar.
Debido a las circunstancias generadas por la crisis sanitaria provocada por la COVID-19, las ayudas de comedor para el alumnado transportado y/o de economía desfavorecida en el curso 2021/2022 se concederán inicialmente, vinculadas a la jornada escolar continua, durante 175 días/curso, de septiembre a junio, 5 días /semana, salvo que se considere que hay que pasar a otra situación debido a la variación del riesgo sanitario o se modifique la jornada escolar.
Los comedores escolares tendrán que adoptar una serie de medidas preventivas encaminadas a evitar la expansión de la enfermedad entre todas las personas que acuden a un centro escolar. Estas medidas son determinadas en el Protocolo de prevención y organización para el desarrollo de la actividad educativa presencial para el curso académico 2021-2022. La gestión y la organización del servicio de comedor según el Protocolo de prevención y organización para el desarrollo de la actividad educativa presencial, requieren del establecimiento de las instrucciones, con los anexos que deben aportarse para la obtención de la información necesaria. Los datos necesarios se aportarán por los centros educativos y el Centro de Recursos de Educación Especial de Navarra (CREENA), a principio de curso y periódicamente para la gestión y organización del servicio de comedor.
Los datos serán proporcionados a la Sección de Servicios Complementarios, mediante los anexos siguientes y que se adjuntan a esta Resolución, en las fechas que se indican.
La información será aportada por cada centro según corresponda, y a través del correo electrónico: complementarioseducativos@navarra.es. El aporte de esta información será necesario para la realización de las diferentes comprobaciones y abonos de las ayudas de comedor de acuerdo con lo establecido en la Orden Foral 186/1993, de 11 de mayo, por la que se desarrolla lo dispuesto en el Decreto Foral 246/1991, de 24 de julio por el que se regulan los comedores de los centros públicos no universitarios de Navarra.
En cada uno de los anexos deberá figurar el nombre del centro, la fecha en que se da la información y el curso.
2.–Gratificaciones y cuotas.
En el Anexo III, en el caso de comedores comarcales, se relacionan las cuantías de las compensaciones autorizadas por día en importe bruto, según el número total de alumnado usuario del servicio de comedor, para las figuras del Encargado de comedor, Administrador y Cuidadores, siempre que éstos últimos sean profesores. Con respecto a esta cuestión, se establecen una serie de medidas de carácter organizativo, que se incorporan a este Anexo III. Dichas compensaciones se percibirán a través de la nómina por tener carácter retributivo y han sido actualizadas conforme a lo establecido en la Ley Foral de Presupuestos de Navarra para 2021 (artículo 32).
No podrá percibirse ningún tipo de compensación económica más allá de la establecida en estas Instrucciones con cargo a la cuenta del comedor del centro.
La cuota a abonar en los comedores comarcales por parte del alumnado transportado y de economías desfavorecidas será de 1,75 euros/día, los cinco días de la semana del servicio de comedor. No se podrá subir bajo ningún concepto esta cuantía (el Departamento de Educación asumirá los sobrecostes que se produzcan en la cuota de comedor, para estas familias de alumnado transportado y de economías desfavorecidas).
Tanto el alumnado no subvencionado de los comedores comarcales como la totalidad de alumnado de los comedores ordinarios, debido a las medidas COVID-19 implementadas, es posible que vean incrementada la cuota diaria por el servicio de comedor. En este sentido, se recuerda que tal y como establece el apartado 12 del artículo 5.º de la Orden Foral 186/1993, de 11 de mayo, del Consejero de Educación y Cultura, los excedentes económicos existentes en las cuentas de comedor, podrán emplearse para la reducción de las cuotas de los comensales.
3.–Alumnado usuario de comedor.
En el anexo IV se relacionará el alumnado usuario de comedor señalando el tipo de comensal (no subvencionado; transporte organizado; ayuda individualizada de transporte; economías desfavorecidas; transportado y además economía desfavorecida), las fechas de altas y bajas que se puedan producir, y la asistencia del alumnado (días efectivos de asistencia al comedor escolar de cada uno de los alumnos-as). Esta condición será necesaria, en el caso del alumnado subvencionado, para el posterior abono de las ayudas de comedor.
Se realizarán ajustes por ausencias al comedor. Sin perjuicio de que se puedan incluir otra serie de motivos, con carácter general, el Departamento de Educación asumirá una parte del gasto general (monitores) asociado a días de absentismo y al alumnado que esporádicamente no acuden al comedor. En este sentido, se considerará absentismo esporádico el que no supere el 10% de los días de comedor a lo largo del curso. En estos casos, se abonan 2euros por comensal (no se descontará todo el módulo de subvención, sino que se descontará el módulo, menos 2euros). El absentismo de alumnado que supere ese 10% no se considerará esporádico, y no generará compensación alguna. El correspondiente ajuste del curso 2021/2022 se realizará en el abono del primer trimestre del curso 2022/2023, una vez que se tengan los datos totales de absentismo del curso anterior.
Asimismo, será necesario aportar los certificados de los servicios sociales de base o unidades de barrio de las diferentes mancomunidades o ayuntamientos, que certifiquen la pertenencia a unidades familiares de economías desfavorecidas del alumnado que vaya a percibir la ayuda de comedor por este motivo. En el caso de que exista alumnado que cumpla a la vez con la condición de trasportado y de economía desfavorecida, se designarán ambas condiciones y deberán también, aportarse certificados de los servicios sociales de base o unidades de barrio de las diferentes mancomunidades o ayuntamientos.
El alumnado que utilice el servicio de transporte en plaza vacante, será considerado como “no-subvencionado” en el comedor.
En el anexo V se recoge el resumen del número alumnado usuario de comedor por niveles:
1. Número de alumnado transportado (incluidos los que utilizan transporte organizado o perciben ayudas individualizadas de transporte, y no incluido el alumnado en plaza vacante).
2. Número de alumnado de economías desfavorecidas.
3. Número de alumnado de economías desfavorecidas y transportados (alumnado que cumpla ambas condiciones)
4. Número de alumnado no subvencionado.
5. Número total de alumnado usuario de comedor.
La información de los anexos IV y V será requerida a los centros en estas fechas:
1. Del 8 al 15 de septiembre de 2021: Listado nominal correspondientes al primer trimestre. Comedores comarcales.
2. Del 21 de octubre al 5 de noviembre de 2021: las actualizaciones correspondientes al primer trimestre. Comedores comarcales y ordinarios.
3. Del 10 de enero al 21 de enero de 2022: las modificaciones (actualización y asistencias) correspondientes al primer trimestre se ajustarán en el segundo trimestre. Comedores comarcales y ordinarios.
4. Del 1 al 13 de abril de 2022: las modificaciones (actualización y asistencias) correspondientes al segundo trimestre se ajustarán en el tercer trimestre. Comedores comarcales y ordinarios.
5. Del 22 al 29 de junio de 2022: las modificaciones (actualización y asistencias) correspondientes al tercer trimestre se ajustarán en el primer trimestre del siguiente curso 2022-2023. Comedores comarcales y ordinarios.
En el caso que se produzcan variaciones en la situación pandémica podrán solicitarse datos de comensales en fechas diferentes a las establecidas.
La previsión para el curso 2022-2023 deberá ser remitida en la fecha que se determine teniendo en cuenta el calendario establecido mediante resolución para la admisión del alumnado de segundo ciclo Infantil y Primaria, así como la resolución de admisión de alumnado de Enseñanza de Secundaria Obligatoria.
4.–Director / presidente de la APYMA, encargado, administrador y cuidador del centro.
En el anexo VI, solo en el caso de comedores comarcales, se informará de los datos del personal encargado de comedor, administrador y cuidador profesor del Centro (si lo hubiera). Estos datos deberán ser remitidos antes del 20 de septiembre para poder realizar los abonos de las gratificaciones en nómina.
En el caso en que se produzcan variaciones en el desempeño de estas funciones (bajas, permisos, excedencias...), deben ser notificadas al Departamento, en el momento que se produzcan, para su correcto abono en nómina.
4.1. Funciones.
Las funciones de director/presidente Apyma, del encargado/a, del administrador/a y profesor/a cuidador/a del centro, son las establecidas en el Decreto Foral 246/1991, por el que se regulan los comedores escolares de los centros públicos no universitarios de Navarra en los niveles de enseñanza obligatoria:
1. Corresponden al director/a del centro en los comedores comarcales, o al presidente/a de la asociación responsable en el caso de los comedores ordinarios, las siguientes funciones:
a) Desempeñar la jefatura del personal que preste sus servicios en el comedor.
b) Supervisar las medidas higiénicas, sanitarias y de seguridad a adoptar en el comedor.
c) Controlar la llevanza de la contabilidad y supervisar la organización del comedor.
2. Corresponden al encargado/a del comedor las siguientes funciones:
a) Organizar el servicio de comedor:
O colaborando con la Sección de Servicios Complementarios en la supervisión de la correcta ejecución del contrato, especialmente en lo que se refiere a cumplimiento de menús y alimentos.
O notificando a la Sección de Servicios Complementarios cualquier incidencia respecto a lo indicado en el apartado anterior.
O supervisando y controlando las presencias y absentismos del alumnado subvencionado usuario del comedor.
b) Velar por la higiene y la seguridad en el comedor.
El encargado/a, que comerá con los usuarios, tendrá derecho a hacer uso gratuito del servicio de comedor.
3. Corresponden al administrador/a las siguientes funciones:
a) Ordenar los pagos y entregar los justificantes de los mismos a la Comisión Económica del Consejo Escolar.
b) Efectuar los cobros e ingresarlos en la cuenta del comedor y entregar los justificantes de los mismos a quienes abonen las cantidades correspondientes y a la Comisión Económica del Consejo Escolar.
c) Llevar la contabilidad.
d) Elaborar las minutas, con arreglo a las directrices emanadas de la Comisión Económica del Consejo Escolar.
En caso de que no existan aspirantes a los cargos de Encargado y/o Administrador de comedores comarcales, el Consejo Escolar designará a los titulares de dichos cargos con carácter obligatorio.
4. Corresponde a los profesores/as cuidadores/as velar por el correcto comportamiento de los comensales y prestar sus servicios durante la comida y el tiempo libre de los alumnos anterior y posterior a la misma.
4.2. Ratios.
Atendiendo a la especial situación sanitaria y de acuerdo con el protocolo establecido, en cuanto a número máximo de alumnado por unidad de convivencia estable, se establece una reducción de alumnado por cada monitor/cuidador de comedor durante la prestación del servicio para el curso 2021-22, siempre y cuando las autoridades sanitarias no consideren que hay que pasar a otra situación más restrictiva debido a un aumento de la posibilidad de riesgo sanitario.
Las ratios establecidas son las que se determinan en el siguiente cuadro:
VARIABLES RATIO | |
Ratio infantil | 15 |
Fracción ratio infantil | 10 |
Ratio 1.º 2.º primaria | 15 |
Fracción ratio 1.º 2.º primaria | 10 |
Ratio 3.º 6.º primaria | 24 |
Fracción ratio 3.º 6.º primaria | 16 |
Ratio ESO | 24 |
Fracción ratio ESO | 16 |
Horas monitor/cuidador | 2:00 - 2:30 |
Se podrá aumentar el tiempo de cuidador a 2h 30m, si fuese necesario, para el mantenimiento de las medidas higiénico-sanitarias en los espacios destinados al servicio de comedor.
Se podrá ajustar el número total de monitores/cuidadores de comedor en función del total de “grupos estables” que se establezcan en la distribución del comedor. Deberá solicitarse este ajuste mediante correo enviado a la Sección de Servicios Complementarios (complementarioseducativos@navarra.es).
5.–Horarios y uso del comedor.
En el anexo VII se señalarán los horarios de inicio y fin de clases, así como del comienzo y fin del servicio de comedor, para las etapas educativas que correspondan al centro, para cada turno (si los hubiera), para cada día de la semana y para los meses de septiembre y junio. Esta información será remitida junto con los datos aportados en el anexo IV y V antes del 15 de septiembre.
6.–Calendario de remisión de información: |
FECHAS DE REMISIÓN | ANEXOS | |
COMEDORES COMARCALES | COMEDORES ORDINARIOS | |
10 de septiembre 2021 | Número de monitoras en función de grupos estables y ratio. Horas por cuidador. | |
Del 8 al 15 de septiembre 2021 | Anexo IV.–Listado nominal alumnado usuario de comedor. Curso 2021-22 Anexo V.–Resumen comedor curso 2021-22. Anexo VII.–Horario infantil, primaria y secundaria curso 2021-22. | |
20 de septiembre 2021 | Anexo VI.–Encargado, administrador y cuidadores profesores del centro. Curso 2021-22. | |
Octubre | POSIBLE REVISIÓN SEGÚN SITUACIÓN SANITARIA | |
Del 21 de octubre al 5 de noviembre 2021 | Anexo IV.–Actualización del listado nominal alumnado usuario de comedor. 1.º trimestre curso 2021-22. Anexo V.–Actualización datos resumen comedor. 1.º trimestre curso 2021-22. | Anexo IV.–Listado nominal alumnado usuario de comedor 1.º trimestre curso 2021-22. Anexo V- Datos resumen comedor. 1.º trimestre curso 2021-22. |
Diciembre | POSIBLE REVISIÓN SEGÚN SITUACIÓN SANITARIA | |
Del 10 al 21 de enero 2022 | Anexo IV.–Actualización del listado nominal alumnado usuario de comedor y ajuste del 1.º trimestre curso 2021-22. Anexo V.–Actualización datos resumen comedor. 1.º trimestre curso 2021-22. | Anexo IV.–Actualización del listado nominal alumnado usuario de comedor y ajuste del 1.º trimestre curso 2021-22. Anexo V- Actualización datos resumen comedor. 1.º trimestre curso 2021-22. |
Marzo-abril 2022 | Anexo IV.–Previsión listado nominal alumnado usuario de comedor curso 2021-22. Anexo V.–Previsión datos resumen comedor curso 2021-22. | |
Del 1 al 13 abril 2022 | Anexo IV.–Actualización del listado nominal alumnado usuario de comedor y ajuste del 2.º trimestre curso 2021-22. Anexo V.–Actualización datos resumen comedor. (2.º trimestre curso 2021-22). | Anexo IV.–Actualización listado nominal alumnado usuario de comedor y ajuste del 2.º trimestre. curso 2021-22. Anexo V- Actualización datos resumen comedor. (2.º trimestre curso 2021-22). |
Del 22 al 29 junio 2022 | Anexo IV.–Actualización del listado nominal alumnado usuario de comedor (3.º trimestre curso 2021-22). Anexo V.–Actualización datos resumen comedor. (3.º trimestre curso 2021-22). | Anexo IV.–Actualización del listado nominal alumnado usuario de comedor (3.º trimestre curso 2021-22). Anexo V.–Actualización datos resumen comedor. (3.º trimestre curso 2021-22). |
7.–Cuentas de comedor.
Cualquier cambio de las personas responsables del comedor será notificado a la Sección de Servicios Complementarios y, a los efectos de cambio de firma autorizada para la utilización de la cuenta corriente del comedor, a la Sección de Presupuestos y Gestión Económica.
Los cargos que se realicen en la cuenta de comedor serán exclusivamente los que correspondan a la prestación del servicio de comidas. Quedan excluidos expresamente conceptos tales como:
–Material informático y de ocio (juegos, libros, etc.).
–Ropa de trabajo y productos relacionados con medidas higiénicas debidas a la pandemia y otros no relacionados con el comedor.
–Productos de alimentación no incluidos en el menú (golosinas, palomitas, txistorradas, chocolatadas, y otros)
–Aguinaldos y regalos.
–Productos de farmacia y aseo personal.
–Gastos producidos por acondicionamiento de espacios distintos al comedor (patios, vallados, murales, mobiliario urbano, zonas de juegos), o de comedores sin autorización.
–Desratización y desinsectación.
–Adelantos de gastos de actividades correspondientes a otras cuentas.
–Actividades organizadas por las APYMA (ludotecas, talleres, paelladas y monitores relacionados con ellas).
–Pagos realizados a personal responsable de comedor del centro (administradores y encargados de comedor).
–Suministros y productos de limpieza (punto 8).
–Seguros.
Las cuentas de comedor serán revisadas periódicamente por la Sección de Servicios Complementarios y se solicitará justificaciones, explicaciones y –en su caso– la correspondiente regularización si se realizan cargos que no correspondan a dicha cuenta.
Para un mayor control de los gastos, se podrán solicitar a los centros las facturas realmente abonadas a las empresas que prestan el servicio.
8.–Material de limpieza y consumos.
De acuerdo a lo establecido en el Decreto Foral 250/1992, de 6 de julio, por el que se regula el régimen de los ingresos y gastos derivados del funcionamiento de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Foral de Navarra, y con carácter general, los gastos destinados al mantenimiento, conservación y vigilancia de los inmuebles en centros de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial, tales como los de suministro de energía eléctrica, agua, calefacción y limpieza, entre otros, no se incluirán en los estados de gastos, por tratarse de atenciones que corresponde costear a las entidades locales titulares de los edificios escolares.
Según el decreto foral anteriormente citado, los consumos de suministros (agua, electricidad, gas, etc.), así como la limpieza general de los locales en los que se ubican las instalaciones de cocina y las dependencias del comedor, en cuanto instalaciones propias del centro escolar, deberán ir a cargo del ayuntamiento correspondiente. En ningún caso podrán abonarse con cargo a la cuenta del comedor del centro.
El material de limpieza será aportado por el centro con cargo a la partida general de gastos de funcionamiento del centro, y no podrá incluirse como gasto en la cuenta de comedor del centro. (artículo 3.º puntos 3 y 4 de la Orden Foral 186/1993, de 11 de mayo, por la que se desarrolla lo dispuesto en el Decreto Foral 246/1991, de 24 de julio por el que se regulan los comedores de los centros públicos no universitarios de Navarra).
El material necesario debido a la situación COVID-19 será solicitado a la Sección de Mantenimiento de Centros y Dependencias a través del formulario específico remitido para ello a los centros, no aceptándose en ningún caso cargos por estos conceptos en la cuenta de comedor.
ANEXO III
Cuotas y gratificaciones autorizadas para el curso 2021-2022
Cuotas autorizadas para alumnado beneficiario comedores comarcales.
NÚMERO DE COMENSALES | POR CADA ALUMNO Y DÍA |
0-80 | 1,75 euros |
81-160 | 1,75 euros |
161-240 | 1,75 euros |
+240 | 1,75 euros |
No se podrá subir bajo ningún concepto esta cuantía (el Departamento de Educación asumirá los sobrecostes que se produzcan en la cuota de comedor, para estas familias de transportados y economías desfavorecidas).
Módulo económico del Gobierno de Navarra.
Comedores comarcales | Se fijará para cada comedor en función de lo dispuesto en el artículo 22 del Decreto Foral 246/1991, de 24 de julio (Boletín Oficial de Navarra 21-08-91). |
Comedores ordinarios | Se fijará para cada comedor por homologación con los comedores comarcales |
Excepcionalmente, y siempre que las disponibilidades presupuestarias lo permitan sin menoscabo de ninguna otra actividad financiada con la partida de comedores escolares, se podrán compensar los déficits originados en las cuentas de comedor como consecuencia de impagos de la cuota fijada por el Departamento de Educación a cargo de las familias de alumnos transportados que además se encuentren en situación socioeconómica desfavorecida, siempre que las mismas tengan a todos sus posibles perceptores de renta sin percibir ninguna retribución o ayuda de algún tipo durante la totalidad del presente curso escolar. La demostración de esta situación se producirá mediante la presentación de un certificado del servicio social de base de la localidad donde resida el alumno, que señale expresamente esta circunstancia.
Gratificaciones autorizadas por día en importe bruto.
Según lo establecido en la Ley Foral 20/2020, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2021, en el Artículo 32.º: “Compensaciones retributivas del personal docente que presta sus servicios en los comedores escolares subvencionados por el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra” y conforme a lo dispuesto en el Decreto Foral 246/1991, de 24 de julio, por el que se regulan los comedores escolares de los centros públicos no universitarios de Navarra en los niveles de enseñanza obligatoria, y la Orden Foral 186/1993, de 11 de mayo, del consejero de Educación y Cultura, por la que se desarrolla lo dispuesto en el citado Decreto Foral 246/1991,el personal que realice las funciones de administrador/a, encargado/a o cuidador/a de comedor percibirá por cada día de desempeño efectivo las siguientes retribuciones brutas:
NÚMERO | ENCARGADO/A | ADMINISTRADOR/A | POR CADA CUIDADOR/A |
0-80 | 17,40 euros | 15,38 euros | 17,40 euros |
81-160 | 19,42 euros | 15,38 euros | 17,40 euros |
161-240 | 20,83 euros | 17,23 euros | 17,40 euros |
+240 | 21,55 euros | 19,74 euros | 17,40 euros |
Las gratificaciones que recibe el profesorado tienen carácter retributivo y se percibirán en nómina.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
Anexo IV.–Listado nominal de alumnado usuario de comedor.
Anexo V.–Resumen de comedor.
Anexo VI.–Encargado, administrador y cuidadores del centro.
Anexo VII.–Horario infantil, primaria y secundaria.
Descargar todos los modelos a cumplimentar (DOC).
Código del anuncio: F2112571
Acceso
Boletín Oficial de Navarra
Paseo Pablo Sarasate, 38, 2.º izda.
31001 - Pamplona (Navarra)
848 42 12 50