BOLETÍN Nº 170 - 22 de julio de 2021

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS DE IZAGA

Convocatoria para la provisión, en promoción interna restringida mediante oposición, de dos plazas de oficial administrativo

Mediante Resolución de Presidencia número 29/2021, de 6 de julio de 2021, se ha aprobado la convocatoria y sus bases para la provisión interna restringida mediante oposición, de dos plazas de oficial administrativo al servicio de la Mancomunidad de Servicios Administrativos de Izaga.

La oposición se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto en la normativa que resulte de aplicación y a lo establecida en las siguientes:

BASES

1.–Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, en promoción interna restringida mediante oposición, de 2 plazas oficial administrativo (asimilado a nivel C), a través del procedimiento previsto en el artículo 15.6 del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

1.2. En la plantilla orgánica del año 2021, modificada por acuerdo de Asamblea de fecha 13 de mayo de 2021, se acuerda la creación de dos plazas de oficial administrativo nivel C para su provisión mediante promoción interna restringida, sin que suponga incremento alguno del número de puestos en la plantilla existente. En caso de que este procedimiento finalice con su provisión, se amortizarán automáticamente las dos plazas de auxiliar administrativo de nivel D. Estas plazas nivel C, códigos de plantilla 004 y 005 son el objeto de esta convocatoria.

1.3. Quienes, tras superar las correspondientes pruebas selectivas, resulte nombrados/as para desempeñar el puesto de trabajo indicado, serán encuadrados/as en el Nivel/Grupo C y percibirán las retribuciones establecidas para dicho puesto de trabajo en la plantilla orgánica.

1.4. Serán promocionadas las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición.

1.5. Las personas promocionadas quedarán adscritas al mismo servicio o área en el que estaban ejecutando los trabajos y funciones adecuados al nivel y categoría de la convocatoria y a los estudios exigidos, desempeñando las funciones que venían realizando hasta el momento, además de las derivadas de su nuevo nivel de encuadramiento.

1.6. La participación en la presente promoción de nivel no supondrá en ningún caso modificación del régimen jurídico funcionarial o laboral que tuviera el personal antes de la promoción, continuando, asimismo, con el mismo régimen de derechos pasivos y asistencia sanitaria.

2.–Requisitos de las personas aspirantes.

Para ser admitidas a la presente oposición, las personas aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ser personal funcionario o personal contratado laboral fijo al servicio de la Mancomunidad de Servicios Administrativos Izaga y hallarse encuadrado/a en el nivel o grupo D.

b) Haber sido nombrado/a o contratado/a para ocupar un puesto de Auxiliar Administrativo (Nivel D).

c) No hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa en el puesto desde el que se pretende promocionar.

d) Acreditar cinco años de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas de Navarra.

e) Estar en posesión del Título de Bachillerato, Formación Profesional de segundo grado o equivalente, o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

Tal y como establece el artículo 15.2 el requisito de la titulación podrá suplirse en este caso (Nivel C), por la acreditación de ocho años de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas.

3.–Instancias.

3.1. Las instancias para poder participar en la Convocatoria deberán ajustarse al modelo que figura en el anexo I, y se registrarán en las sedes de la Mancomunidad de Servicios Administrativos Izaga, o mediante cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en el plazo de treinta días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra, En ella los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo para la presentación de instancias.

En caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada.

3.2. Se adjuntará con la instancia la documentación acreditativa de la titulación exigida en la convocatoria.

3.3. El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.

4.–Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia dictará resolución aprobando la lista provisional de personal aspirantes admitidas y excluidas, y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, tablones de anuncios y página web de la Mancomunidad.

4.2. Las personas aspirantes excluidas, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido, dentro de los 10 días hábiles siguientes al de publicación de la lista provisional en el Boletín Oficial de Navarra.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas estas, la Presidencia dictará Resolución aprobando la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, ordenando la publicación de las mismas en el Boletín Oficial de Navarra, tablón de anuncios y página web. En la misma resolución se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

En caso de que no exista ninguna persona excluida se aprobará directamente la relación como lista definitiva.

5.–Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

–Presidente/a: Presidente/a de la Mancomunidad de Servicios Administrativos Izaga, Elsa Plano Urdaci o persona en quien delegue.

–Vocal: Doña Virginia Itoiz Equisoain, interventora de la Mancomunidad de Servicios Administrativos Izaga o persona en quien delegue.

–Vocal: Don Koldo Albira Sola, Vicepresidente de la Mancomunidad de Servicios Administrativos Izaga o persona en quien delegue.

–Vocal: Don/doña Ines Villanueva Abaurrea, oficial administrativo de la Mancomunidad de Servicios Administrativos Izaga o persona en quien delegue.

–Vocal/Secretario/a: El/la de la Mancomunidad de Servicios Administrativos Izaga, Beñat Ripodas Beroiz o persona en quien delegue.

5.2. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal Calificador cuando concurran las circunstancias anteriormente aludidas (art. 24 de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre).

5.3. El Tribunal deberá constituirse antes del comienzo de las pruebas selectivas.

5.4. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

5.5. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las presentes bases.

5.6. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal en base exclusivamente de aquellas.

6.–Desarrollo de la oposición.

El proceso de selección consistirá en el desarrollo de una prueba teórica y práctica y que versará sobre las funciones, cometidos y desempeños de los mismos.

a) Primer ejercicio: Ejercicio teórico: Constará de 30 preguntas tipo test en relación con los temas del programa que figura en el Anexo II de esta convocatoria, siendo su máxima puntuación 30 puntos. En cada pregunta se formularán tres opciones de respuesta. Cada respuesta positiva computará un punto. No se penalizará las respuestas negativas.

La duración de este ejercicio no podrá exceder de 45 minutos.

b) Segundo ejercicio: Ejercicio práctico: Consistirá en desarrollar un supuesto práctico. Consistirá en la elaboración de un documento administrativo: instancia, certificado, bando, traslado de acuerdos, etc.

La máxima puntuación del ejercicio práctico será de 30 puntos.

La duración de este ejercicio no podrá exceder de 45 minutos.

6.4. Superarán la oposición las personas aspirantes que alcancen, al menos, 30 puntos en la suma de los dos ejercicios.

6.5. Una vez terminado el proceso selectivo, el Tribunal, hará pública en el lugar de celebración del mismo, en el tablón de anuncios de la Mancomunidad de Servicios Administrativos Izaga y en la página web la lista de aspirantes con las calificaciones obtenidas.

6.6. Las pruebas se realizarán mediante llamamiento único, al que las personas aspirantes deberán acudir provistas del documento nacional de identidad o asimilado legalmente. Las personas que no comparezcan a las mismas quedarán eliminadas.

7.–Relación de personas aprobadas.

7.1. Terminada la calificación del ejercicio, el Tribunal hará pública, en el tablón de anuncios de la Mancomunidad de Servicios Administrativos Izaga y en la página web, la relación de personas aspirantes aprobadas por orden de puntuación obtenida.

7.2. El Tribunal elevará al órgano convocante propuesta de nombramiento en favor del/la aspirante aprobado/a que tenga cabida en la plaza convocada, según lo establecido en la Base 6 de la presente convocatoria.

8.–Nombramiento y toma de posesión.

8.1. Concluido el procedimiento selectivo a que se refiere la base anterior, la Presidencia nombrará mediante resolución a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, especificando su nuevo nivel de encuadramiento. Dicho nombramiento será publicado en el Boletín Oficial de Navarra.

8.2. El/la aspirante nombrado/a deberá formalizar anexo a su contrato laboral en el plazo de un mes a contar desde la notificación del nombramiento. Quien en dicho plazo, salvo los casos de fuerza mayor, no formalizara anexo, perderá todos los derechos para la adquisición del nuevo nivel de encuadramiento.

9.–Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrán interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:

A) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

B) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

C) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Contra los actos del Tribunal Calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el órgano municipal convocante, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

Urroz-Villa, 6 de julio de 2021.–La presidenta, Elsa Plano Urdaci.

ANEXO I

Formulario de solicitud (PDF).

ANEXO II

Temario

Tema 1.–La Administración Local de Navarra. Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra. Capítulo I del Título I: Municipios.

Tema 2.–La Administración Local de Navarra. Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra. Capítulo II del Título I: Otras Entidades Locales.

Tema 3.–La Administración Local de Navarra. Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra. Título III. Régimen de funcionamiento de las Entidades Locales de Navarra. Información y participación ciudadanas.

Tema 4.–Texto Refundido del Estatuto de Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra. Decreto Foral 251/1993, de 30 de agosto. Título I: Disposiciones generales. Capítulos I, II, III, IV, y V del Título II (Funcionarios Públicos).

Tema 5.–Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Título Preliminar: Objeto y finalidad de la Ley Foral. Capítulo I del Título V: Intervención Administrativa en la edificación y usos del suelo y disciplina urbanística.

Tema 6.–Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra. Recursos de las Haciendas Locales de Navarra. Capítulos I, II y III del Título II (Impuestos Municipales): Disposiciones Generales, Contribución Territorial e Impuesto sobre actividades económicas.

Tema 7.–Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra. Recursos de las Haciendas Locales de Navarra. Capítulos IV y V del Título II (Impuestos Municipales): Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica e Impuesto sobre construcciones, Instalaciones y Obras.

Nota. Todas las materias se exigirán conforme a la legislación vigente a la fecha de la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la presente convocatoria, sin perjuicio de que el Tribunal pueda valorar adicionalmente la aportación de las modificaciones normativas que hubieran sido aprobadas con posterioridad a dicha fecha.

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