BOLETÍN Nº 149 - 28 de junio de 2021

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

ORDEN FORAL 21E/2021, de 28 de mayo, del Consejero de Políticas Migratorias y Justicia, por la que se amplía el crédito destinado a la convocatoria de subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para proyectos de acogida y acompañamiento a personas migrantes y refugiadas para el año 2021, aprobada por Orden Foral 3E/2021, de 17 de febrero, del Consejero de Políticas Migratorias y Justicia.

Por Orden Foral 3E/2021, de 17 de febrero, del Consejero de Políticas Migratorias y Justicia, se aprobó la convocatoria de subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para proyectos de acogida y acompañamiento a personas migrantes y refugiadas para el año 2021.

En el apartado 2.º se autorizó un gasto de 440.953,59 euros, de los cuales 270.953,59 euros eran con cargo a la partida F10001-F1100-4819-231900 “Fondo 0,7 % IRPF. Subvenciones a entidades de acogida y acompañamiento a personas migrantes”, y 170.000 euros con cargo a la partida F10001-F1100-4819-231903 “Subvenciones a entidades de acogida y acompañamiento a personas migrantes”, del Presupuesto de Gastos de 2021.

El mismo apartado establece, en su párrafo tercero, que, además de la cuantía prevista anteriormente, la financiación de las subvenciones podrá verse aumentada con la ampliación de una cuantía adicional máxima de 7.278,65 euros con cargo a la partida F10001-F1100-4819-231900 “Fondo 0,7 % IRPF. Subvenciones a entidades de acogida y acompañamiento a personas migrantes”, como consecuencia de la generación de crédito por la realización de ingresos por reintegros en la partida F10000 F1000 3800 000000 “Reintegro de ejercicios cerrados”, provenientes de la convocatoria de subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para proyectos de acogida y acompañamiento a personas migrantes y refugiadas del año 2020.

En ese caso, previa tramitación del correspondiente expediente de gasto y sin necesidad de nueva convocatoria, los créditos finalmente disponibles se publicarán en el Boletín Oficial de Navarra, con carácter previo a la resolución de concesión, sin que tal publicidad implique la apertura de nuevo plazo para presentar nuevas solicitudes, ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.

Una vez finalizados los expedientes de reintegro a que se refiere el citado apartado 2.º, y cumplidas las correspondientes obligaciones, resulta un crédito disponible de 3.238,61 euros, que serán utilizados para incrementar el importe autorizado en la convocatoria de subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para proyectos de acogida y acompañamiento a personas migrantes y refugiadas para el año 2021, en virtud de lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley Foral 7/2009, de 5 de junio, por la que se regula la asignación tributaria del 0,7 % que las personas contribuyentes de la Comunidad Foral destinan a otros fines de interés social.

Las cantidades máximas quedarán distribuidas de la siguiente forma: 274.192,2 euros con cargo a la partida F10001-F1100-4819-231900 “Fondo 0,7 % IRPF. Subvenciones a entidades de acogida y acompañamiento a personas migrantes” y 170.000 euros con cargo a la partida F10001-F1100-4819-231903 “Subvenciones a entidades de acogida y acompañamiento a personas migrantes”, del Presupuesto de Gastos de 2021.

Visto el informe de propuesta del Servicio Karibu de Acogida y acompañamiento a Personas Migrantes, así como la conformidad de la Intervención Delegada.

En virtud de las atribuciones que me han sido conferidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidenta, la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones y por el Decreto Foral 266/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Políticas Migratorias y Justicia,

ORDENO:

1.º Incrementar en 3.238,61 euros el crédito autorizado para la convocatoria de subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para proyectos de acogida y acompañamiento a personas migrantes y refugiadas para el año 2021, con cargo a la partida F10001-F1100-4819-231900 “Fondo 0,7 % IRPF. Subvenciones a entidades de acogida y acompañamiento a personas migrantes”, del Presupuesto de Gastos de 2021.

2.º La presente orden no implica la apertura de nuevo plazo de presentación de solicitudes.

3.º Publicar esta Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Contra esta Orden Foral, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

5.º Trasladar esta Orden Foral al Servicio Karibu de Acogida y Acompañamiento a Personas Migrantes, al Negociado de Gestión Económica y Contable y a la Secretaría General Técnica, del Departamento de Políticas Migratorias y Justicia, a la Intervención Delegada del Departamento de Economía y Hacienda y a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), a los efectos oportunos.

Pamplona, 28 de mayo de 2021.–El consejero de Políticas Migratorias y Justicia, Eduardo Santos Itoiz.

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