BOLETÍN Nº 140 - 17 de junio de 2021

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

ANDOSILLA

Extracto de la convocatoria de ayudas a hostelería, comercios, autónomos y pequeñas empresas, para el sostenimiento
de la actividad económica local, en el contexto de la situación creada por la pandemia sanitaria

BDNS (Identificación): 567740.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/567740).

I.–Objeto.

El objeto de estas subvenciones es minimizar los efectos económicos negativos que la situación de crisis sanitaria ha ocasionado a las personas físicas y jurídicas que desarrollan actividad comercial minorista y que reúnen los requisitos indicados en las bases reguladoras, contribuyendo a paliar su situación de pérdida económica directa y al sostenimiento de su actividad económica.

II.–Beneficiarios.

Son beneficiarios de estas subvenciones:

a) Las pequeñas empresas y personas físicas dadas de alta en el impuesto de actividades económicas, como actividad empresarial o profesional, cualquiera que sea su forma jurídica, válidamente constituidas en el momento de presentación de la solicitud que ejerzan una actividad económica en el término de Andosilla.

b) Las empresas que, desarrollando su actividad presencial o de apertura al público en el municipio, han reducido su facturación como consecuencia de la entrada en vigor de los Reales Decretos 463/2020, de 14 de marzo, y 926/2020, de 25 de octubre, así como de sus modificaciones y prórrogas.

III.–Modalidad de ayuda o subvención.

El importe global previsto para las ayudas para esta convocatoria es de 19.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 4390 479.00.00 del presupuesto para el ejercicio 2021. No obstante, la dotación económica podrá verse incrementada cumpliendo la normativa que sea de aplicación.

Se concederá una sola ayuda por cada persona física o jurídica. Aquellas empresas que estén inscritas en más de un epígrafe del impuesto sobre actividades económicas habrán de cursar una única solicitud conjunta por todos ellos.

La cuantía máxima que podrá recibir cada beneficiario, será:

–Las personas físicas o jurídicas dadas de alta en cualquiera de los epígrafes de las agrupaciones 167 y 168 del impuesto sobre actividades económicas: un máximo de 1.000,00 euros.

–En el resto de casos: un máximo de 600,00 euros.

La ayuda percibida no podrá superar la pérdida de ingresos acreditada, deducidas otras ayudas que se hayan podido recibir por el mismo concepto, sean de otras Administraciones Públicas, o cualquier otro tipo de entidad pública o privada.

Andosilla, 2 de junio de 2021.–El alcalde-presidente, Francisco Javier Sanz Itarte.

Código del anuncio: L2109135