BOLETÍN Nº 82 - 21 de abril de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 341/2020, de 7 de abril, del Director General de Agricultura y Ganadería, por la que se modifica la Resolución 124/2020, de 18 de febrero, del Director General de Agricultura y Ganadería, por la que se aprobaron la convocatoria y las bases reguladoras para las ayudas a la reestructuración y reconversión del viñedo para la campaña 2020-2021.

Mediante la Resolución 124/2020, de 18 de febrero, del Director General de Agricultura y Ganadería, se aprobaron la convocatoria y las bases reguladoras para las ayudas a la reestructuración y reconversión del viñedo, para la campaña 2020-2021.

En el tercer párrafo de la Resolución se indica que el Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, modificado por el Real Decreto 608/2019, de 25 de octubre, ha establecido la normativa básica para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español. La Sección 2.ª del citado Real Decreto recoge la normativa básica aplicable a la reestructuración y reconversión del viñedo, si bien la concreción de sus previsiones requiere de una actuación complementaria de las Comunidades Autónomas.

En este párrafo también se debe citar el Real Decreto 137/2020, de 28 de enero, por el que se modifican las bases reguladoras de la concesión de ayudas para el fomento de la integración de entidades asociativas agroalimentarias de carácter supraautonómico, establecidas en el Real Decreto 1010/2015, de 6 de noviembre; el Real Decreto 126/2016, de 1 de abril; y el Real Decreto 312/2016, de 29 de julio, en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020, donde se realiza una modificación del artículo 27, punto 2. b) que asegura la supresión de una errata del Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español.

Por otra parte, y como consecuencia del cambio anterior en el artículo 27, punto 2. b) se debe realizar una modificación del punto 3. b) de la base primera de la Resolución 124/2020, de 18 de febrero.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral y el Decreto Foral 258/2019, de 23 de octubre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1. Modificar la Resolución 124/2020, de 18 de febrero, del Director General de Agricultura y Ganadería, en el sentido de incluir el Real Decreto 137/2020, de 28 de enero, por el que se modifican las bases reguladoras de la concesión de ayudas para el fomento de la integración de entidades asociativas agroalimentarias de carácter supraautonómico, establecidas en el Real Decreto 1010/2015, de 6 de noviembre; el Real Decreto 126/2016, de 1 de abril; y el Real Decreto 312/2016, de 29 de julio, en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020, por el que se modifica el artículo 27.2.b) del Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español, y modificando el punto 3.b) de la base primera de la Resolución 124/2020, de 18 de febrero, que queda redactada como sigue:

“b) Las superficies que se hayan beneficiado de esta ayuda a la reestructuración y reconversión de viñedos en las últimas diez campañas, salvo para el cambio de vaso a espaldera, y salvo causas de fuerza mayor o circunstancias excepcionales, según se recoge en el artículo 2.2. del Reglamento (UE) 1306/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, y siempre y cuando no se utilice la misma variedad de uva de vinificación y el mismo método de cultivo que había en dicha superficie, según lo dispuesto en el artículo 46.3, párrafo 6, del Reglamento (UE) número 1308/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013. El periodo se contabilizará a partir de la fecha en la que el beneficiario solicitó el pago definitivo de la ayuda para esa superficie o la liquidación del saldo en caso de haber solicitado anticipo.”

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra para su general conocimiento.

3. Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente en el plazo de un mes contado desde el día hábil siguiente a la fecha de finalización de la declaración del estado de alarma.

Pamplona, 7 de abril de 2020.–El Director General de Agricultura y Ganadería, Ignacio Gil Jordán.

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