BOLETÍN Nº 69 - 1 de abril de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.1. Disposiciones Generales

1.1.3. Órdenes Forales

ORDEN FORAL 11/2020, de 29 de marzo, de la Consejera de Salud, por la que se autoriza la habilitación para alojamiento de personal del sistema sanitario, público y privado, de los hoteles “Tres Reyes”, “Albret”, “Blanca de Navarra” y “Sancho Ramírez”, ubicados en Pamplona.

En el marco del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, prorrogado por el Real Decreto 476/2020, de 27 de marzo, se ha dictado la Orden SND/257/2020, de 19 de marzo, por la que se declara la suspensión de apertura al público de establecimientos de alojamiento turístico, incluyéndose hoteles y alojamientos similares, alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia, campings, aparcamientos de caravanas y otros establecimientos similares, ubicados en cualquier parte del territorio nacional.

Por su parte, posteriormente, la Orden TMA/277/2020, de 23 de marzo, declara servicios esenciales a determinados alojamientos turísticos. El artículo 3 de la citada Orden dispone que los alojamientos turísticos pueden prestar alojamiento exclusivamente a los colectivos mencionados en los artículos 1 y 2 de la Orden TMA/277/2020, de 23 de marzo, entre ellos personal sanitario, debiendo observar las medidas e instrucciones de protección indicadas por el Ministerio de Sanidad tendentes a evitar el contagio del COVID-19.

El Departamento de Salud para atender las necesidades derivadas de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud necesita proporcionar alojamiento al personal sanitario que, por diversas circunstancias, lo precise. Para la atención de esta urgente e imperiosa necesidad el Departamento de Salud precisa disponer de las instalaciones de determinados establecimientos hoteleros ubicados en Pamplona.

Visto el informe técnico favorable del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

En virtud, del artículo 2.2 de la Ley Foral 10/1990, de 23 de abril, de Salud,

ORDENO:

1.º Autorizar la habilitación de los hoteles “Tres Reyes”, “Albret”, “Blanca de Navarra” y “Sancho Ramírez”, ubicados en Pamplona, para alojamiento del personal del sistema sanitario, público y privado.

2.º Los establecimientos habilitados permanecerán cerrados al público en general, salvo para permitir el alojamiento del personal sanitario y la actividad de los profesionales que les atiendan.

3.º El Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea prestará los servicios hoteleros de restauración, y demás servicios esenciales propios de estos establecimientos.

4.º El Departamento de Salud se hará cargo del coste de los gastos derivados del uso en los establecimientos hoteleros, (tales como agua, luz, combustible ACS).

5.º En caso de producirse daños en las instalaciones como consecuencia de la ocupación temporal, el titular del establecimiento tendrá derecho a la indemnización que proceda de acuerdo con la normativa aplicable y a instancia del perjudicado.

6.º El Departamento de Salud dictará las instrucciones y facilitará el material necesario para que en la prestación de estos servicios se observen las medidas e instrucciones de protección indicadas por el Ministerio de Sanidad tendentes a evitar el contagio del COVID-19.

7.º La duración de la habilitación para alojamiento de personal del sistema sanitario, adoptada mediante la presente Orden Foral, se extenderá durante la vigencia del estado de alarma y podrá ser prorrogada por un plazo adicional de siete días naturales en función de las necesidades organizativas y asistenciales derivadas de la evolución de la crisis sanitaria.

8.º Notificar esta Orden Foral a la gerencia de los hoteles referidos en la misma y trasladar la misma a la Gerencia del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, a la Gerencia del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra, a la Dirección de Profesionales del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, a la Dirección General de Salud y a la Secretaría General Técnica de Salud.

9.º Esta Orden Foral tendrá efectos desde su firma.

10.º Publicar esta Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 29 de marzo de 2020.–La Consejera de Salud, Santos Induráin Orduna.

Código del anuncio: F2004326