BOLETÍN Nº 43 - 3 de marzo de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 32/2020, de 10 de febrero, del Director General de Educación, por la que se actualizan, para el curso 2019-2020, el porcentaje de la aportación correspondiente a las entidades locales y las cuantías económicas de los módulos de financiación que figuran en la Orden Foral 79/2012, de 27 de agosto, del Consejero de Educación, por la que se establecen las bases para la suscripción de convenios de colaboración entre el Departamento de Educación y las entidades locales para la financiación de la gestión de los centros de primer ciclo de Educación Infantil de titularidad municipal y se aprueban algunos módulos de financiación para la combinación de determinadas jornadas horarias en las Escuelas Infantiles.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su artículo 15.1 establece que las Administraciones Públicas determinarán las condiciones en las que podrán establecerse convenios con las corporaciones locales, otras Administraciones y entidades privadas sin ánimo de lucro, con el fin de asegurar la oferta educativa en el primer ciclo de Educación Infantil.

El Decreto Foral 28/2007, de 26 de marzo, por el que se regula el primer ciclo de Educación Infantil en la Comunidad Foral de Navarra y se establecen los requisitos que deben cumplir los centros que lo imparten, así como los contenidos educativos del mismo, establece que la creación de las Escuelas Infantiles se realizará mediante la suscripción de convenios entre el Departamento de Educación y las entidades locales interesadas, y que en dichos convenios se establecerá, en su caso, el régimen de financiación.

El Departamento de Educación participa en la financiación de la gestión de los centros de Educación Infantil de titularidad municipal mediante la suscripción de convenios de colaboración.

En el artículo 4.1 de la Orden Foral 79/2012, de 27 de agosto, se indica que la financiación se establecerá en base a los módulos recogidos en el Anexo de dicha Orden Foral.

La Disposición Adicional Única de la mencionada Orden Foral 79/2012 dispone que, en función de las disposiciones presupuestarias, el Director o Directora General competente podrá actualizar cada curso el porcentaje de la aportación correspondiente a las entidades locales y las cuantías económicas de los módulos de financiación.

El Real Decreto 231/2020, de 4 de febrero, fija el salario mínimo interprofesional para 2020 en 950 euros mensuales.

La disponibilidad presupuestaria del ejercicio 2020 permite la actualización del porcentaje de la aportación correspondiente a las entidades locales y de la cuantía de los módulos de financiación para el curso 2019-2020.

El Anexo de la mencionada Orden Foral 79/2012, de 27 de agosto, no recoge los módulos de financiación para la combinación de determinadas jornadas horarias en las Escuelas Infantiles.

El Director del Servicio de Ordenación, Formación y Calidad presenta informe favorable para la actualización, para el curso 2019-2020, del porcentaje de la aportación correspondiente a las entidades locales y de las cuantías económicas de los módulos de financiación que figuran en la Orden Foral 79/2012, de 27 de agosto, del Consejero de Educación, por la que se establecen las bases para la suscripción de convenios de colaboración entre el Departamento de Educación y las entidades locales para la financiación de la gestión de los centros de primer ciclo de Educación Infantil de titularidad municipal y la aprobación de algunos módulos de financiación para la combinación de determinadas jornadas horarias en las Escuelas Infantiles.

En virtud de las facultades conferidas en el Decreto Foral 267/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación,

RESUELVO:

1.º Actualizar, para el curso 2019-2020, las cuantías económicas de los módulos de financiación que figuran en la Orden Foral 79/2012, de 27 de agosto, del Consejero de Educación, por la que se establecen las bases para la suscripción de convenios de colaboración entre el Departamento de Educación y las entidades locales para la financiación de la gestión de los centros de primer ciclo de Educación Infantil de titularidad municipal, según figura en el Anexo I de la presente Resolución.

2.º Actualizar al 24%, para el curso 2019-2020, el porcentaje de la aportación correspondiente a las entidades locales para la financiación de la gestión de los centros de primer ciclo de Educación Infantil de titularidad municipal.

3.º Aprobar hasta, en su caso, posible actualización por el Director o Directora General competente en función de las disposiciones presupuestarias, algunos módulos de financiación para la combinación de determinadas jornadas horarias en las Escuelas Infantiles, según figura en el Anexo II de la presente Resolución.

4.º Publicar la presente Resolución y sus Anexos en el Boletín Oficial de Navarra.

5.º Trasladar la presente Resolución y sus Anexos a las entidades locales interesadas, a la Sección de 0 a 3 y Escuelas Rurales, a la Sección de Presupuestos y Gestión Económica del Departamento de Educación y a la Intervención Delegada del Departamento de Economía y Hacienda en el de Educación.

6.º Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el orden jurisdiccional competente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra, en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa- Administrativa.

Pamplona, 10 de febrero de 2020, el Director General de Educación, Gil Sevillano González.

ANEXO I

Módulo A

–Horario completo (7 horas/día permanencia niños y niñas):

UNID.

PERSONAL
EDUCATIVO

PERSONAL
LIMPIEZA

PERSONAL

MÓDULO
(euros)

Directora

Educadora

Limpieza

1

2

0,5

32.059,91

24.098,23

9.477,19

70.354,66

2

3

0,5

32.059,91

48.196,46

9.477,19

99.677,38

3

4

1

32.059,91

72.294,69

18.954,38

138.033,44

4

5

1,5

32.059,91

96.392,92

28.431,57

176.389,49

5

6

1,5

32.059,91

120.491,14

28.431,57

205.712,22

6

7

2

32.059,91

144.589,37

37.908,76

244.068,26

7

8

2

32.059,91

168.687,60

37.908,76

273.390,97

8

9

2

32.059,91

192.785,83

37.908,76

302.713,69

9

10

2

32.059,91

216.884,06

37.908,76

332.036,41

10

11

2,5

32.059,91

240.982,29

47.385,95

370.392,47

11

12

2,5

32.059,91

265.080,52

47.385,95

399.715,19

12

13

2,5

32.059,91

289.178,75

47.385,95

429.037,91

Módulo B

–Horario reducido (6 horas/día permanencia niños y niñas):

PERSONAL
EDUCATIVO

PERSONAL
LIMPIEZA

PERSONAL

MÓDULO
(euros)

Directora

Educadora

Limpieza

1

2

0,5

29.180,45

21.933,68

9.477,19

65.405,19

2

3

0,5

29.180,45

43.867,37

9.477,19

92.652,42

3

4

1

29.180,45

65.801,05

18.954,38

128.933,00

4

5

1,5

29.180,45

87.734,74

28.431,57

165.213,58

5

6

1,5

29.180,45

109.668,42

28.431,57

192.460,83

6

7

2

29.180,45

131.602,10

37.908,76

228.741,41

7

8

2

29.180,45

153.535,79

37.908,76

255.988,64

8

9

2

29.180,45

175.469,47

37.908,76

283.235,89

9

10

2

29.180,45

197.403,16

37.908,76

310.483,13

10

11

2,5

29.180,45

219.336,84

47.385,95

346.763,72

11

12

2,5

29.180,45

241.270,52

47.385,95

374.010,96

12

13

2,5

29.180,45

263.204,21

47.385,95

401.258,20

Módulo C

–Horario media jornada (4 horas/día permanencia niños y niñas)

PERSONAL
EDUCATIVO

PERSONAL
LIMPIEZA

PERSONAL

MÓDULO
(euros)

Directora

Educadora

Limpieza

1

2

0,5

18.971,66

14.260,34

9.477,19

47.858,06

2

3

0,5

18.971,66

28.520,69

9.477,19

67.747,41

3

4

1

18.971,66

42.781,03

18.954,38

96.670,09

4

5

1,5

18.971,66

57.041,37

28.431,57

125.592,78

5

6

1,5

18.971,66

71.301,71

28.431,57

145.482,13

6

7

2

18.971,66

85.562,06

37.908,76

174.404,81

7

8

2

18.971,66

99.822,40

37.908,76

194.294,16

8

9

2

18.971,66

114.082,74

37.908,76

214.183,50

9

10

2

18.971,66

128.343,09

37.908,76

234.072,85

10

11

2,5

18.971,66

142.603,43

47.385,95

262.995,53

11

12

2,5

18.971,66

156.863,77

47.385,95

282.884,88

12

13

2,5

18.971,66

171.124,11

47.385,95

302.774,23

Módulo D. Centros de horario combinado (completo/media jornada)

El módulo total será el resultado de sumar el submódulo correspondiente al número de unidades de horario completo, el submódulo correspondiente al número de unidades a media jornada y el submódulo correspondiente al número total de unidades del centro.

–Submódulo unidades de horario completo:

UNIDADES

PERSONAL EDUCATIVO

PERSONAL
LIMPIEZA

MÓDULO
(euros)

1

2

0,5

55.105,96

2

3

0,5

78.213,31

3

4

1

101.320,65

4

5

1,5

124.428,00

5

6

1,5

147.535,36

6

7

2

170.642,72

7

8

2

193.750,07

8

9

2

216.857,41

9

10

2

239.964,77

10

11

2,5

263.072,12

11

12

2,5

286.179,47

12

13

2,5

309.286,81

–Submódulo unidades a media jornada:

UNIDADES

PERSONAL
EDUCATIVO

PERSONAL
LIMPIEZA

MÓDULO
(euros)

1

2

0,5

13.673,99

2

3

0,5

27.347,96

3

4

1

41.021,94

4

5

1,5

54.695,92

5

6

1,5

68.369,90

6

7

2

82.043,88

7

8

2

95.717,86

8

9

2

109.391,83

9

10

2

123.065,82

10

11

2,5

136.739,79

11

12

2,5

150.413,78

12

13

2,5

164.087,76

–Submódulo número total unidades del centro:

UNIDADES

PERSONAL
EDUCATIVO

PERSONAL
LIMPIEZA

MÓDULO
(euros)

2

3

0,5

21.464,08

3

4

1

36.712,78

4

5

1,5

51.961,48

5

6

1,5

58.176,84

6

7

2

73.425,54

7

8

2

79.640,91

8

9

2

85.856,28

9

10

2

92.071,64

10

11

2,5

107.320,35

11

12

2,5

113.535,72

12

13

2,5

119.751,09

ANEXO II

Módulo E. Centros de horario combinado
(jornada completa/jornada reducida)

El módulo total será el resultado de sumar el submódulo correspondiente al número de unidades de horario completo, el submódulo correspondiente al número de unidades a jornada reducida y el submódulo correspondiente al número total de unidades del centro.

–Submódulo unidades de horario completo:

UNIDADES

PERSONAL
EDUCATIVO

PERSONAL
LIMPIEZA

MÓDULO
(euros)

1

2

0,5

55.105,96

2

3

0,5

78.213,31

3

4

1

101.320,65

4

5

1,5

124.428,00

5

6

1,5

147.535,36

6

7

2

170.642,72

7

8

2

193.750,07

8

9

2

216.857,41

9

10

2

239.964,77

10

11

2,5

263.072,12

11

12

2,5

286.179,47

12

13

2,5

309.286,81

–Submódulo unidades jornada reducida:

UNIDADES

PERSONAL
EDUCATIVO

PERSONAL
LIMPIEZA

MÓDULO
(euros)

1

2

0,5

19.962,89

2

3

0,5

33.636,86

3

4

1

47.310,85

4

5

1,5

60.984,82

5

6

1,5

74.658,80

6

7

2

88.332,78

7

8

2

102.006,76

8

9

2

115.680,74

9

10

2

129.354,73

10

11

2,5

143.028,69

11

12

2,5

156.702,68

12

13

2,5

170.376,66

–Submódulo número total unidades del centro:

UNIDADES

PERSONAL
EDUCATIVO

PERSONAL
LIMPIEZA

MÓDULO
(euros)

2

3

0,5

21.464,08

3

4

1

36.712,78

4

5

1,5

51.961,48

5

6

1,5

58.176,84

6

7

2

73.425,54

7

8

2

79.640,91

8

9

2

85.856,28

9

10

2

92.071,64

10

11

2,5

107.320,35

11

12

2,5

113.535,72

12

13

2,5

119.751,09

Módulo F. Centros de horario combinado
(completa/reducida/media jornada)

En los centros de horario combinado en los que se autorizan los tres tipos de jornada, con X unidades de horario completo, Y unidades de horario reducido y Z unidades a media jornada, el módulo total será el resultado de sumar los siguientes:

–Módulo directora horario completo (módulo A).

–Módulo X educadoras horario completo (módulo A).

–Gastos de funcionamiento para X unidades horario completo (módulo A).

–Módulo Y educadoras horario reducido (módulo B).

–Gastos de funcionamiento para Y unidades horario reducido (módulo B).

–Módulo Z educadoras media jornada (módulo C).

–Gastos de funcionamiento para Z unidades media jornada (módulo C).

–Módulo limpieza correspondiente a X+Y+Z unidades (módulo A).

Módulo G. Centros de horario combinado
(jornada reducida/media jornada)

En los centros de horario combinado en los que se autorizan los dos tipos de jornada, con Y unidades de horario reducido y Z unidades a media jornada, el módulo total será el resultado de sumar los siguientes:

–Módulo directora horario reducido (módulo B).

–Módulo Y educadoras horario reducido (módulo B).

–Gastos de funcionamiento para Y unidades horario reducido (módulo B).

–Módulo Z educadoras media jornada (módulo C).

–Gastos de funcionamiento para Z unidades media jornada (módulo C).

–Módulo limpieza correspondiente a Y+Z unidades (módulo A).

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