BOLETÍN Nº 283 - 4 de diciembre de 2020

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

PAMPLONA

Convocatoria para la provisión, mediante los sistemas
de concurso y concurso específico, de 21 plazas del empleo
de Agente y 11 plazas de Agente Primero o Agente Primera
del Cuerpo de la Policía Municipal

El Director de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Pamplona, mediante resolución de fecha 12 de noviembre de 2020, aprobó la convocatoria conforme a las siguientes

BASES

1.–Objeto.

Se anuncia la convocatoria para la provisión, mediante los sistemas de concurso y concurso específico, de 21 plazas del empleo de Agente y 11 plazas de Agente Primero o Agente Primera del Cuerpo de Policía Municipal de Pamplona, así como de las vacantes que resulten de la resolución del presente concurso, adscritas a las siguientes unidades organizativas:

–Agente Primero o Agente Primera:

Área de Seguridad Vial, Brigada de Circulación, Grupo de Atestados. Plaza de Agente 1.º o Agente 1.ª Número 1-304000-14: Cabo Tráfico.

Área de Seguridad Vial, Brigada de Circulación, Grupo de Tráfico. Plaza de Agente 1.º o Agente 1.ª Número 1-304000-21: Cabo Tráfico.

Área de Seguridad Vial, Brigada de Circulación, Grupo de Grúas. Plaza de Agente 1.º o Agente 1.ª Número 1-304000-6: Cabo Tráfico.

Área de Proximidad y Prevención, Brigada de Proximidad, Grupo de Policía de Proximidad. Plaza de Agente 1.º o Agente 1.ª Número 1-304000-32: Cabo Tráfico.

Área de Proximidad y Prevención, Brigada de Proximidad, Grupo de Policía de Proximidad. Plaza de Agente 1.º o Agente 1.ª Número 1-304000-35: Cabo Tráfico.

Área de Proximidad y Prevención, Brigada de Proximidad, Grupo de Policía de Proximidad. Plaza de Agente 1.º o Agente 1.ª Número 1-304000-41: Cabo Tráfico.

Área de Proximidad y Prevención, Brigada de Proximidad, Grupo de Policía de Proximidad. Plaza de Agente 1.º o Agente 1.ª Número 1-304000-43: Cabo Tráfico.

Área de Proximidad y Prevención, Brigada de Proximidad, Grupo de Policía de Proximidad. Plaza de Agente 1.º o Agente 1.ª Número 1-304000-50: Cabo Tráfico.

Área de Proximidad y Prevención, Brigada de Proximidad, Grupo de Policía de Prevención. Plaza de Agente 1.º o Agente 1.ª Número 1-304000-5: Cabo Tráfico.

Área de Proximidad y Prevención, Brigada de Proximidad, Grupo de Policía de Prevención. Plaza de Agente 1.º o Agente 1.ª Número 1-304000-18: Cabo Tráfico.

Área de Planificación y Coordinación, Brigada de Coordinación, Grupo de CECOP. Plaza de Agente 1.º o Agente 1.ª Número 1-304000-19: Cabo Tráfico.

–Agentes:

Área de Seguridad Vial, Brigada de Movilidad Vial, Grupo de Planificación Vial. Plaza de Agente número 1-304300-301: Policía Tráfico.

Área de Seguridad Vial, Brigada de Circulación, Grupo de Atestados. Plaza de Agente Número 1-304300-64: Policía Tráfico.

Área de Seguridad Vial, Brigada de Circulación, Grupo de Tráfico. Plaza de Agente Número 1-304300-90: Policía Tráfico.

Área de Seguridad Vial, Brigada de Circulación, Grupo de Tráfico. Plaza de Agente Número 1-304300-274: Policía Tráfico.

Área de Seguridad Vial, Brigada de Circulación, Grupo de Tráfico. Plaza de Agente Número 1-304300-277: Policía Tráfico.

Área de Seguridad Vial, Brigada de Circulación, Grupo de Tráfico. Plaza de Agente Número 1-304300-295: Policía Tráfico.

Área de Proximidad y Prevención, Brigada de Proximidad, Grupo de Policía de Proximidad. Plaza de Agente Número 1-304300-51: Policía Tráfico.

Área de Proximidad y Prevención, Grupo Policía Comunitaria. Plaza de Agente Número 1-304300-114: Policía Tráfico.

Área de Proximidad y Prevención, Grupo Policía Comunitaria. Plaza de Agente Número 1-304300-185: POLICÍA TRÁFICO.

Área de Proximidad y Prevención, Grupo Policía Comunitaria. Plaza de Agente Número 1-304300-404: Policía Tráfico.

Área de Proximidad y Prevención, Brigada de Proximidad, Grupo de Prevención. Plaza de Agente Número 1-304300-8: Policía Tráfico.

Área de Proximidad y Prevención, Brigada de Proximidad, Grupo de Prevención. Plaza de Agente Número 1-304300-28: Policía Tráfico.

Área de Proximidad y Prevención, Brigada de Proximidad, Grupo de Prevención. Plaza de Agente Número 1-304300-219: Policía Tráfico.

Área de Proximidad y Prevención, Brigada de Proximidad, Grupo de Prevención. Plaza de Agente Número 1-304300-233: Policía Tráfico.

Área de Proximidad y Prevención, Brigada de Proximidad, Grupo de Prevención. Plaza de Agente Número 1-304300-245: Policía Tráfico.

Área de Proximidad y Prevención, Brigada de Proximidad, Grupo de Prevención. Plaza de Agente Número 1-304300-257: Policía Tráfico.

Área de Proximidad y Prevención, Brigada de Proximidad, Grupo de Prevención. Plaza de Agente Número 1-304300-261: Policía Tráfico.

Área de Mediación e Instrucción, Brigada de Policía Judicial, Grupo de Investigación. Plaza de Agente Número 1-304400-8: Policía Instrucción.

Área de Mediación e Instrucción, Brigada de Protección y Atención Social, Grupo de Protección de la M. M. y M. Plaza de Agente Número 1-304400-44: Policía Instrucción.

Área de Mediación e Instrucción, Brigada de Protección y Atención Social, Grupo de Protección de la M. M. y M. Plaza de Agente Número 1-304400-45: Policía Instrucción.

Área de Planificación y Coordinación, Brigada de Coordinación, Grupo de CECOP. Plaza de Agente Número 1-304300-84: Policía Tráfico.

2.–Normativa aplicable.

La presente convocatoria se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Policía Municipal de Pamplona, publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 65, de 3 de abril de 2017, modificado por Boletín Oficial de Navarra número 163, de 23 de agosto de 2018.

En todo lo no recogido en esta convocatoria se atenderá a lo dispuesto en el citado Reglamento.

3.–Requisitos.

a) Ser Agente/Policía en situación de servicio activo, servicios especiales o excedencia especial del Cuerpo de Policía Municipal, para la provisión de plazas de Agente/Policía.

b) Tener nombramiento de Cabo/Agente Primero o Agente Primera del Cuerpo de Policía Municipal y estar en situación de servicio activo, servicios especiales o excedencia especial, para la provisión de plazas de Agente Primero o Agente Primera.

Para todos los casos, no tener ningún impedimento físico o psíquico que le impida realizar las funciones del destino que solicita.

Únicamente podrán optar a los puestos reservados en Plantilla Orgánica para personal en situación de segunda actividad aquellos Policías/Agentes que se encuentren en dicha situación administrativa. El funcionario o funcionaria en la situación de segunda actividad no podrá participar en los procesos de provisión de puestos de trabajo.

No podrán participar en el Concurso de Traslados, aquellos Policías/Agentes cuyos destinos los hayan obtenido de una manera voluntaria, en anterior Concurso de Traslados en un periodo inferior a:

–Dos años para los adscritos por el sistema de Concurso.

–Tres años para los adscritos por el sistema de concurso específico. Aquellos o aquellas policías que no hayan tenido la oportunidad de realizar el curso formativo del grupo al que son destinados/as, se regirán por el sistema de concurso, a los efectos de este artículo.

Los funcionarios adscritos provisionalmente a una vacante vendrán obligados, en tanto permanezcan en la misma situación, a participar en esta convocatoria. De no hacerlo así, podrán ser adscritos con carácter forzoso a cualquiera de ellas.

La resolución de la presente convocatoria dará lugar a la finalización de las designaciones interinas afectadas por las adscripciones derivadas del presente concurso a excepción de que se hubiera realizado con cargo a vacante reservada, no encontrándose obligados a participar en la misma y volviendo al puesto de trabajo del que son titulares.

Además de las plazas señaladas inicialmente, en el presente concurso también serán objeto de provisión las plazas que dejen vacantes las personas concursantes que obtengan en el concurso una nueva plaza. Dichas plazas resultantes se proveerán mediante concurso o concurso específico.

4.–Instancia y solicitud: plazo y lugar de la presentación.

Las instancias para participar en la convocatoria deberán presentarse en cualquiera de los Registros del Ayuntamiento de Pamplona o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

En la solicitud se especificarán los puestos elegidos. El aspirante únicamente señalará las plazas que sean objeto de su elección.

5.–Lista provisional de admitidos, reclamaciones y lista definitiva.

Terminado el plazo de presentación de solicitudes, por Resolución del Director del Área de Recursos Humanos se aprobará la lista provisional de admitidos y excluidos, con indicación de los defectos a subsanar y ordenará su publicación en el tablón de anuncios de Policía Municipal e INTRAPOL.

Los aspirantes excluidos podrán formular reclamaciones y subsanar los defectos formales en el plazo de 10 días hábiles siguientes a la publicación.

Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, por Resolución del Director del Área de Recursos Humanos se aprobará la lista definitiva de admitidos y excluidos y la publicará en el tablón de anuncios de Policía Municipal e INTRAPOL. En dicha resolución se indicará el lugar, día y hora de las pruebas selectivas.

6.–Asignación de plazas.

6.1. Concurso específico.

Las plazas vacantes en los Grupos de CECOP, Inspección General, Atención al Ciudadano y RR.HH., ODAC, Investigación, Protección de la Mujer, Mayor y del Menor, Educación para la Convivencia, Planificación Vial, Atestados, Comunitaria y Grupo de Seguridad Institucional, así como los Equipos que dependen de estos Grupos, se proveerán por concurso específico. Del mismo modo, las Jefaturas de los Grupos se cubrirán por concurso específico.

El concurso específico constará de dos fases, que serán valoradas de acuerdo con la puntuación recogida en el artículo 57 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Policía Municipal de Pamplona.

En la primera fase, la valoración de mérito, capacidad, titulaciones académicas, recompensas y otros méritos e idiomas, se atendrá a lo dispuesto en la Resolución del órgano competente con una puntuación máxima de 53 puntos.

a) Servicios prestados a las administraciones públicas: Se valorará un punto por cada año de servicio hasta la fecha de la publicación de la convocatoria. Las fracciones de año se prorratearán. El número máximo de puntos en este apartado será de 30 puntos.

b) Cursos de formación y perfeccionamiento, docencia e investigación relacionadas con el ámbito policial: hasta un máximo de 10 puntos.

Valoración del punto b):

b.1) Participación en acciones formativas organizadas por organismos o centros públicos y Universidades: 0,10 puntos por cada crédito académico o su equivalente (10 horas lectivas), de acuerdo con el siguiente desglose:

1.ª Se prorratearán las fracciones de horas lectivas que resulten de las acciones formativas a valorar.

2.ª Los certificados en que no conste duración en horas lectivas se valorarán como de 1 crédito.

3.ª Los certificados en que la duración que conste sea de un año académico se valorarán como de 10 créditos.

4.ª La puntuación máxima valorable por curso será de 1 punto.

5.ª Se valorará con la misma puntuación la participación en acciones formativas que, aun no cumpliendo los requisitos en cuanto al organismo organizador, hayan sido realizados por mandato de la administración o validadas por la misma, incluyéndose expresamente entre estas últimas las organizadas por los sindicatos dentro de los Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones Públicas.

b.2) Titulaciones:

–Doctor universitario oficial, 2 puntos.

–Licenciatura/grado universitario oficial, 1,5 puntos.

–Diplomaturas universitarias oficiales, 1 punto.

–No se valorarán cursos sueltos de titulaciones ni las diplomaturas universitarias cuando se tenga una licenciatura de la misma carrera.

c) Recompensas y otros méritos: hasta un máximo de 2,50 puntos.

1. Por la Placa de Servicios Distinguidos: 1,25 puntos.

2. Por la Medalla de Servicios Distinguidos: 0,75 puntos.

3. Por la Felicitación pública: 0,50 puntos.

4. Por la Felicitación privada: 0,25 puntos.

d) Idiomas: hasta un máximo de 10,50 puntos.

Se valorará con una puntuación de hasta 2,0 puntos cada uno de los idiomas oficiales de la Unión Europea siguientes: francés, inglés, alemán e italiano. El euskera se valorará con una puntuación hasta 2,50 puntos.

La segunda fase consistirá en la realización de pruebas objetivas teórico-prácticas, la cual tendrá una valoración máxima de 40 puntos. Se realizará un examen tipo test, a definir por el tribunal actuante, que versará sobre un temario previamente aprobado y publicado en la presente convocatoria: hasta 40 puntos.

La propuesta de adjudicación de la vacante deberá recaer sobre el candidato o candidata que haya obtenido mayor puntuación, sumados los resultados finales de las dos fases.

Los empates en el orden de clasificación se dirimirán conforme a los siguientes criterios:

a) Mejor puntuación obtenida en la prueba teórico-práctica.

b) Si persistiese el empate, se acudirá al escalafón.

Los Policías/Agentes que accedan a un puesto en la convocatoria de concurso específico deberán posteriormente superar un curso de formación o perfeccionamiento. La no realización o superación del curso conllevará el cese de la adscripción en el destino.

6.2. Concurso General.

La asignación de plazas de provisión por el sistema de concurso general constará de una única fase: valoración de mérito, capacidad, titulaciones académicas, recompensas y otros méritos e idiomas, del mismo modo que lo establecido para el concurso específico en la base 6.1, sobre una puntuación total de 53 puntos.

Asimismo, en caso de igualdad de puntos en la valoración se acudirá como desempate al escalafón.

7.–Derechos preferentes.

Los derechos preferentes para la provisión de puestos de trabajo por concurso tendrán el siguiente orden de prelación:

–Para los destinos que en Plantilla Orgánica de Policía Municipal de Pamplona estén recogidos como susceptibles de ser desempeñados por personal en régimen de segunda actividad, tendrán preferencia los funcionarios/as adscritos/as provisionalmente a un destino como consecuencia del pase a la situación de segunda actividad y, de entre ellos y ellas, quienes se encuentren en dicha situación por una incapacidad parcial.

–Para el resto de destinos provistos por concurso, tendrán preferencia los funcionarios/as adscritos/as provisionalmente a un destino como consecuencia de la supresión del anteriormente ocupado, y aquellos/as a quienes se les ha removido por estar su puesto destinado en régimen de segunda actividad.

–Cuando a la misma vacante concurran aspirantes con igual tipo de derecho preferente, la vacante se asignará atendiendo al escalafón.

8.–Método de elección de las plazas vacantes.

Los aspirantes a la convocatoria para la provisión de las plazas ofertadas en el Concurso de Traslados, rellenarán las instancias incluidas en los anexos I y II de la presente convocatoria.

En dichas instancias incluirán sus datos personales, la solicitud de inclusión a la convocatoria y la elección de los destinos.

Una vez finalizadas las pruebas selectivas, el tribunal calificador reunirá a los participantes para que por orden de prelación elijan las plazas ofertadas. Antes de dicha elección, se sorteará el orden de elección de las vacantes.

Una vez calculados los méritos presentados por los aspirantes y finalizadas las pruebas selectivas, el tribunal calificador convocará, por empleos, a todos los participantes para que por orden de prelación elijan las plazas ofertadas.

La elección de las plazas por empleos se realizará mediante convocatoria única. Quedarán eliminados/as los/as aspirantes que no comparezcan a cualquiera de ellas.

Dicha elección se realizará de la siguiente manera:

–Se establecerá el orden correlativo de los grupos y equipos de Policía Municipal para la adjudicación de plazas.

–Mediante sorteo se elegirá el grupo por el que se va a iniciar la adjudicación de plazas.

–Designado el grupo, el candidato que mayor puntuación haya obtenido en el mismo, (sumado los méritos más las notas de las pruebas selectivas, si las hubiera) decidirá si elige dicha vacante o renuncia a la misma, a la espera de otra vacante en otro grupo al que hubiera optado.

–En el caso de que sea adjudicatario de dicha plaza, la vacante generada al dejar libre la plaza que ocupaba hasta ese momento, se incorporará a las vacantes ofertadas.

–A continuación, y por orden de prelación, el resto de candidatos elegirán las plazas restantes del citado grupo hasta que se cubran en su totalidad.

–Una vez finalizada la elección de las vacantes se proseguirá con el siguiente grupo y así, hasta finalizar todas las plazas ofertadas, o bien cuando no existan más candidatos.

–Durante el acto de adjudicación de las plazas, los candidatos dispondrán de un tiempo prudencial para elegir la plaza o renunciar a la misma, de no hacerlo el tribunal entenderá que renuncia.

9.–Composición del Tribunal

El Tribunal calificador estará compuesto por:

–Presidente: Don Alfonso Fernandez Torres, Comisario Principal Comisario de Policía Municipal de Pamplona.

Suplente: Don Francisco M.ª Bacaicoa Nuñez, Comisario de la Policía Municipal de Pamplona.

–Vocal: Don Angel Azanza Burusco, Inspector de la Policía Municipal de Pamplona.

Suplente: Don Félix Echavarri Lizasoain, Inspector de la Policía Municipal de Pamplona.

–Vocal: Don José Javier Rey Carrascosa, Inspector de la Policía Municipal de Pamplona.

Suplente: Don Pablo Liberal Artaiz, Inspector de la Policía Municipal de Pamplona.

–Vocal: un representante de la Comisión de Personal de los Trabajadores.

Suplente: un representante de la Comisión de Personal de los Trabajadores.

–Vocal-Secretario: Don Víctor Sarasa Astrain, Letrado del Área de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona.

Suplente: Don Javier García Martínez, Letrado del Área de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona.

El Tribunal deberá constituirse dentro de los cinco días siguientes a la publicación de la lista definitiva de admitidos y excluidos.

10.–Adjudicación y toma de posesión.

Realizada la elección de plazas se emitirá por el Secretario del Tribunal la relación de las plazas adjudicadas para su aprobación por el Director de Recursos Humanos. En la Resolución de adjudicación de las plazas se podrá determinar una fecha de toma de posesión conjunta a todos los destinos y plazas.

11.–Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación podrán interponerse recursos:

a) Recurso de reposición, ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación del acto.

c) Recurso de alzada, ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes contado a partir de la fecha de publicación del acto.

Contra los actos del Tribunal Calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el órgano municipal convocante, dentro del mes siguiente contado a partir de la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

Pamplona, 12 de noviembre de 2020.–Javier Morrás Iturmendi, Director de Recursos Humanos.

ANEXO I

Solicitud (PDF).

ANEXO II

Destinos solicitados (PDF).

ANEXO III

CONCURSO ESPECÍFICO

Área de Planificación y Coordinación

Brigada de Planificación Estratégica.

Tema 1.–Ley Foral 23/2018, de 19 de noviembre, de las Policías de Navarra.

Tema 2.–Decreto Foral 11/2009, de 9 de febrero, por el que se aprueba el reglamento de Vacaciones, Licencias y Permisos del Personal Funcionario de las Administraciones Públicas de Navarra. Orden de Jefatura número 01 de 2020 (aplicación del Calendario). Instrucción 01 de 2020 (Aplicación Licencias y Calendarios).

Tema 3.–Decreto Foral 27/2011, de 4 de abril, de reducción de Jornada.

Tema 4.–Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Policía Municipal de Pamplona, aprobado en Boletín Oficial de Navarra número 65, de 3 de abril de 2017. Modificación del Reglamento de organización y funcionamiento de la Policía Municipal de Pamplona, aprobado en Boletín Oficial de Navarra número 163, de 23 de agosto de 2018.

Tema 5.–Acuerdo Colectivo del Personal del Ayuntamiento de Pamplona (2017-2019), Boletín Oficial de Navarra 174, de 8 de septiembre de 2017.

Tema 6.–Acuerdo sobre Bolsa de Disponibilidad de PMP.

Tema 7.–PA-04, Subprocesos gestión de la documentación y de los datos.

–SPA-04-01, Subproceso Documentación Generada por Policía Municipal.

PA-Pcr-04-01-01, Protocolo Sobre la Documentación Genérica de Servicios Ordinarios.

PA-Pcr-04-01-02, Protocolo Sobre la Documentación Específica Generada por la Actividad Cotidiana en la Policía Municipal de Pamplona.

–SPA-04-02, Subproceso Documentación Externa con entrada en Policía Municipal.

PA-Pcr-04-02-01, Protocolo Sobre la Documentación Externa Generada por o para los Ciudadanos.

PA-Pcr-04-02-02, Protocolo Sobre Documentación Externa Generada por o para otros Servicios.

Tema 8.–De la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Proteccion de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, entran para el examen los Títulos I, II, III y IV.

Tema 9.–Del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), entran para el examen los Capítulos I, II y III.

Área de Planificación y Coordinación

Brigada de Coordinación. Grupo de CECOP.

Tema 1.–Manual de Usuario del SIP.

Tema 2.–Protocolo sobre la atención telefónica a los ciudadanos desde la central de Policía Municipal de Pamplona.

Tema 3.–Protocolo de actuación de la Policía Municipal de Pamplona en situaciones de catástrofe, o riesgo para la vida de las personas.

Tema 4.–Manual Emergencia Inundaciones + Ficha de Actuación ante riesgo de Inundaciones (NOE).

Tema 5.–Plan de Emergencias para Nieve y Hielo.

Tema 6.–Ordenanza municipal de movilidad de la Ciudad de Pamplona.

Tema 7.–Normas reguladoras de accesos y circulación en el Casco Antiguo.

Tema 8.–Decreto Foral 201/2002, por el que se regula el horario general de espectáculos públicos y actividades recreativas.

Tema 9.–Protocolo de actuación con animales en la vía pública (excepto perro y gatos).

Tema 10.–Protocolo de actuación con animales de compañía (perros y gatos).

Tema 11.–Protocolo en actuación para el control del Botellón.

Tema12.–Protocolo en actuaciones relacionadas con los locales de ocio.

Tema 13.–Protocolo sobre el acceso a grabaciones de video y audio.

Área de Mediación e Instrucción

Brigada de Policía Judicial. Grupos de ODAC e Investigación.

1. La policía judicial.

2. Competencia de la jurisdicción española para conocer de las causas por delito.

3. Información y protección a las víctimas.

4. Detención e información de derechos.

5. Información de derechos al investigado no detenido.

6. Designación de letrado.

7. Notificación al familiar y a la oficina consular.

8. Reconocimiento médico.

9. Habeas corpus.

10. Inspección técnico-ocular.

11. Entrada y registro.

12. Registro de dispositivos de almacenamiento masivo de información y registros remotos sobre equipos informáticos.

13. Registros personales.

14. Reconocimiento fotográfico.

15. Reconocimiento en rueda.

16. Grabación de las comunicaciones, captación de imágenes y utilización de dispositivos de seguimiento y localización.

17. Interceptación de las telecomunicaciones.

18. Intervención postal y telegráfica.

19. Circulación o entrega vigilada.

20. Recogida de efectos (cadena de custodia).

21. Atestados sin autor conocido.

22. Diligencia de informe.

23. Protección de testigos.

24. La detención por aplicación del artículo 420 de la LeCrim.

25. El código penal: delitos contra el patrimonio.

26. El código penal: delitos contra la salud.

27. El código penal: delitos contra las personas.

28. El delito informático e infracciones penales “informáticas”

29. El código penal: delitos contra la libertad sexual.

30. Evidencias informáticas: procedimientos técnicos de recogida y protección de material informático y telemático.

31. Redacción de documentos e informes policiales, el lenguaje policial.

Área de Mediación e Instrucción

Brigada de Protección y Atención Social. Grupo de Protección de la M. M. y M. Equipo V.G. y Gestión de la Diversidad.

1. La policía judicial.

2. Competencia de la jurisdicción española para conocer de las causas por delito.

3. Información y protección a las víctimas.

4. Detención e información de derechos.

5. Información de derechos al investigado no detenido.

6. Designación de letrado.

7. Notificación al familiar y a la oficina consular.

8. Reconocimiento médico.

9. Habeas corpus.

10. Inspección técnico-ocular.

11. Entrada y registro.

12. Registro de dispositivos de almacenamiento masivo de información y registros remotos sobre equipos informáticos.

13. Registros personales.

14. Reconocimiento fotográfico.

15. Reconocimiento en rueda.

16. Grabación de las comunicaciones, captación de imágenes y utilización de dispositivos de seguimiento y localización.

17. Interceptación de las telecomunicaciones.

18. Intervención postal y telegráfica.

19. Circulación o entrega vigilada.

20. Recogida de efectos (cadena de custodia).

21. Atestados sin autor conocido.

22. Diligencia de informe.

23. Protección de testigos.

24. La detención por aplicación del artículo 420 de la LeCrim.

25. El código penal: delitos contra la libertad sexual.

26. Ley 1/2004 de 28 de diciembre de medidas de protección integral contra la violencia de género.

27. Menores: protocolo de actuación policial con menores según Instrucción de la Secretaría de Estado de Seguridad 1/2017.

28. Código penal: delitos contra las relaciones familiares.

29. Base de datos viogen. Manual de funcionamiento.

30. Protocolo de valoración policial del nivel de riesgo de violencia de género y gestión de la seguridad de las víctimas.

31. Redacción de documentos e informes policiales. Lenguaje policial.

32. Evidencias informáticas; procedimientos de recogida y protección de material informático y telemático.

Área de Seguridad Vial

Brigada de Movilidad Vial. Grupos de Educación para la Convivencia y Grupo de Planificación Vial.

Tema 1.–Planes de movilidad urbana:

–Pacificación de tránsito.

–Políticas de estacionamiento.

–La bicicleta en la ciudad.

–Ciclovías.

Tema 2.–Plan de movilidad en Pamplona (PMUS).

Tema 3.–Plan Director de Seguridad Vial, Área de Seguridad Ciudadana.

Tema 4.–Grupo de Planificación Vial.

Tema 5.–El control de velocidad:

–La velocidad factor concurrente en la siniestralidad.

–La velocidad y los atropellos.

–Distancia de detención en función de la velocidad.

–Efectos negativos de la velocidad en el medio ambiente.

–Normativa aplicable.

–Nuevas tecnologías, nuevas oportunidades.

Tema 6.–Norma reguladora de accesos y circulación al Casco Antiguo de Pamplona.

Tema 7.–Manual de procedimientos del Ayuntamiento de Pamplona: Instalación de contenedores.

Tema 8.–Catálogo de señales:

–Clasificación de las señales.

–Señales de prohibición de entrada.

–Señales de prohibición o restricción.

–Señales de indicaciones generales.

Tema 9.–La educación. Herramienta para la prevención.

Tema 10.–Educación para la prevención vial. Qué hacemos, cómo lo hacemos.

Tema 11.–Educación para la prevención de conductas incívicas y de riesgo.

Área de Seguridad Vial

Brigada de Circulación. Grupos de Atestados.

–Procedimiento Seguridad Vial Pc-03:

1. Procedimiento 03-00-01, protocolo actuación policial por conducción con ingesta de alcohol.

2. Procedimiento 03-00-02, protocolo actuación policial ante conductor con presencia de droga en el organismo.

–Subproceso 03-02 Atestados:

3. Procedimiento 03-02-01, protocolo accidente de tráfico.

4. Procedimiento 03-02-03, protocolo de actuación ante la persona que conduce con pérdida de vigencia por la pérdida total de puntos, carece, o está privada judicialmente del permiso o licencia de conducción.

5. Procedimiento 03-02-04, protocolo conducción temeraria u homicida.

6. Procedimiento 03-02-05, protocolo de actuación policial ante el delito de negativa al sometimiento a las pruebas de detección de alcohol y drogas de abuso.

7. Procedimiento 03-02-06, protocolo de actuación policial ante el delito de originar grave riesgo para la circulación.

Área de Proximidad y Prevención

Brigada de Vigilancia. Grupo de Seguridad Institucional.

Tema 1.–La protección. Funciones de un sistema de protección. Planificación de un servicio seguridad.

Tema 2.–Plan de Seguridad Permanente: Protección estática. Protección dinámica. Equipo de contra vigilancia. Plan de emergencia.

Tema 3.–Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana.

Área de Proximidad y Prevención

Brigada de Proximidad. Grupo de Policía Comunitaria.

Tema 1.–Ordenanza reguladora de uso y funcionamiento de los centros comunitarios.

Tema 2.–Decreto de Organización Municipal. Diligencia de corrección AL DAL 21-JUN-19 (11/AL).

Tema 3.–Funciones del Grupo de Policía Comunitaria (RCC 29-MAR-17 (1/CC)).

Tema 4.–Listado Centros Comunitarios DAL 09-MAY-19 (1/DC).

Tema 5.–Listado Centros Hospitalarios.

Tema 6.–Manual sobre Policía Comunitaria.

Tema 7.–Instrucción 4/2020, de la Secretaria de Estado de Seguridad, por la que se actualiza el “Protocolo de actuación para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para los delitos de odio y conductas que vulneran las normas legales sobre discriminación”. El Protocolo de Actuación es el de la edición revisada en julio de 2020.

Código del anuncio: L2014126