BOLETÍN Nº 218 - 25 de septiembre de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 1374/2020, de 14 de septiembre, del Rector de la Universidad Pública de Navarra, por la que se ordena publicar el “Acuerdo por el que se modifican las Directrices Reguladoras del PDI y de su dedicación académica de la Universidad Pública de Navarra” adoptado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de mayo de 2020.

En uso de las competencias que me han sido conferidas por el artículo 40 de los Estatutos de la Universidad aprobados por Decreto Foral 110/2003 de 12 de mayo, se ordena la publicación del acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de mayo de 2020 por el que se aprueba el Acuerdo por el que se modifican las Directrices Reguladoras del PDI y de su dedicación académica de la Universidad Pública de Navarra.

“ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO POR EL QUE
SE MODIFICAN LAS DIRECTRICES REGULADORAS DEL PDI
Y DE SU DEDICACIÓN ACADÉMICA DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA

En ejercicio de las competencias que el Consejo de Gobierno tiene atribuidas por el artículo 20.b de los Estatutos de la Universidad Pública de Navarra según el cual le corresponde la aprobación de las directrices generales y los procedimientos para su aplicación en los ámbitos de organización de las enseñanzas y con el fin de facilitar la gestión y el cómputo tanto de las necesidades docentes que se derivan de la oferta de títulos oficiales, como de la actividad docente del profesorado en la impartición de dichos títulos, el Consejo de Gobierno de la Universidad Pública de Navarra, en sesión celebrada el 15 de junio de 2016, aprobó las Directrices reguladoras del PDI y de su dedicación académica de la Universidad Pública de Navarra. Modificadas posteriormente por Acuerdos del Consejo de Gobierno de 31 de octubre de 2017, de 27 de noviembre de 2017, de 21 de septiembre de 2018 y de 9 de abril de 2019.

Habiéndose detectado la necesidad de regular el encargo docente del profesorado en la impartición de las asignaturas on line así como el encargo por la tutorización de las prácticas externas, es necesario incluir estos aspectos en la normativa de Directrices anteriormente citada.

En su virtud, a propuesta de la Vicerrectora de Profesorado y de la Vicerrectora de Enseñanzas, el Consejo de Gobierno, en su sesión de 13 de mayo de 2020, adopta el siguiente:

ACUERDO:

Primero.–Modificar las Directrices reguladoras del PDI y de su dedicación académica de la Universidad Pública de Navarra, para incluir en las mismas el texto indicado en el Anexo I de este Acuerdo.

Segundo.–Trasladar el presente Acuerdo al Vicerrectorado de Enseñanzas, al Vicerrectorado de Profesorado, a las Direcciones de los Centros, a las Direcciones de los Departamentos y al Servicio de Enseñanzas, para su general conocimiento.

Tercero.–Publicar el presente acuerdo en el tablón electrónico de la Universidad Pública de Navarra.

Cuarto.–A tenor de lo establecido en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001 de Universidades y en el artículo 144.1 de los Estatutos de la Universidad, el presente acuerdo agota la vía administrativa. Contra el mismo los interesados podrán interponer potestativamente recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de dicho orden jurisdiccional del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, contados ambos recursos desde el día siguiente al de su publicación en la página web de la Universidad.”

Pamplona, 14 de septiembre de 2020.–El Rector, Ramón Gonzalo García.

ANEXO I

Actividad D5: Tutorización de Prácticas externas curriculares

Reconocimiento al profesorado por la tutorización de Prácticas externas curriculares de grado o máster en el curso correspondiente:

a) Las asignaturas de prácticas llevarán asociado un encargo docente equivalente a 0,035 horas/semana por cada 6 ECTS de prácticas y estudiante.

Actividad D6: Docencia online en grado y máster

Reconocimiento al profesorado por la impartición de asignaturas online:

a) Las asignaturas impartidas con la modalidad a distancia tendrán, durante los dos primeros cursos de impartición, un encargo docente equivalente a una asignatura presencial con igual número de ECTS y perfil.

b) A partir del tercer curso, el encargo docente se multiplicará por el coeficiente 0,67.

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