BOLETÍN Nº 210 - 17 de septiembre de 2020

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

PUEYO

Creación de sede electrónica

En sesión ordinaria del Pleno Ayuntamiento de Pueyo-Puiu, celebrada el día 27 de agosto de 2020, se acuerda lo siguiente:

“Con fecha de 21 de febrero de 2011 se procedió por el Pleno del Ayuntamiento de Pueyo-Puiu a acordar la creación de la sede electrónica del Ayuntamiento integrada en la sede electrónica de la Agrupación de Servicios Administrativos de la Valdorba www.agrupacionvaldorba.es, publicándose este acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra número 48, de 10 de marzo de 2011.

Dicha sede electrónica ha sido modificada recientemente y en cumplimiento de lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y con el fin de dotar a la ciudadanía de un sistema de comunicación telemático con nuestra entidad, se procede por el Pleno Ayuntamiento de Pueyo-Puiu al siguiente,

ACUERDO:

Primero.–Crear la sede electrónica del Ayuntamiento de Pueyo-Puiu en la dirección electrónica: https://pueyo.sedelectronica.es dominio de Internet propiedad del Ayuntamiento de Pueyo-Puiu y cuyo titular de dicha sede es el Ayuntamiento de Pueyo-Puiu.

Segundo.–Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, en el tablón de anuncios y en la web del Ayuntamiento. La entrada en vigor de la sede electrónica se realizará a partir del día siguiente a la publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra.

Tercero.–Asignar las funciones de dirección y coordinación de la Sede Electrónica a la Secretaría del Ayuntamiento de Pueyo-Puiu.

Cuarto.–Facultar a la Alcaldía para la firma de cualquier documento necesario para llevar a cabo este acuerdo.”

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente:

1.–Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de la misma.

2.–Recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución.

3.–Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

Pueyo-Puiu, 27 de agosto de 2020.–La Alcaldía, María Rosario Guillén Guillén.

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