BOLETÍN Nº 210 - 17 de septiembre de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.5. Estatutos y Convenios colectivos

RESOLUCIÓN 63/2020, de 7 de agosto, del Director General de Presidencia y Gobierno Abierto, por la que se inscribe en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Navarra la nueva composición de la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Terapeutas Ocupacionales de Navarra, así como la modificación parcial de los Estatutos del mismo.

Mediante la Ley Foral 1/2005, de 22 de febrero, se creó el Colegio Oficial de Terapeutas Ocupacionales de Navarra. Mediante Resolución 366/2005, de 3 de junio, del Director General de Presidencia, se inscribió dicho Colegio Oficial con el número de registro 15, en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Navarra.

Siendo el 8 de mayo de 2019 se solicita por parte del Colegio Oficial de Terapeutas Ocupacionales de Navarra la inscripción de la modificación parcial de sus Estatutos.

Tras las emisiones y respuestas a sucesivos requerimientos de subsanación en fechas 25 de julio, 12 de agosto y 21 de noviembre, todos ellos de 2019, del examen de la documentación obrante se comprueba que la modificación se acordó por el órgano competente, la Asamblea General Extraordinaria, en las reuniones celebradas al efecto el 13 de abril de 2019, 25 de octubre de 2019 y, finalmente, el 29 de febrero de 2020, y de acuerdo con el procedimiento establecido en sus Estatutos, según se acredita en la certificación extendida por la Secretaria del Colegio con el visto bueno de la Presidenta.

Asimismo, se constata que las modificaciones estatutarias aprobadas por la Asamblea General se ajustan a la legalidad vigente. En concreto, dichos estatutos tras las modificaciones operadas cumplen los requisitos establecidos en la Ley Foral 3/1998, de 6 de abril, de Colegios Profesionales de Navarra, en el Reglamento de desarrollo de la misma aprobado por Decreto Foral de 375/2000, de 18 de diciembre, y en la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

En lo relativo a la Junta de Gobierno actual, fue elegida por la Asamblea General del Colegio celebrada el 11 de marzo de 2017, por unanimidad de los presentes y representado, según consta en certificado de 7 de marzo de 2020 emitido por la Secretaria del Colegio, con el visto bueno de la Presidenta.

En consecuencia, los miembros que actualmente componen la Junta de Gobierno son las siguientes personas y sus cargos:

–Presidenta: Doña Ana Isabel Martínez Muñoz.

–Vicepresidenta: Doña Olaya Irene Maeztu García.

–Secretaria: Doña Edurne Apestegui Egea.

–Tesorera: Doña Garazi Urteaga Cebeiro.

–Vocales: Doña Nerea Arteaga Brieba, doña Lorena Alonso Caballero y doña Rebeca Fernández Tobia.

En la documentación presentada se acredita el cumplimiento de las previsiones estatutarias en cuanto a la composición de la Junta de Gobierno.

Por lo expuesto, y en ejercicio de las facultades atribuidas por el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, y el Decreto Foral 259/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior,

HE RESUELTO:

1.º Inscribir en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Navarra, la modificación parcial de los Estatutos del Colegio Oficial de Terapeutas Ocupacionales de Navarra, cuyo texto completo se recoge en el Anexo adjunto.

2.º Inscribir en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Navarra la nueva composición de la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Terapeutas Ocupacionales de Navarra, en los términos referidos en el expositivo de esta Resolución.

3.º Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la presente Resolución y de su Anexo.

4.º Notificar la presente Resolución al Servicio de Secretariado del Gobierno y Acción Normativa y al Colegio Oficial de Terapeutas Ocupacionales de Navarra, haciendo constar que contra la misma, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación.

Pamplona/Iruña, 7 de agosto de 2020.–El Director General de Presidencia y Gobierno Abierto, Joseba Asiain Albisu.

Estatutos del Colegio Oficial de Terapeutas Ocupacionales de Navarra (PDF).

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