BOLETÍN Nº 205 - 11 de septiembre de 2020

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

TAFALLA

Aprobación definitiva del Plan Especial de Actuación Urbana para la unidad UC-86

El Ayuntamiento de Tafalla, en sesión ordinaria de Pleno celebrada el 28 de julio de 2020, adoptó el siguiente acuerdo:

Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Tafalla por el que se aprueba definitivamente el Plan Especial de Actuación Urbana en la unidad UC-86 del PGOU de Tafalla, promovido por la Sociedad Cooperativa Agropecuaria La Sarda.

El 17 de marzo de 2020, la Alcaldía Accidental del M.I. Ayuntamiento de Tafalla aprobó inicialmente el Plan Especial de Actuación Urbana en la unidad UC-86 del PGOU de Tafalla, promovido por la Sociedad Cooperativa Agropecuaria La Sarda presentado con fecha 10 de marzo de 2020, registro de entrada número 1.228 al objeto de posibilitar la ampliación de las instalaciones de la sociedad situadas en calle Miranda de Arga, número 25, polígono 32, parcela 196 del Catastro de urbana de Tafalla.

El citado plan especial ha sido sometido a información pública mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 78, de 15 de abril de 2020, así como en los medios de prensa diaria editados en la Comunidad Foral, Diario de Navarra y Diario de Noticias con fecha 3 de junio de 2020, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 72.1 del Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Mediante la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, “1.–Se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo”; y, conforme a la disposición derogatoria única del Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo “1.–Con efectos desde el 1 de junio de 2020, queda derogada la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo”. Por tanto, a la vista de la reanudación de los plazos administrativos desde el 1 de junio de 2020, el periodo de información pública (1 mes) concluyó el pasado 30 de junio de 2020, sin que durante el período de exposición pública se hayan formulado alegaciones.

Vistos los informes de aprobación definitiva emitidos por Asesoría Jurídica de fecha 6 de julio y por la Dirección de Área de Servicios Urbanísticos con fecha 2 de julio de 2020 así como el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo de fecha 21 de julio de 2020; en aplicación del artículo 22.2c) de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, a propuesta del Alcalde de la Corporación,

SE ACUERDA:

Primero.–Aprobar definitivamente el Plan Especial de Actuación Urbana para la unidad UC-86 del PGOU de Tafalla promovido por la Sociedad Cooperativa Agropecuaria La Sarda, que tiene por objeto posibilitar la ampliación de las instalaciones de la Sociedad Cooperativa Agropecuaria La Sarda situadas en calle Miranda de Arga, número 25 (polígono 32 parcela 196 del Catastro de urbana de Tafalla).

Segundo.–Proceder a la publicación en el Boletín Oficial de Navarra del acuerdo de aprobación definitiva del citado Plan Especial, así como las normas urbanísticas incluidas en ella conforme se indica en el artículo 79.1 del Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Tercero.–Remitir un ejemplar del documento definitivamente aprobado junto con el presente acuerdo y los informes del expediente al Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos –Servicio de Territorio y Paisaje–, del Gobierno de Navarra, en el plazo de 10 días siguientes a la adopción del mismo.

Cuarto.–Publicar el acuerdo en el tablón de anuncios y Sede Electrónica municipal, así como trasladarlo a Policía Municipal y a Asesoría Jurídica a los efectos oportunos.

Quinto.–Notificar el presente acuerdo al promotor y a los interesados, advirtiéndoles que contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer los recursos siguientes:

–Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo hubiera dictado en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación del presente acuerdo.

–Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente al de la notificación de presente acuerdo.

–Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de este acuerdo.

Sexto.–Advertir que frente a la normativa aprobada, una vez publicada en el Boletín Oficial de Navarra, se podrán interponer los siguientes recursos:

–Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la publicación del texto normativo en el Boletín Oficial de Navarra.

–Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses a contar del día siguiente al de la publicación de la normativa en el Boletín Oficial de Navarra.

Lo dispuesto procede sin perjuicio de las atribuciones conferidas a la Comunidad Foral de Navarra y a la Administración General del Estado en el artículo 326 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra y de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa para el resto de Administraciones Públicas.

Tafalla, 28 de julio de 2020.–El Alcalde-Presidente, Jesús Arrizubieta Astiz.

ANEXO

Plan Especial de Actuación Urbana UC-86 (PDF).

Código del anuncio: L2008605