BOLETÍN Nº 205 - 11 de septiembre de 2020

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

CASCANTE

Aprobación definitiva del Plan Especial de Actuación Urbana relativo a la modificación de alineaciones en la zona residencial extensiva (zona termolúdico)

El Ayuntamiento de Cascante, en su sesión ordinaria celebrada por el Pleno el 31 de julio de 2020, aprobó definitivamente el Plan Especial de Actuación Urbana de relativo a la modificación de alineaciones en la zona residencial extensiva del entorno del Centro Termolúdico.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 79.1 del Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo –TRLFOTU–, se procede a la publicación de dicho acuerdo:

“En relación con el expediente que se tramita para la aprobación del Plan Especial de Actuación Urbana promovido por el Ayuntamiento de Cascante cuya finalidad es modificar las alineaciones en planta baja en la zona residencial extensiva del entorno del centro termolúdico.

Visto que mediante acuerdo de Pleno, fecha 1 de junio de 2020, se aprobó inicialmente el mismo, sometiéndose al trámite de información pública por plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de Navarra número 126, de fecha 11 de junio de 2020, además de en los periódicos Diario de Navarra y Diario de Noticias del día 4 de junio de 2020, sin que se haya presentado alegación o reclamación alguna en su contra.

Consecuentemente, a la vista de la documentación que integra el expediente, el Pleno de la Corporación, en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas en virtud del artículo 22.2.c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local –LRBRL–, y una vez deliberado el asunto,

ACUERDA:

Primero.–Aprobar definitivamente el Plan Especial de Actuación Urbana promovido por el ayuntamiento de Cascante cuya finalidad es modificar las alineaciones en planta baja en la zona residencial extensiva del entorno del centro termolúdico.

Segundo.–Ordenar su publicación, junto con las normas urbanísticas incluidas en el mismo, en el Boletín Oficial de Navarra.

Se remitirá, asimismo, al Departamento competente en materia de ordenación del territorio y urbanismo del Gobierno de Navarra comunicación del acuerdo de aprobación definitiva así como una copia autenticada de un ejemplar del instrumento aprobado definitivamente con todos los planos y documentos que lo integran debidamente diligenciados por la Secretaría del Ayuntamiento, y copia del expediente completo tramitado, en un plazo máximo de 10 días contados desde dicha aprobación, para su control de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra –LFAL–.

Tercero.–Facultar a la Alcaldía-Presidencia para cuantas actuaciones sean necesarias para la mejor ejecución de lo acordado.

Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la presente publicación, de conformidad con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Cascante, 4 de agosto de 2020.–El Alcalde, Alberto Añón Jiménez.

ANEXO

Normativa aprobada (PDF).

Código del anuncio: L2008766