BOLETÍN Nº 173 - 6 de agosto de 2020

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

BAZTAN

Extracto de convocatoria de ayudas para el aprendizaje de euskera. 2020

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/516733). BDNS (Identificación): 516733.

Aprobada por la Junta de Gobierno Local en sesión de 15 de julio de 2020.

Primero.– Beneficiarios.

Podrán recibir ayuda económica por aprender euskera las personas que cumplan las siguientes condiciones:

a) Ser mayor de 16 años.

b) Estar empadronado en Baztan con una antigüedad de un año y permanecer en esa condición mientras dure la actividad objeto de la subvención.

c) Estar al corriente de los pagos tributarios y/o de las obligaciones con la Seguridad Social y no tener ninguna deuda pendiente con el Ayuntamiento de Baztan.

d) Estar matriculado en algún curso de algún euskaltegi el curso 2019-2020 (del 1 de septiembre de 2019 a 31 de agosto de 2020) y haber abonado la matrícula.

e) Que el euskaltegi acredite una asistencia/aprovechamiento de, al menos, un 80% del curso. Los alumnos/as que estudian en un programa de autoaprendizaje también han de presentar esa certificación.

Segundo.–Objeto.

El objetivo de la presente convocatoria es regular la concesión de ayudas económicas a las y los vecinos de Baztan que realizan algún curso para el aprendizaje de euskera.

Tercero.–Bases reguladoras: http://www.baztan.eus.

Cuarto.–Cuantía.

–Estas ayudas irán a cargo de la partida de subvenciones, convocatoria de ayudas para el aprendizaje de euskera, de los presupuestos para el año 2020 La partida cuenta con una dotación de 8.000 euros.

–A la/os que tengan PCE 5.000 euros se les pagará el 100% de la matrícula, siempre que no se superen los 420 euros. En los demás casos, el importe de la ayuda económica dependerá de la declaración de la renta del/la solicitante, repartiendo el presupuesto entre las solicitudes admitidas.

–La dotación prevista en los presupuestos se repartirá entre las solicitudes que se entreguen en plazo y forma, siempre que cumplan los requisitos de la presente convocatoria.

–De todas formas, los beneficiarios de las subvenciones no podrán recibir más de 400 euros en cada convocatoria.

Quinto.– Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de solicitudes será del 1 de septiembre al 2 de octubre (hasta las 14:00 horas) de 2020.

Elizondo, 15 de julio de 2020.–El Alcalde, Joseba Otondo Bikondoa.

Código del anuncio: L2008058