BOLETÍN Nº 169 - 31 de julio de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 110/2020, de 25 de junio, del Director General de Medio Ambiente por la que se da inicio del expediente de Clasificación, reposición de mojones e inventario de Vías Pecuarias de Torralba del Río y Mirafuentes; reposición de mojones, inventario en tramos de Pasada 20, Ramal 8 y Ramal 11 en Lodosa, Cañada Real Imas Irache en Los Arcos, Pasada 13 en Sesma; clasificación de Cañada en Mues (Cabrega) y Mendaza (Ubago).

La Ley Foral 19/1997, de 15 de diciembre de Vías Pecuarias de Navarra, determina que es competencia del Departamento de Medio Ambiente clasificar, deslindar, amojonar, ampliar y establecer las vías Pecuarias de Navarra. En virtud de estas facultades, el Servicio Forestal y Cinegético ha determinado la necesidad de iniciar los trabajos.

Considerando que la presente propuesta queda justificada de conformidad con lo establecido en la Ley Foral 19/1997, de 15 de diciembre, de Vías Pecuarias de Navarra, y en especial en el contenido de los artículos 5 y 6, y en la disposición adicional tercera de la misma.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones conferidas en la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, y en el Decreto Foral 258/2019, de 23 de octubre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

RESUELVO:

1.º Aprobar el inicio del expediente de Clasificación, reposición de mojones e inventario de Vías Pecuarias de Torralba del Río y Mirafuentes; reposición de mojones, inventario en tramos de Pasada 20, Ramal 8 y Ramal 11 en Lodosa, Cañada Real Imas Irache en Los Arcos, Pasada 13 en Sesma; clasificación de Cañada en Mues (Cabrega) y Mendaza (Ubago), todos ellos de la Comunidad Foral de Navarra.

2.º Designar como representante de la Administración Foral en los expedientes de clasificación de vías pecuarias a don Cristóbal Molina Terrén, Jefe del Negociado de Planes y Programas en el Medio Natural del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

3.º-Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Trasladar la presente Resolución al Servicio Forestal y Cinegético, a los Ayuntamientos de Torralba del Río, Mirafuentes, Lodosa, Los Arcos, Sesma, Mués (Cábrega), y Mendaza (Ubago) y al Negociado de Asuntos Económicos de este Departamento, a los efectos oportunos.

5.º Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas, podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente en el plazo de un mes. Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

Pamplona, 25 de junio de 2020.–El Director de Medio Ambiente, Pablo Muñoz Trigo.

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