BOLETÍN Nº 169 - 31 de julio de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.3. Ordenación del Territorio y Urbanismo

ORDEN FORAL 73E/2020, de 1 de julio, del Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación estructurante del Plan Municipal de Baztan, que afecta al artículo 13 (Suelo Forestal) de la Normativa Urbanística Particular de Quinto Real/Kintoa, promovido por la Asociación Pastoral Argintzu.

El Ayuntamiento de Baztan ha presentado ante el Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.

Mediante Resolución 288E/2020, de 25 de marzo, del Director General de Medio Ambiente, se formula Informe Ambiental Estratégico favorable sobre la presente modificación de determinaciones estructurantes del Plan Municipal de Baztan. Dicha Resolución fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 75, de 8 de abril de 2020.

Vista la documentación aportada, así como el informe del Servicio de Territorio y Paisaje y el resto de informes sectoriales emitidos durante la tramitación, se considera procedente su aprobación definitiva.

De conformidad con lo expuesto, y en virtud del Decreto Foral 262/2019, de 30 de octubre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos,

ORDENO:

1.º Aprobar definitivamente el expediente de modificación estructurante del Plan Municipal de Baztan, que afecta al artículo 13 (Suelo Forestal) de la Normativa Urbanística Particular de Quinto Real/Kintoa, promovido por la Asociación Pastoral Argintzu.

2.º Señalar que esta Orden Foral no agota la vía administrativa. Los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra contra este acto aprobatorio de control de legalidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Orden Foral o, en su caso, publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Y contra la normativa urbanística aprobada se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, desde la publicación de su contenido en el Boletín Oficial de Navarra a instancia del Ayuntamiento correspondiente.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

3.º Notificar esta Orden Foral a la Asociación Pastoral Argintzu y al Ayuntamiento de Baztan a los efectos de que proceda a publicar la correspondiente normativa urbanística en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Publicar la presente Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, 1 de julio de 2020.–El Consejero del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, José María Aierdi Fernández de Barrena.

Código del anuncio: F2007082