BOLETÍN Nº 145 - 2 de julio de 2020

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

PAMPLONA

Modificación pormenorizada del Plan Especial de Protección y Reforma Interior del Casco Antiguo de Pamplona (división de viviendas en supuestos de inadecuación urbanística).
Aprobación inicial

La Junta de Gobierno Local del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 15 de junio de 2020, adoptó el siguiente acuerdo:

JOB 15-JUN-20 (6/US).

«Visto el documento presentado con fecha 21 de mayo de 2020 por D. Luis Irisarri Nagore en representación de D. Martín Zudaire Polo, D.ª Patricia Epalza Ruiz de Alda y D.ª Natalia Epalza Ruiz de Alda de “Modificación Pormenorizada del Plan Especial de Protección y Reforma del PEPRI del Casco Viejo de Pamplona (División de Viviendas en supuestos de inadecuación urbanística)”, y de conformidad con el informe de la Arquitecta y del informe de la Adjunta a Gerente de Urbanismo de la Gerencia de Urbanismo, ambos de fecha 4 de junio de 2020, SE ACUERDA:

1.º Aprobar inicialmente el documento de “Modificación Pormenorizada del Plan Especial de Protección y Reforma del PEPRI del Casco Viejo de Pamplona (División de Viviendas en supuestos de inadecuación urbanística)”, que tiene por objeto el cambio de la normativa del Plan Especial de Protección y Reforma Interior del Casco Antiguo de Pamplona, en lo relativo a regulación de la división de viviendas en edificios inadecuados o impropios, que no guardan coherencia con las tipologías y condiciones morfológicas y estilísticas propias del Casco Viejo.

2.º Solicitar a la Dirección General de Ordenación del Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Navarra la correspondiente autorización para eliminar la exigencia del estándar mínimo de vivienda protegida en el documento “Modificación Pormenorizada del Plan Especial de Protección y Reforma del PEPRI del Casco Viejo de Pamplona (División de Viviendas en supuestos de inadecuación urbanística)”, al darse las circunstancias previstas en el párrafo 2.º del artículo 54.2 del Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

3.º Someter a información pública el expediente durante el plazo de un mes a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, publicar anuncios en los diarios editados en la Comunidad Foral de Navarra y en el Tablón Municipal.

4.º Notificar el presente acuerdo a don Luis Irisarri Nagore, Servicio de Vivienda de Gobierno de Navarra y a la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona.»

Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

–Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución.

–Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Admv.º del T.S.J. de Navarra en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación de esta resolución; o bien,

–Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

Pamplona, 22 de junio de 2020.–El Alcalde, Enrique Maya Miranda.

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