BOLETÍN Nº 140 - 25 de junio de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 483E/2020, de 9 de junio, del Director General de Medio Ambiente por la que se formula Informe Ambiental Estratégico de la Modificación del Plan Urbanístico Municipal de Burgui, promovido por el Ayuntamiento de Burgui/Burgi.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 6.2 en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, son objeto de evaluación ambiental estratégica simplificada las Modificaciones menores de los planes.

El expediente se inicia con la consulta remitida por el Ayuntamiento de Burgui/Burgi, para el cambio de uso en la parcela 125 del polígono 9, con el objeto de desarrollar una actividad de ganadería extensiva y poder implantar una nave de apoyo a la actividad. Desde el Servicio de Medio Natural, en su informe de 1 de agosto de 2019 se indicó que no existía inconveniente en el cambio de uso forestal a ganadero. Sin embargo, la normativa del Plan Urbanístico Municipal para los terrenos clasificados como suelos no urbanizables forestales no contempla como autorizables instalaciones de uso ganadero. Por lo que se precisa realizar una Modificación del Plan Municipal que regule la ganadería extensiva en el suelo forestal siempre y cuando se den unas condiciones concretas.

Con fecha 13 de mayo de 2020, el Ayuntamiento de Burgui/Burgi presenta la “Modificación del Plan Urbanístico Municipal, artículo 36 del suelo no urbanizable” y la solicitud de inicio de la Evaluación Ambiental Estratégica simplificada.

La Modificación ha sido aprobada inicialmente por el Ayuntamiento de la localidad el 14 de febrero de 2020 y sometida a un periodo de información pública mediante anuncio en el Boletín Oficial de Navarra número 108, de 21 de mayo de 2020.

El objeto de la Modificación es considerar autorizables las instalaciones vinculadas y de apoyo a la ganadería extensiva en aquellos clasificados como suelo forestal y que tradicionalmente han tenido este uso. Para ello, propone modificar el artículo 36 del régimen del suelo no urbanizable forestal y establecer una serie de condiciones que justifiquen la ganadería en extensivo con antiguas bordas ganaderas, su compatibilidad con los proyectos de ordenación forestal, con la presencia de accesos desde caminos públicos y que se estimen oportunas como medidas preventivas de incendios. Por lo tanto, el ámbito de aplicación de la Modificación es el suelo no urbanizable forestal en el que concurran las condiciones citadas.

A la vista de las características e implicaciones de la Modificación se concluye que la propuesta no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente. El Servicio de Biodiversidad informa sobre la realización del procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica y emite informe favorable.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Sector Público Institucional Foral y el Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 22/2019 de 6 de agosto, por el que se establece la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y Decreto Foral 258/2019, de 23 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1.º Se formula Informe Ambiental Estratégico sobre la Modificación del Plan Urbanístico Municipal de Burgui, promovido por el Ayuntamiento de Burgui/Burgi, considerando que no tienen efectos ambientales significativos.

2.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º De conformidad con la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19), este expediente se ha tramitado en todas sus fases sin aplicación de suspensión de plazos de conformidad con el interesado.

4.º Notificar esta Resolución, al Sección de Urbanismo, y al Ayuntamiento de Burgui/Burgui, a los efectos oportunos.

Pamplona, 9 de junio de 2020.–El Director General de Medio Ambiente, Pablo Muñoz Trigo.

Código del anuncio: F2005888