BOLETÍN Nº 140 - 25 de junio de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 477E/2020, de 9 de junio, del Director General de Medio Ambiente por la que se formula Informe Ambiental Estratégico de la Modificación Estructurante del Plan Municipal de Ablitas, artículo 53, promovido por Pago de Cirsus, S.L.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 6.2 en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, son objeto de evaluación ambiental estratégica simplificada las Modificaciones menores de los planes.

El expediente se inicia con la remisión por parte del Ayuntamiento el 27 de noviembre de 2019, de la documentación correspondiente a la “Modificación Estructurante del Plan Municipal de Ablitas, artículo 53”, promovido por Pago de Cirsus, S.L., y presenta la solicitud de inicio de la Evaluación Ambiental Estratégica simplificada.

La Modificación ha sido aprobada inicialmente del Ayuntamiento de Ablitas el 27 de noviembre de 2019 y ha sido sometido a un periodo de información pública mediante anuncio en el Boletín Oficial de Navarra número 250, de 23 de diciembre de 2019.

El objeto de la Modificación es definir un nuevo artículo 53 de las normas urbanísticas del PGM, en lo relativo a las condiciones constructivas de las bodegas en el suelo no urbanizable. La propuesta incrementa la superficie mínima de parcela para la implantación de bodegas hasta 10.000 m² y la superficie máxima construida entre el 1% de la superficie de la parcela, sin superar en ningún caso los 10.000 m² construidos.

La Modificación no afecta por lo tanto a un ámbito físico concreto y resulta aplicable únicamente en aquellos suelos no urbanizables de preservación en los que resultan autorizable este tipo de instalaciones, como son los que ostentan las subcategorías de valor para Explotación Natural y Actividades Especiales. Se mantiene la determinación para los proyectos de actividades constructivas de incluir un apartado específico de tratamiento de la parcela y de su perímetro, que deberá realizarse con plantación de arbolado y arbustos, preferentemente de especies autóctonas, que contribuye a la integración paisajística de la actividad.

A la vista de las características de la Modificación y analizando el ámbito de actuación se concluye que la propuesta no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente. El Servicio de Biodiversidad informa sobre la realización del procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica y emite informe favorable.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Sector Público Institucional Foral y el Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 22/2019 de 6 de agosto, por el que se establece la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y Decreto Foral 258/2019, de 23 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1.º Se formula Informe Ambiental Estratégico favorable de la Modificación Estructurante del Plan Municipal de Ablitas, artículo 53” promovido por Pago de Cirsus, S.L., considerando que no genera afecciones ambientales significativas.

2.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Notificar esta Resolución, al Sección de Urbanismo y al Ayuntamiento de Ablitas, a los efectos oportunos.

Pamplona, 9 de junio de 2020.–Director General de Medio Ambiente, Pablo Muñoz Trigo.

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